Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2002 (01/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, martes 1 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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MORDAZA atender y responder sus solicitudes en concordancia con lo dispuesto en la Resolucion de Alcaldia; Que, en consecuencia la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, considera necesario conformar un comite de evaluacion de proyectos electricos y control de riesgos en el ex MORDAZA Ferial Las Malvinas, que implemente las acciones conducentes a ello, el cual contara con el apoyo de un equipo tecnico y de ser necesario convocara la participacion de representantes de EDELNOR, OSINERG y del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru; Que, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de acuerdo a la Ley que la regula, no le corresponde solicitar la reposicion del fluido electrico pues, conforme al Decreto Ley de Concesiones Electricas Nº 25844 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 090-93-EM, le compete al usuario y responsable del suministro electrico afectado con la suspension del servicio, solicitar ello, lo cual concordamos con lo senalado por la 2ª Fiscalia en su Resolucion cuando manifiesta que la empresa EDELNOR "... en merito a las facultades que le confiere la Ley de Concesiones Electricas, recae en esta institucion la reconexion de la energia electrica, esto en merito a lo dispuesto por el articulo 179º del Reglamento de Concesiones Electricas, hecho que en si debera ser supervisado por OSINERG..."; Que, de conformidad con el articulo 47º incisos 6) y 9) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y, Estando a lo expuesto; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la conformacion de un Comite de Evaluacion de Proyectos Electricos y Control de Riesgos en el ex MORDAZA Ferial Las Malvinas, que tendra la responsabilidad de aprobar y desaprobar los Proyectos Electricos presentados por los comerciantes responsables de los suministros electricos, efectuar la supervision y control de la ejecucion de los proyectos electricos aprobados y velar por el cumplimiento de las medidas de seguridad. Articulo Segundo.- El Comite de Evaluacion de Proyectos Electricos y Control de Riesgos en el ex MORDAZA Ferial Las Malvinas estara conformada por: Un representante de la Direccion de Defensa Civil, quien la presidira. Un representante de la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor. Un representante de la Direccion Municipal de Desarrollo Urbano. Un representante de la Direccion Municipal de Fiscalizacion y Control. Las Direcciones comprendidas en el presente articulo, en el plazo MORDAZA de 3 dias a partir de la publicacion de la presente resolucion, acreditaran a sus representantes mediante Resolucion Directoral, ante la Direccion de Defensa Civil. Articulo Tercero.- El Comite en un plazo MORDAZA de cuatro (4) dias desde su instalacion, aprobara los procedimientos a fin de implementar las acciones necesarias para dar cumplimiento al articulo primero de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Disponer la conformacion de un Equipo Tecnico de Apoyo, el cual elevara al Comite un informe tecnico por cada proyecto electrico presentado; supervisando la ejecucion de los mismos, considerando aspectos de caracter tecnico y de seguridad que deben resguardar, contemplando la temporalidad de los comerciantes en la zona. Articulo Quinto.- El Equipo Tecnico de apoyo estara conformado por: El Ingeniero Mecanico Electricista MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA, CIP Nº 2969, representando a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Un representante del Colegio de Ingenieros del Peru. De ser necesario, seran convocados: Un representante del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru.

Un representante tecnico del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG. Un representante tecnico de la Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte - EDELNOR. Articulo Sexto.- La Direccion Municipal Administrativa, dispondra de los recursos necesarios para apoyar en forma prioritaria al Comite de Evaluacion de Proyectos Electricos y Control de Riesgos en el ex MORDAZA Ferial Las Malvinas, en la atencion de los requerimientos para el mejor cumplimiento de sus funciones. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 17439

Prohiben circulacion de camionetas rurales de transporte publico de pasajeros por la Av. MORDAZA MORDAZA, en el tramo Av. Brasil - Av. Circunvalacion (intercambio vial Sur)
RESOLUCION DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 151-02-MML/DMTU
MORDAZA, 23 de setiembre de 2002 Visto, el Informe Nº 115-02-MML/DMTU-DGTO-DSZ de fecha 17 de agosto del 2002, de la Direccion de Senalizacion; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 23853 - "Ley Organica de Municipalidades", Articulo 10º inciso 5), senala que los Gobiernos Locales son competentes para regular el transporte colectivo, la circulacion y el MORDAZA, y el inciso 4) del articulo 69º del mismo cuerpo legal preceptua que, son competentes para regular el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos; Que, la Ley Nº 27181 "Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre", articulo 3º, establece como uno de sus objetivos que el Transporte y MORDAZA Terrestre se orienten a la satisfaccion de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, asi como a la proteccion del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, el Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de MORDAZA, articulo 5º, reconoce que las autoridades competentes en materia de MORDAZA son las Municipalidades Provinciales, las cuales tienen competencias normativas, de gestion y fiscalizacion, dentro de su ambito territorial; Que, el articulo 120º de la MORDAZA citada en el considerando anterior, establece que las Municipalidades Provinciales como autoridad competente, en situaciones generadas por la congestion vehicular y/o contaminacion, pueden prohibir o restringir la circulacion de vehiculos o tipos de vehiculos en determinadas areas o vias publicas; Que, la Ordenanza Nº 132, articulo 2º, establece que constituyen objetivos permanentes de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en materia de transito; preservar la seguridad publica en el transito; dar fluidez al MORDAZA vehicular y peatonal, y educar y capacitar a la poblacion en el correcto uso de las vias publicas; preservar el patrimonio vial y vehicular de la provincia de Lima; y, prevenir los riesgos a la salud y al ambiente generados por la circulacion o el funcionamiento de los vehiculos automotores; Que, por Edicto Nº 021, el Concejo Metropolitano de MORDAZA establecio que la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA, es el organo responsable de administrar, programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar el cumplimiento de las actividades concernientes a la regulacion del transporte colectivo, la circulacion y el transito;

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