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Pág. 233500 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de noviembre de 2002 certando con entidades públicas y privadas, así como con organizaciones representativas de la re- gión. Del mismo modo, hacer cumplir las normas de prevención y de protección contra riesgos ocu- pacionales. i)Dirigir y ejecutar en el ámbito regional la política nacional de promoción del empleo, capacitación y formación profesional, promoviendo la normaliza- ción y certificación de competencias laborales. j)Elaborar y difundir información en materia de tra- bajo, promoción del empleo y fomento de la micro y pequeña empresa. k)Promover la igualdad de oportunidades en el acce- so al empleo. l)Fomentar la formación profesional de los recursos humanos de las empresas de la región como un mecanismo de mejoramiento de los ingresos, la pro- ductividad y competitividad a través de actividades de capacitación, provisión de información y trans- ferencia tecnológica. m)Coordinar la oferta de formación profesional y los programas de orientación laboral y ocupacional que brindan las entidades públicas y privadas; asimis- mo, supervisar los sistemas de intermediación la- boral en la región y su articulación con el sistema de formación profesional. n)Conducir y ejecutar en la región la política de fo- mento de la pequeña y micro empresa, en el marco de la política nacional. o)Promover la provisión de servicios financieros y de desarrollo empresarial a la pequeña y micro em- presas, por parte del sector privado. p)Resolver como Instancia Regional de Trabajo, en los procedimientos administrativos que tratan so- bre materias de trabajo, promoción del empleo y fomento de la pequeña y micro empresa. q)Llevar los registros administrativos en el ámbito de su competencia, en aplicación de la normatividad vigente. r)Simplificar los trámites y procedimientos adminis- trativos aplicables a la constitución de empresas en su jurisdicción. Artículo 49º .- Funciones en materia de salud a)Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, contro- lar y administrar las políticas de salud de la región en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales. b)Formular y ejecutar, concertadamente, el Plan de Desarrollo Regional de Salud. c)Coordinar las acciones de salud integral en el ám- bito regional. d)Participar en el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud de conformidad con la legislación vigente. e)Promover y ejecutar en forma prioritaria las activi- dades de promoción y prevención de la salud. f)Organizar los niveles de atención y administración de las entidades de salud del Estado que brindan servicios en la región, en coordinación con los Go- biernos Locales. g)Organizar, implementar y mantener los servicios de salud para la prevención, protección, recupera- ción y rehabilitación en materia de salud, en coor- dinación con los Gobiernos Locales. h)Supervisar y fiscalizar los servicios de salud públi- cos y privados. i)Conducir y ejecutar coordinadamente con los ór- ganos competentes la prevención y control de ries- gos y daños de emergencias y desastres. j)Supervisar y controlar la producción, comerciali- zación, distribución y consumo de productos far- macéuticos y afines. k)Promover y preservar la salud ambiental de la re- gión. l)Planificar, financiar y ejecutar los proyectos de in- fraestructura sanitaria y equipamiento, promovien- do el desarrollo tecnológico en salud en el ámbito regional. m)Poner a disposición de la población, información útil sobre la gestión del sector, así como de la oferta de infraestructura y servicios de salud. n)Promover la formación, capacitación y el desarro- llo de los recursos humanos y articular los servi-cios de salud en la docencia e investigación y pro- yección a la comunidad. o)Evaluar periódicamente y de manera sistemática los logros alcanzados por la región en materia sa- nitaria. p)Ejecutar, en coordinación con los Gobiernos Loca- les de la región, acciones efectivas que contribu- yan a elevar los niveles nutricionales de la pobla- ción de la región. Artículo 50º .- Funciones en materia de población a)Formular, aprobar, ejecutar, dirigir, evaluar y con- trolar los programas en materia de población a ni- vel regional, en concordancia con la política y plan nacional de población, en coordinación con los Gobiernos Locales. b)Promover la educación e información en materia de población, contribuyendo a consolidar una cul- tura demográfica y a propiciar en todos los grupos y sectores sociales hábitos de vida saludables y prácticas orientadas a la solución de los problemas de población. c)Programar y desarrollar acciones que impulsen una distribución territorial de la población en función a las potencialidades del desarrollo regional y en base a los planes de ordenamiento territorial y de la ca- pacidad de las ciudades para absorber flujos mi- gratorios. d)Promover la incorporación de criterios y previsio- nes demográficos en los planes y programas de desarrollo urbano y regional, en coordinación con los Gobiernos Locales. e)Generar alternativas a la emigración rural a través del fortalecimiento de capacidades productivas, el mejoramiento de la infraestructura y el equipamiento de los centros poblados, que permitan la atención a las necesidades de la población rural dispersa y aislada. f)Formular, coordinar y supervisar estrategias que permitan controlar el deterioro ambiental en las ciu- dades y a evitar el poblamiento en zonas de riesgo, en coordinación con los gobiernos locales. Artículo 51º .- Funciones en materia agraria a)Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, contro- lar y administrar los planes y políticas de la región en materia agraria en concordancia con las políti- cas nacionales y los planes sectoriales y las pro- puestas promocionales de desarrollo rural de par- te de las municipalidades rurales. b)Administrar y supervisar la gestión de actividades y servicios agropecuarios, en armonía con la polí- tica y normas de los sectores correspondientes y las potencialidades regionales. c)Participar en la gestión sostenible del recurso hí- drico en el marco de las entidades de cuencas y las políticas de la autoridad nacional de aguas. d)Promover la transformación, comercialización, ex- portación y consumo de productos naturales y agroindustriales de la región. e)Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos natu- rales bajo su jurisdicción. f)Promover y ejecutar proyectos y obras de irriga- ción, mejoramiento de riego, manejo adecuado y conservación de los recursos hídricos y de suelos. g)Supervisar y administrar el servicio de información agraria en la región, la cual podrá contar con una red de información provincial y distrital, la que ope- rará en armonía con el sistema nacional de infor- mación agraria. h)Promover la provisión de recursos financieros pri- vados a las empresas y organizaciones de la re- gión, con énfasis en las micro, pequeñas y media- nas empresas y las unidades productivas orienta- das a la exportación. i)Planificar, promover y concertar con el sector pri- vado, la elaboración de planes y proyectos de de- sarrollo agrario y agroindustrial. j)Planear, supervisar y controlar, en coordinación con el gobierno nacional la mejora de los servicios de comercialización agropecuaria, del desarrollo de cultivos y de crianzas y ganadería.