Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2002 (15/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 15 de octubre de 2002

cretaria General del Ministerio de la Produccion, por lo que es necesario encargar tales funciones; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar, a partir de la fecha, al Dr. MORDAZA Zamorano Macchiavello, Viceministro de Industria, las funciones de Secretario General del Ministerio de la Produccion, en tanto dure la ausencia del titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 18175

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de octubre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores REGLAMENTO PERUANO DEL ESQUEMA DE LA TARJETA PARA VIAJE DE NEGOCIOS ABTC TITULO I

RELACIONES EXTERIORES
Aprueban el Reglamento del D.S. Nº 028-2000-RE: Reglamento Peruano del Esquema de la Tarjeta para Viaje de Negocios ABTC
DECRETO SUPREMO Nº 087-2002-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, a partir de la XII Reunion Ministerial del Foro de Cooperacion Economica MORDAZA MORDAZA (APEC), llevada a cabo del 14 al 15 de noviembre de 1998 en Kuala Lumpur, Malasia, el Peru se incorporo al mencionado foro; Que, los objetivos principales del APEC: la facilitacion y liberalizacion del comercio internacional y de las inversiones son compartidos por el Gobierno del Peru; Que, el Gobierno del Peru, brinda las mayores facilidades a los empresarios peruanos para que puedan ampliar sus posibilidades de negocios y evaluacion de nuevos mercados para la promocion, exportacion y distribucion de sus productos en el area del MORDAZA Pacifico; Que el Gobierno del Peru alienta el arribo de empresarios extranjeros que colaboren en la dinamizacion de la economia; Que, el Peru aprobo su incorporacion al Esquema de la Tarjeta para viaje de Negocios denominado "APEC Business Travel Card (ABTC)" del Foro de Cooperacion del MORDAZA MORDAZA, mediante Decreto Supremo Nº 028-2000RE de 27 de agosto de 2000; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 703 Ley de Extranjeria; el Decreto Ley Nº 26112 - Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el Decreto Supremo Nº 028-2000-RE - Aprueba la incorporacion del Peru al Esquema de la tarjeta para viaje de negocios denominado APEC Business Travel Card (ABTC); De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el Reglamento del Decreto Supremo Nº 028-2000-RE: Reglamento Peruano del Esquema de la Tarjeta para Viaje de Negocios ABTC, que consta de treinta (30) articulos, dos (2) disposiciones complementarias y una (1) disposicion final. Articulo 2º.- Dejase sin efecto todas las disposiciones que se opongan o contravengan al presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

GENERALIDADES Articulo 1º.- El presente reglamento regula los alcances, competencias y procedimientos para implementar en el Peru el Esquema de la Tarjeta para Viaje de Negocios denominado "APEC Business Travel Card (ABTC)" del Foro de Cooperacion Economica MORDAZA MORDAZA (APEC). Articulo 2º.- El Esquema aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2000-RE, de 27 de agosto de 2000, constituye el MORDAZA juridico que permite al Peru otorgar la tarjeta ABTC a sus nacionales y calificar a los nacionales de las otras Economias del Esquema que soliciten la tarjeta ABTC ante sus respectivas autoridades. Articulo 3º.- La tarjeta ABTC es el documento que facilita la movilizacion de sus titulares, eliminando la exigencia de la visacion consular, asi como la obtencion de los beneficios que preve el Esquema a que se refiere el presente reglamento. El formato, diseno y caracteristicas tecnicas de la tarjeta ABTC que emita o reconozca el Peru se sujeta a los requisitos acordados en comun por las Economias participantes en el Esquema ABTC. Articulo 4º.- Para los efectos del presente reglamento se considera como persona de negocios a la persona dedicada a actividades de comercio de bienes, provision de servicios o que realiza actividades de inversion. No estan incluidos el conyuge e hijos. No corresponde considerar como personas de negocios a aquellas que deseen realizar actividades lucrativas o trabajar, en relacion de dependencia o en empleos autonomos, o que tengan animo de residencia, en el territorio de destino. TITULO II AUTORIDADES COMPETENTES Articulo 5º.- La Comision Peruana del Esquema ABTC es la autoridad nacional competente para implementar, coordinar y resolver lo concerniente a la ejecucion en el Peru del regimen a que se refiere el articulo 2º del presente reglamento. La Comision esta conformada por los siguientes funcionarios: - El Subsecretario de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien la presidira; - El Representante ante el Comite de Comercio e Inversion de la Direccion APEC del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, - El Director de Control Migratorio de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio de Interior. La Comision adoptara las directivas que estime pertinentes para su funcionamiento. Articulo 6º.- La Secretaria Ejecutiva de la Comision Peruana del Esquema ABTC es el organo operativo competente encargado de asistir a la Comision y depende de su Presidente.

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