Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2002 (17/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, jueves 17 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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§ Declarado desierto el concurso publico por MORDAZA vez, la liquidacion sera judicial y se regira en lo pertinente por el Titulo II de la Seccion Cuarta del Libro IV de la Ley General de Sociedades concordante con lo establecido por el articulo 115º de la Ley Nº26702.

XIV. CONTRATO
§ MORDAZA legalizada, con antiguedad no mayor a tres (3) meses, del documento que acredite la inscripcion de la persona juridica postora, en los Registros Publicos correspondientes, asi como de los poderes otorgados por el organo social competente, a por lo menos dos (2) personas que se encargaran del MORDAZA de liquidacion, quienes deberan contar con los poderes generales y especiales para actuar en nombre y representacion de la persona juridica favorecida para llevar a cabo el MORDAZA de liquidacion. § El texto del contrato se encuentra en el Anexo Nº 7, el cual en papel de seguridad proporcionado mediante oficio y debidamente suscrito debera presentarse con la propuesta. § Los documentos que forman parte del contrato son:

tribucion se MORDAZA efectiva solo despues de registrado el ingreso en MORDAZA por LA VITALICIA.. Cuando se trate de compensaciones o de dacion en pago, para que sea considerada para el calculo de la retribucion, se requerira de previa autorizacion escrita de la SUPERINTENDENCIA. La retribucion percibida por la persona juridica liquidadora es por todo concepto, con excepcion de los gastos de mantenimiento y saneamiento administrativo - legal de los activos de LA VITALICIA, efectuados en concordancia con las instrucciones de la SUPERINTENDENCIA, ambos conceptos conforman los denominados "gastos del MORDAZA de liquidacion", al que hace referencia el articulo 26º de la Resolucion SBS Nº 455-99. Los costos de personal, gastos administrativos y operativos seran por cuenta de la persona juridica liquidadora. XVI. SANCIONES Y PENALIDADES En caso que por cualquier causa no atribuible a la SUPERINTENDENCIA, el postor adjudicatario de la buena pro no cumpliese con entregar la fianza que garantice el fiel cumplimiento de las obligaciones, como penalidad se efectivizara la Carta Fianza de Seriedad de Oferta a que se refiere el Anexo Nº 6, quedando ademas el postor inhabilitado durante cinco (05) anos, para participar en posteriores concursos que convoque la SUPERINTENDENCIA. XVII. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Participacion de consorcios u otras formas de asociacion: En el caso de consorcios y otros tipos de asociacion, se requerira el cumplimiento de lo siguiente: 1. La MORDAZA de un contrato o acuerdo de partes debidamente legalizado ante Notario Publico, en el cual se plasme la finalidad para la cual se asocian, asi como responsabilidad solidaria de los participantes respecto a la gestion a realizar. 2. La designacion del representante o representantes legales que realizaran los tramites y ejerceran la representacion de los participantes ante la Superintendencia, fijandoles las atribuciones mediante poder que debera ser otorgado por los organos societarios que correspondan. 3. La MORDAZA, por cada persona juridica miembro del consorcio de la informacion solicitada en el numeral VIII de las Bases. 4. Si alguno de los participantes es extranjero, el organismo competente debera expedir una MORDAZA de su inscripcion como persona juridica, la misma que debera ser expedida de acuerdo a las leyes del MORDAZA de origen, sin perjuicio que deba ser legalizada a traves de las instancias diplomaticas respectivas. Dicho documento no podra tener una antiguedad mayor a 03 meses. 5. Que por lo menos uno de los integrantes del consorcio o de cualquier otro MORDAZA de asociacion empresarial MORDAZA adquirido las bases. 6. El ganador de la Buena Pro esta obligado a no transferir ni subcontratar a terceros, para la ejecucion del contrato. 7. Respecto a las cartas fianza de seriedad de oferta y de cumplimiento del contrato, estas pueden ser presentadas a valores proporcionales por cada uno de los miembros del consorcio, en la medida que se cumpla con los montos, condiciones y modelos previstos en las Bases.

