Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2002 (29/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 29 de octubre de 2002

La recaudacion y pago se efectuaran bajo los mismos principios y terminos contenidos en el articulo 14º del Reglamento, con excepcion de las disposiciones contenidas en el numeral 14.1, las mismas que seran de aplicacion a partir de la puesta en operacion comercial, y los respectivos Contratos de Concesion. Articulo 3º.- Tratamiento de los fondos recaudados En concordancia con lo dispuesto en el numeral 9.3 del articulo 9º del Reglamento, cada uno de los montos efectivamente recibidos por los concesionarios MORDAZA de la puesta en operacion comercial, de conformidad con lo mencionado en el articulo anterior, sera actualizado a la tasa definida en los Contratos de Concesion suscritos al MORDAZA de la Ley Nº 27133 y su Reglamento. El monto asi determinado sera restado del Costo de Servicio fijado en los respectivos Contratos de Concesion. El MORDAZA Costo de Servicio resultante sera utilizado para todos los efectos de dichos Contratos de Concesion. Articulo 4º.- De los montos a ser recaudados El cargo por la Garantia por Red Principal, fijado en concordancia a lo dispuesto en el numeral 9.3 del Reglamento tendra como valores: 1,00 US$/kW-mes; 1,50 US$/ kW-mes; 2,00 US$/kW-mes y 2,50 US$/kW-mes en las regulaciones tarifarias que entren en vigencia el primer dia de los meses de: noviembre de 2002, MORDAZA de 2003, noviembre de 2003 y MORDAZA de 2004, respectivamente. La publicacion del cargo por la Garantia por Red Principal se realizara conjuntamente con la publicacion de las tarifas en barra. Los valores en Dolares Americanos (US$) MORDAZA mencionados se aplicaran en moneda nacional al MORDAZA de cambio que corresponda conforme a las leyes aplicables. Los ingresos provenientes del cargo por la Garantia por Red Principal, mencionados en el parrafo anterior, seran distribuidos entre cada uno de los concesionarios referidos en la parte considerativa, en proporcion a su Costo del Servicio. Si la puesta en operacion comercial ocurriera dentro de cualquiera de los periodos aludidos en el presente articulo, se aplicaran los valores para la Garantia por Red Principal que se determinen conforme al Reglamento y a los respectivos Contratos de Concesion. El OSINERG determinara los procedimientos y parametros de calculo necesarios para la aplicacion de lo dispuesto en este articulo. Articulo 5º.- De la adecuacion de los Contratos de Concesion El Ministerio de Energia y Minas, a traves de la Direccion General de Hidrocarburos (DGH) y los concesionarios, acordaran, de ser necesario, la modificacion de los Contratos de Concesion referidos en la parte considerativa, con el objeto de reflejar lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 6º.- Derogatoria Deroguese el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 05799-EM. Asimismo, deroguese o dejese en suspenso, segun corresponda, las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 7º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 8º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de octubre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 19095

MIMDES
Autorizan viaje de funcionaria para participar en evento de la Comision Interamericana de Mujeres de la OEA que se realizara en la Republica Dominicana
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 620-2002-MIMDES MORDAZA, 25 de octubre de 2002 Vistos la Carta Nº 108-09/02 de fecha 9 de septiembre de 2002, de la Presidenta de la Comision Interamericana de Mujeres de la Organizacion de los Estados Americanos; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vistos, la Presidenta de la Comision Interamericana de Mujeres de la Organizacion de los Estados Americanos comunica al Ministro de Relaciones Exteriores, la invitacion para que nuestro MORDAZA participe en la Trigesima Primera Asamblea de Delegadas de la citada Comision a celebrarse en Punta Cana, Republica Dominicana del 29 al 31 de octubre de 2002; Que, en el citado evento se trataran, entre otros temas, la implementacion del Programa Interamericano sobre la promocion de los derechos humanos de la mujer y la equidad e igualdad de genero aprobado por el Trigesimo Periodo Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organizacion de los Estados Americanos, siendo conveniente la participacion de un funcionario del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje de la Directora General de Promocion de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, los gastos por concepto de pasajes, viaticos y tarifa CORPAC seran asumidos por el Instituto Peruano de Paternidad Responsable - INPPARES; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley Nº 27793, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la doctora MORDAZA LOLI MORDAZA, Directora General de Promocion de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, a la MORDAZA de Punta Cana, Republica Dominicana, del 28 de octubre al 1 de noviembre de 2002, para el fin expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolucion no irrogara gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la doctora MORDAZA Loli MORDAZA, Directora General de Promocion de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, presentara al Despacho Ministerial un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado por la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 19050

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