Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2002 (12/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 12 de octubre de 2002

quipa confirmo dicha sentencia mediante Resolucion del 17 de MORDAZA de 2002; Que de conformidad con lo dispuesto por el articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 124, el recurso de nulidad es improcedente en los casos sujetos al procedimiento sumario, como el presente, por tanto, la sentencia MORDAZA referida ha puesto termino al MORDAZA judicial; resultando de ello que el recurso de queja por denegatoria de recurso de nulidad interpuesto por MORDAZA MORDAZA Butron Nunez, no implica que se le MORDAZA concedido este, ni que el fallo MORDAZA perdido la calidad de cosa juzgada; Que el Concejo Distrital de Yura no se ha pronunciado sobre la situacion juridica de MORDAZA MORDAZA Butron Nunez; sin embargo, la sentencia condenatoria se encuentra firme, y por tanto, se ha configurado la causal de vacancia sobreviniente prevista en el numeral 9) del articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, a que nos remite el numeral 3) del articulo 26º de la misma norma; por lo que, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones expedir la respectiva declaracion de vacancia en ejercicio de la funcion senalada en el literal u) del articulo 5º de su Ley Organica, Ley Nº 26486, ya que la declaracion por parte del Concejo no modifica en nada la situacion juridica del MORDAZA cuestionado; Que al hacerse efectiva la vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Yura, este debe ser cubierto con arreglo a lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, que dispone que, en los casos de vacancia, reemplaza al MORDAZA el MORDAZA MORDAZA, que es el regidor habil que le sigue en su propia lista electoral, en este caso la lista independiente "Vamos Yura Unidos al Cambio", correspondiendo llamar a MORDAZA MORDAZA Anamelva MORDAZA MORDAZA para ejercer dicho cargo; y, para completar el numero de regidores del Concejo, debera aplicarse lo dispuesto por el numeral 2) del mismo articulo, concordante con el articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26486, sin embargo, al haberse agotado la lista independiente a la que pertenecia MORDAZA MORDAZA Butron Nunez, corresponde asumir el cargo de regidor a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la lista independiente "Movimiento de Integracion Yura", por ser la lista que sigue en el orden del computo de sufragios, en aplicacion del articulo 8º de la Ley Nº 15265 y el articulo 172º del Reglamento Interno de este organo electoral aprobado por Resolucion Nº 064-A-94-JNE; Por estos fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Yura, provincia y departamento de MORDAZA, que ejerce don MORDAZA MORDAZA Butron Nunez, por la causal de vacancia sobreviniente a que se refiere el articulo 23º inciso 9) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853. Articulo Segundo.- Llamar a MORDAZA MORDAZA Anamelva MORDAZA MORDAZA, para que asuma el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Yura, provincia y departamento de MORDAZA, en el periodo de gobierno municipal 1999 - 2002, en reemplazo de MORDAZA MORDAZA Butron Nunez; otorgandosele la credencial que la acredite como tal. Articulo Tercero.- Convocar al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la lista independiente "Movimiento de Integracion Yura", para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Yura, provincia y departamento de MORDAZA, en el periodo de gobierno municipal 1999 - 2002; otorgandosele la credencial correspondiente. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 18000

Convocan a candidato no proclamado para que asuma cargo de regidor del Concejo Provincial de Chanchamayo
RESOLUCION Nº 664-2002-JNE MORDAZA, 9 de octubre de 2002 VISTO, el Expediente Nº 1103-2002 presentado por el ciudadano don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el que comunica el fallecimiento de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Penas, quien fuera Regidor del Concejo Provincial de Chanchamayo, departamento de Junin; y, solicita se le convoque para cubrir dicha vacancia; CONSIDERANDO: Que con la MORDAZA certificada del acta de defuncion extendida por el Jefe de la Unidad de Registros Civiles de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA, corriente a fojas 5, se acredita que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Penas fallecio el 29 de MORDAZA del ano 2002; Que mediante Acuerdo de Concejo Nº 00297-2002MPCH de fecha 26 de agosto del 2002, el Concejo Provincial de Chanchamayo declaro la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Penas, segun consta a fojas 2 y 3; Que la muerte pone fin a la persona, segun lo dispone el articulo 61º del Codigo Civil; y, de conformidad con el numeral 2) del articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, para cubrir las vacantes que se produzca en los concejos municipales se incorpora al candidato suplente de la misma lista, correspondiendole asumir el cargo de Regidor a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del Movimiento Independiente Vamos Vecino; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del Movimiento Independiente Vamos Vecino, para que asuma el cargo de Regidor en el Concejo Provincial de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 1999-2002; debiendosele otorgar la respectiva credencial. Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 18001

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 688-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 27 de setiembre de 2002 VISTO; el Informe Nº 1001-2002-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 27 de setiembre de 2002.

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