Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2002 (12/09/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 12 de setiembre de 2002

V. DISPOSICIONES PARA LAS OFICINAS REGIONALES DE CONTROL, ASI COMO PARA LA GERENCIA DE DENUNCIAS Y PARTICIPACION CIUDADANA 6.- La Gerencia de Denuncias y Participacion Ciudadana o la Oficina Regional de Control de la Contraloria General de la Republica recibira de la ciudadania y procesaran segun su merito, las denuncias sobre hechos efectuados por las autoridades o titulares, funcionarios y servidores de la administracion publica que intervengan de una u otra forma en un MORDAZA electoral, utilizando indebidamente el patrimonio y/o los recursos publicos o por actos de inconducta funcional para beneficiar o perjudicar cualesquiera MORDAZA politica. 7.- Esta denuncia debera estar acompanada de las pruebas que la sustentan y de no ser posible, debera senalar los documentos u otros medios probatorios que la apoyan y la dependencia donde se encuentran a efecto que MORDAZA recabadas en modos y tiempos oportunos, en su caso. 8.- La Gerencia de Denuncias y Participacion Ciudadana, asi como las Oficinas Regionales de Control evaluaran las denuncias sobre presuntos hechos irregulares efectuados por las autoridades, funcionarios y servidores de la administracion publica en contravencion con las disposiciones legales establecidas al respecto, siempre que esten relacionados con la utilizacion indebida del patrimonio o recursos publicos o con actos de inconducta funcional vinculados a sus obligaciones y responsabilidades legalmente establecidas, a efecto que, el Organo de Control del Sistema pertinente verifique los hechos denunciados e identifiquen las responsabilidades a que hubiere lugar, de ser el caso. 16139

cuales los citados candidatos aceptan estar de acuerdo con los cambios en la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Ate, MORDAZA descrita; Que conforme se estableciera en la Resolucion Nº 3082002-JNE es posible subsanar errores cometidos en las listas de candidatos MORDAZA de la fecha limite de MORDAZA de las propias listas, esto es, el 19 de agosto del 2002, fecha en la que tambien se presento la ficha de inscripcion del candidato a Regidor don MORDAZA MORDAZA Dupuy MORDAZA debidamente suscrita, prestando su consentimiento para ser incluido en la lista, conforme lo prescribe el articulo 118º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que por Resolucion Nº 078-2002-JEELE de fecha 28 de agosto del 2002, de fojas 81 y 82, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Este inscribio provisionalmente la lista de candidatos para MORDAZA y Regidores del Concejo Municipal Distrital de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, presentada por la Alianza Electoral Unidad Nacional; Que estando a lo dispuesto en el literal f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486, y el articulo 34º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la Alianza Electoral Unidad Nacional; por consiguiente, REVOCAR la Resolucion Nº 0044-2002-JEELE de fecha 19 de agosto del 2002 del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Este que declara improcedente el pedido de exclusion de candidata y modificacion de la lista de candidatos para el distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, presentada por la referida organizacion politica; y, declarar NULA la Resolucion Nº 078-2002-JEELE, de fecha 28 de agosto del 2002, que inscribio provisionalmente la lista de candidatos para MORDAZA y regidores del Concejo Municipal Distrital de Ate. Articulo Segundo.- Tengase por presentada y admitida la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y Regidores para el Concejo Distrital de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, por la organizacion politica Alianza Electoral Unidad Nacional, para el MORDAZA de Elecciones Municipales del 2002, integrada por los siguientes candidatos:
Nº DE ORDEN 1º 2º 3º 4º 5º 6º 7º 8º 9º 10º 11º 12º 13º CARGO MORDAZA Regidor Regidor Regidor Regidor Regidor Regidor Regidor Regidor Regidor Regidor Regidor Regidor Regidor APELLIDOS Y NOMBRES CHICLLA MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA JOYO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA JANANPA FUERTES JOVANA MORDAZA SCHEUERMANN VALBETON DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMAPANQUI MORDAZA LICCET MORDAZA

JNE
Disponen tener por presentada y admitida lista de candidatos para el Concejo Distrital de Ate, provincia de MORDAZA, de la Alianza Electoral Unidad Nacional
RESOLUCION N° 366-2002-JNE MORDAZA, 8 de setiembre de 2002 VISTO, en Audiencia Publica del 2 de setiembre del 2002, el Expediente Nº 807-2002 sobre recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la Alianza Electoral Unidad Nacional, contra la Resolucion Nº 0044-2002-JEELE del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Este; CONSIDERANDO: Que las organizaciones politicas y alianzas electorales debian presentar su solicitud de inscripcion de candidatos a alcaldes y regidores hasta noventa dias naturales MORDAZA de la fecha de las elecciones ante los Jurados Electorales Especiales, esto es, el 19 de agosto del 2002, conforme lo dispone el articulo 10º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; Que con fecha 19 de agosto del 2002 a las 22.02 horas, la Alianza Electoral Unidad Nacional solicito se modifique la posicion de los candidatos a los cargos de Regidor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Joyo MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se excluya a la candidata a Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y se incluya a don MORDAZA MORDAZA Dupuy Garcia; y, en la misma fecha por Resolucion Nº 0044-2002-JEELE de fojas 72 y 73, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Este declaro improcedente el pedido de exclusion y modificacion de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, presentada por la citada organizacion politica; Que estando a lo acordado por el MORDAZA Nacional de Elecciones en Sesion Privada de fecha 2 de setiembre del 2002, de fojas 103 a 107, obran las certificaciones de las firmas de los candidatos MORDAZA citados, consignadas en los documentos titulados "manifestacion de voluntad" de fecha 19 de agosto del 2002, de fojas 86, 88, 90, 92 y 94, en los

Articulo Tercero.- Poner en conocimiento del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Este y de la parte interesada el contenido de la presente Resolucion, devolviendose los respectivos autos. Registrese, comuniquese y publiquese SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 16389

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