· Las Bases y Terminos de Referencia del Concurso Publico con sus anexos y las comunicaciones aclaratorias y modificatorias emitidas y notificadas a los interesados que participaron en el concurso publico, lo cual incluye las consultas y su absolucion. · La Propuesta Tecnica y Economica y el Acta de Adjudicacion. Todos los documentos que integran el contrato seran considerados como reciprocamente explicativos, pero en el caso de surgir ambiguedades o discrepancias, prevaleceran los conceptos expuestos en las Bases del Concurso Publico y sus anexos con las aclaraciones o modificaciones emitidas a traves de oficios y las propias aclaraciones contenidas en el Contrato de Locacion de Servicios Los ultimos oficios emitidos tienen primacia sobre las Bases originales del Concurso Publico y sobre los oficios anteriores. § Dentro de los cinco (5) dias utiles posteriores al vencimiento del plazo para interponer recursos impugnativos se debera firmar el contrato previa MORDAZA a la SUPERINTENDENCIA de una carta fianza de fiel cumplimiento por parte de la persona juridica ganadora la misma que debera ser solidaria, irrevocable, incondicional, de realizacion automatica, sin beneficio de excusion y de ejecucion inmediata, que garantice el buen cumplimiento del contrato, hasta por el equivalente al 1% (uno por ciento) del total de activos de la empresa al 31 de agosto de 2002, emitida por una empresa bancaria o financiera, segun el Anexo Nº 9, luego de lo cual se le devolvera la Carta Fianza de Seriedad de la Oferta del Postor senalada en el Anexo Nº 6. El plazo de vigencia de la carta fianza sera cuando menos de 13 meses, contado a partir de la firma del contrato de locacion de servicios, estando obligada la persona juridica ganadora, quince dias MORDAZA del vencimiento de dicho plazo, a presentar una nueva carta fianza por el plazo adicional de 14 meses. El monto de la carta fianza de fiel cumplimiento de contrato podra reducirse a partir del MORDAZA ano, en la medida que el grado de avance de la liquidacion lo amerite, siendo necesario para ello la autorizacion expresa de la SUPERINTENDENCIA, la que fijara el MORDAZA monto de la garantia. § En el caso que no se firme el contrato en el plazo MORDAZA indicado y/o no se cumpla con la entrega de la carta fianza de fiel cumplimiento y si existiese un solo postor el Comite de Evaluacion declarara desierto el concurso publico. Si hubiera un MORDAZA postor que MORDAZA alcanzado el puntaje minimo, sera proclamado ganador de dicho Concurso debiendo cumplir con las formalidades establecidas en las presentes bases. XV. LAS RETRIBUCIONES La persona juridica liquidadora seleccionada conforme a la Ley General, percibira la comision fija por unica vez devengada al inicio, y los importes que se deriven de la aplicacion de los porcentajes detallados en el contrato (Anexo Nº 7), como unica retribucion por sus servicios y por todo concepto, incluyendo el IGV. Este porcentaje se aplicara unicamente sobre los ingresos efectivamente registrados en MORDAZA por LA VITALICIA, salvo los casos, que se hace mencion a continuacion. En el caso de ventas a plazo u otras modalidades previamente aprobadas por la SUPERINTENDENCIA, la re-

ANEXO Nº1 TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA SELECCION DE LA PERSONA JURIDICA QUE SE ENCARGARA DEL MORDAZA DE LIQUIDACION DE LA VITALICIA
1. OBJETO DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR La SUPERINTENDENCIA, de conformidad al articulo 115º de la Ley General, encomienda a la persona juridica designada mediante concurso publico, la liquidacion de LA VITALICIA, para lo cual le otorga las atribuciones y obligaciones consideradas en el presente contrato y las previstas en la Resolucion SBS Nº 455-99, asi como en cualquier otra disposicion que la modifique y/o complemente. 2. DESCRIPCION DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR a) Cobrar Reaseguros y Coaseguros, cuando sea el caso.

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