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Pág. 233517 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de noviembre de 2002 1/2 pulgadas (38 mm.) de abertura mínima de malla, desti- nados al consumo humano indirecto. Artículo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de in- cremento de flota presentada por el armador JACOBO ES- TUARDO CAVENAGO en el extremo referido a acceso a los recursos jurel y caballa con destino al consumo huma- no indirecto, por las razones expuestas en la parte conside- rativa de la presente resolución. Artículo 3º.- La autorización de incremento de flota vía sustitución otorgada para la ampliación de la capacidad de bodega de la embarcación pesquera "C&Z3" citada en el artículo precedente, tendrá un plazo de dieciocho (18) me- ses, contado a partir de la fecha de expedición de la pre- sente Resolución Directoral; vencido dicho plazo, la citada autorización caducará de pleno derecho, en caso de no haberse terminado la ejecución de la ampliación de la ca- pacidad de bodega materia de la presente autorización, sin que sea necesario para ello la notificación por parte del Ministerio de la Producción. Artículo 4º.- Incorporar la autorización de incremento de flota otorgada por la presente autorización al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 152-2002-PE. Artículo 5º.- Ejecutada la ampliación de la capacidad de bodega de la embarcación pesquera "C & Z 3", los ar- madores JACOBO ESTUARDO CAVENAGO REBAZA y doña TERESA CONSUELO ZOLLEZZI de CAVENAGO de- berán solicitar dentro de un plazo máximo de tres (3) me- ses, la modificación del permiso de pesca en el extremo referido a la capacidad de bodega de la embarcación en mención. Artículo 6º.- La embarcación pesquera "C& Z 1" de matrícula CE-4500-CM mantendrá vigente su permiso de pesca y podrá operar hasta que la embarcación objeto de la presente autorización esté en condiciones de efectuar faenas de pesca y obtenga su correspondiente permiso. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales de Pesquería de Tumbes, Piura, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero. 20263 Declaran en abandono solicitud de cam- bio de titular de permiso para operar embarcaciones pesqueras RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 091-2002-PRODUCE/DNEPP Lima, 28 de octubre del 2002 Visto el escrito de registro Nº CE-00111002 del 25 de febrero del 2002, presentado por INVERSIONES GACOR S.A.; CONSIDERANDO: Que en los procedimientos iniciados a solicitud de par- te, cuando el administrado incumple algún trámite que le hubiera sido requerido que produzca su paralización por treinta días, la autoridad, de oficio o a solicitud del adminis- trado declarará el abandono del procedimiento, según el artículo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que mediante el escrito del visto, la recurrente solicita el cambio de titular del permiso de pesca para la operación de las embarcaciones pesqueras denominadas "ROSSY I", de matrícula Nº CE-0002-PM y "ROSSY II", de matrícu- la Nº CE-13246-PM, otorgado mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 631-95-PE y Nº 665-97-PE; Que mediante Oficio Nº 932-2002-PE/DNEPP-Dap del 5 de marzo del 2002, se notificó a INVERSIONES GACOR S.A. para que alcance los correspondientes Certificados Compendiosos de Dominio a fin de sustentar la posesión inmediata de dichas embarcaciones y por tanto, el dere- cho a operarlas, no habiendo cumplido hasta la fecha conpresentar la citada documentación, a pesar del tiempo trans- currido, paralizándose el procedimiento administrativo por causa imputable al administrado, en consecuencia, se en- cuentra incursa en la causal de abandono establecida en el dispositivo legal citado en el primer considerando; Estando a lo informado por la Dirección de Admi- nistración Pesquera de la Dirección Nacional de Extrac- ción y Procesamiento Pesquero con Informe Nº 007-2002- PRODUCE/DNEPP-Dap del 19 de agosto del 2002 y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurí- dica; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar en abandono la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca para la operación de las embarcaciones pesqueras denominadas "ROSSY I" con matrícula Nº CE-0002-PM y "ROSSY II" con matrí- cula Nº CE-13246-PM, otorgado mediante las Resolucio- nes Ministeriales Nº 631-95-PE y Nº 665-97-PE, respecti- vamente, presentada por INVERSIONES GACOR S.A., por las razones expuestas en la parte considerativa de la pre- sente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 20260 SALUD Dan por concluida designación de Director de Servicios de Salud de la Dirección de Salud IV Lima Este RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1796-2002-SA/DM Lima, 14 de noviembre del 2002 Visto el Oficio Nº 849-2002-DISA-IV LE/DG cursado por el Director General de la Dirección de Salud IV Lima Este; De conformidad con lo previsto en el artículo 7º de la Ley Nº 27594 y el inciso "L" del artículo 8º de la Ley Nº 27657; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida la designación del doctor JESÚS FELIPE GUEROLA CASTILLO, en el cargo de confianza de Director de Servicios de Salud, nivel F-3, de la Dirección de Salud IV Lima Este. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 20229 Designan Director de Servicios de Sa- lud de la Dirección de Salud IV Lima Este RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1797-2002-SA/DM Lima, 14 de noviembre del 2002 Visto el Oficio Nº 849-2002-DISA-IV LE/DG cursado por el Director General de la Dirección de Salud IV Lima Este; De conformidad con lo previsto en el Artículo 3º de la Ley Nº 27594 y el Artículo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM;