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Pág. 229252 NORMAS LEGALES Lima, domingo 1 de setiembre de 2002 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGÍA OSINERG Nº 1428-2002-OS/CD Lima, 20 de agosto del 2002 VISTOS: El memorándum GART-Gas/OSINERG Nº 047-2002, elaborado por la Gerencia de Regulación de Gas Natural de OSINERG, y la Resolución del Consejo Directivo Nº 0425-2002-OS/C de febrero del 2002, que aprueba la prepublicación del proyecto de norma “Manual de Contabilidad Regulato- ria” aplicable a los concesionarios de transporte de hidrocarburos por ductos y de distribución de gas natural por red de ductos. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 44º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por De- creto Supremo Nº 041-99-EM, obliga a los concesionarios a establecer y mantener una contabilidad regulatoria con cuentas separadas con relación a los servicios prestados y cuentas consolidadas con respecto al negocio en su totalidad, según los procedimientos, plazos y medios que establezca el OSINERG; Que, asimismo, los Artículos 38º y 46º de los Reglamentos vigentes de Transporte de Hidrocar- buros por Ductos y de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, respectivamente, señalan que los concesionarios deben presentar al OSINERG trimestralmente: Balance general, Estado de ganancias y pérdidas por naturaleza y destino, Flujo de fondos y otras que el OSINERG considere conveniente. Igualmente, dentro de los veinte (20) días calendario del mes de abril de cada año, los concesionarios deberán entregar al OSINERG, los Estados financieros del ejerci- cio anterior, debidamente auditados, debiendo el OSINERG establecer los plazos, formatos y medios tecnológicos mediante los cuales el concesionario deberá remitir dicha información; Que, el Artículo 21º del reglamento general del OSINERG, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, dispone que es facultad exclusiva del OSINERG, dictar reglamentos y normas de carácter general, aplicables a todas las entidades y usuarios que se encuentren en las mismas condiciones, así como el dictado de normas de carácter particular, referidas a intereses, obligacio- nes o derechos de las entidades o actividades bajo su competencia, o de sus usuarios; Que, el Consejo Directivo de OSINERG, aprobó con Resolución Nº 0425-2002 OS/C del 20.02.2002, la prepublicación del proyecto de norma “Manual de Contabilidad Regulatoria”, a fin de que las empresas, instituciones y en general los interesados puedan hacer llegar al OSINERG, los comen- tarios y sugerencias hasta el 19 de abril del 2002, de acuerdo a lo indicado en el Artículo 1º de dicha Resolución, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la pagina web de nuestra institución. Que, la publicación de la Resolución se hizo efectiva el 1 de marzo de 2002 en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de nuestra institución y que a la fecha límite indicada en el párrafo anterior para la recepción de los comentarios y sugerencias, no se ha recibido comentario y/o observación alguna. Que, se ha cumplido con el requisito de prepublicación en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web www.cte.org.pe , El texto del reglamento o norma a expedir, correspondiente al Manual de Con- tabilidad Regulatoria; dando cumplimiento al Artículo 25º del reglamento general del OSINERG, de acuerdo a la cual, para la aprobación de reglamentos y normas de alcance general, se requiere la prepublicación de los proyectos respectivos. Que, en cumplimiento de las disposiciones legales mencionadas, se ha presentado para la apro- bación del Consejo Directivo, el Manual de Contabilidad Regulatoria y la correspondiente exposi- ción de motivos; Que de conformidad con lo previsto y las facultades establecidas en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, así como en el reglamento general del OSINERG aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la norma “Manual de Contabilidad Regulatoria” aplicable a los concesiona- rios de transporte de hidrocarburos por ductos y de distribución de gas natural por red de ductos. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo