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Pág. 231367 NORMAS LEGALES Lima, martes 15 de octubre de 2002 gistro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS G. QUIRÓS AMAYO Presidente J.E.E. Lima - Centro MARISA TAPIA RODRÍGUEZ Miembro - Tesorera J.E.E. Lima - Centro OSWALDO EDUARDO VILLA ARICA Tercer Miembro J.E.E. Lima - Centro CARLOS H. VEGA SANTAMARIA Secretario General J.E.E. Lima - Centro 18197 ONPE Autorizan a procurador iniciar accio- nes judiciales contra ex jefes y ex asis- tentes administrativos de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electo- rales RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 334-2002-J/ONPE Lima, 10 de octubre de 2002 VISTOS; el Informe Nº 204-2002-GAJ/ONPE del 2 de octubre de 2002 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 1148-2002-GAF/ONPE del 26 de setiem- bre de 2002 de la Gerencia de Administración y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, durante el proceso de Elecciones Generales de 2001 la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE-, conforme a la normatividad vigente sobre la materia, otorgó fondos bajo la modalidad de encargo a las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales -ODPEs., con cargo a rendir cuenta documentada, de acuerdo a lo establecido en las Directivas de Habilita- ción, Ejecución y rendición de fondos otorgados por encargo a las ODPEs para el proceso de Elecciones Generales 2001 de la Primera y Segunda Vuelta, apro- badas por las Resoluciones Jefaturales Nºs. 173 y 325- 2001-J/ONPE, del 21 de febrero y 30 de mayo de 2001, respectivamente, las cuales establecieron que el Jefe de la ODPE y el Asistente Administrativo son responsa- bles solidarios de la administración y rendición de cuen- tas de los fondos habilitados para la ejecución de los procesos electorales, siguiendo los procedimientos y normas establecidas; Que, la Gerencia de Administración y Finanzas de ONPE, en su calidad de órgano competente para imple- mentar y hacer cumplir las Directivas de Habilitación, Eje- cución y rendición de fondos otorgados por encargo a las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales -OD- PEs- para el proceso de Elecciones Generales 2001, efec- tuó una revisión a las rendiciones de cuentas presentadas y observó algunas deficiencias en algunas de ellas, por cuanto se habían incumplido las normas contenidas en las mismas Directivas; asimismo, mediante los Memorán- dums Nºs. 256, 322, 610 y 643-2002-GAF/ONPE, esa dependencia manifestó que había agotado las acciones administrativas destinadas a requerir y facilitar a los ex Jefes y Asistentes Administrativos de las ODPEs citadas en el cuarto considerando, el levantamiento de las obser- vaciones procedentes de las revisiones de las rendicio- nes de cuentas presentadas, respecto de los fondos otor- gados a las ODPEs que funcionaron durante las Eleccio- nes Generales de 2001 (Primera y Segunda Vuelta); Que, al respecto, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 118-2002-GAJ/ONPE manifes-tó que de los hechos expuestos y la respectiva documentación sustentatoria se podría inferir que exis- tían indicios que harían presumir la comisión de delitos de Peculado, Malversación, Rehusamiento a entregar bienes depositados o puestos en custodia y contra la Fe Pública, por parte de algunas de las personas invo- lucradas; Que, en tal sentido, mediante la Resolución Jefatu- ral Nº 194-2002-J/ONPE del 18 de junio de 2002, se autorizó al Procurador Público del Sistema Electoral a cargo de los asuntos judiciales del Jurado Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales para que, en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales pertinentes contra los señores Víctor Pastor Talledo, Angel Enrique Bravo Mendoza, María Cecilia Puell Manrique, Rocío Pilar Zevallos Baldeón, Antonio Camprubi Pardo Figueroa, Elba Adriana Silva Porlles, Zarela Rosio Trinidad Poma, Javier Americo García Pineda, Augusto Alejandro Monjaraz Pacheco, Jaime Ricardo Luna Victoria Andrade, Carlos César Cáceres Buchelli, Juan Manuel Anchante Tisnado, Gloria Dai- se Arcos Paredes, Bertila Poma Espinoza, César Igor Calvo Cánepa, Ruperto Manuel Pinedo Loyola, Ruth Elvira Lurita Carpio, Jaime Aramburú Araujo, César Augusto Aguilar Cáceres, Octavio Alfredo Gamonal Bermúdez, Sergio Filomeno Villegas Villegas, Clara Navarro Pereira, Zulma Zaravia Angeles, Salvador Mendoza Maquiavelo, Ernesto Celi Neira, Jaime Or- lando Portales Segura, Javier Doroteo Alcántara Pas- co, José Alberto Siancas Gamboa, Hayde Cansaya Flores, Santiago Antonio Puescas Moscol, Fredy Cayo Vásquez Puris, Rosa Mireya Llanos Soler, Flor Marle- ne Aramburú Alvaro y Luis Enrique Machuca Nájar, en su condición de Jefes y/o Asistentes Administrativos de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electo- rales -ODPEs- durante las Elecciones Generales de 2001 para Presidente, Vicepresidente y Congresistas (Primera y Segunda Vuelta); Que, con posterioridad a la emisión de la citada Re- solución Jefatural Nº 194-2002-J/ONPE, la Gerencia de Administración y Finanzas mediante los Memorándums Nºs. 1056 y 1148-2002-GAF/ONPE del 9 y 26 de se- tiembre de 2002, ha informado que en el caso de las rendiciones de cuenta de la Primera Vuelta de las Elec- ciones Generales del año 2001, los ex funcionarios de las ODPEs de Jaén, Huaraz, Morropón y Trujillo, y, en Segunda Vuelta los ex funcionarios de las ODPEs de Cañete y Jaén han levantado en su totalidad las obser- vaciones de sus rendiciones de cuenta; asimismo, los montos de rendiciones de cuentas observadas por la Gerencia de Administración y Finanzas han disminuido por haberse producido regularizaciones parciales, sien- do estos casos en la Primera Vuelta para las OPDEs de Cusco, Huaura, Lima Centro, Lima Sur, Maynas, Otuz- co y San Martín, y, en la Segunda Vuelta para las OD- PEs de Andahuaylas, Cusco, Espinar, Huaura, Otuzco y Sánchez Carrión, los mismos que fueron incluidos en la Resolución Jefatural Nº 194-2002-J/ONPE; Que, asimismo, de acuerdo a lo informado a través de los Memorándums citados en el considerando preceden- te, sus anexos y demás antecedentes alcanzados por la Gerencia de Administración y Finanzas, existen saldos observados de rendiciones de cuentas presentadas en la Primera Vuelta por los Jefes y Asistentes Administrativos de las ODPEs de Callao , por un monto equivalente a S/. 21,779.92 (veintiún mil setecientos setentinueve y 92/ 100 nuevos soles); Cusco , por un monto equivalente a S/. 67,593.63 (sesentisiete mil quinientos noventitrés y 63/ 100 nuevos soles); Huaura , por un monto equivalente a S/. 9,351.00 (nueve mil trescientos cincuentiuno y 00/100 nuevos soles); Lima Centro , por un monto equivalente a S/. 74,747.30 (setenticuatro mil setecientos cuarentisiete y 30/100 nuevos soles); Lima Sur , por un monto equiva- lente a S/. 21,325.91 (veintiún mil trescientos veinticinco y 91/100 nuevos soles); Maynas , por un monto equivalente a S/. 5,338.00 (cinco mil trescientos treintiocho y 00/100 nuevos soles); Otuzco , por un monto equivalente a S/. 16,740.29 (dieciséis mil setecientos cuarenta y 29/100 nuevos soles); San Martín , por un monto equivalente a S/. 4,205.50 (cuatro mil doscientos cinco y 50/100 nuevos soles); San Román , por un monto equivalente a S/. 15,987.00 (quince mil novecientos ochentisiete y 00/100 nuevos soles); y Sánchez Carrión , por un monto equiva- lente a S/. 550.00 (quinientos cincuenta y 00/100 nuevos soles); y, asimismo, existen saldos observados de rendi-