NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (12/09/2002)
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Pág. 229831 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de setiembre de 2002 CAPÍTULO II DE LAS COMISIONES REGIONALES Artículo 10º.- Las Comisiones Regionales de Concur- so, dentro del ámbito de cada región, tendrán la responsa- bilidad de: a) Convocar a concurso para cargo de Directores de Hospitales ubicados en su respectiva región. b) Actuar como Jurado del Concurso que convoca; Para cumplir con estas funciones, la Comisión Regio- nal deberá: 1. Elaborar las Bases y el cronograma del concurso. 2. Publicar los resultados. 3. Proclamar ganadores y elegibles. 4. Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento. Artículo 11º.- La Comisión Regional de Concursos es- tará integrada por: 1. El Director General de la Dirección Regional de Sa- lud. 2. El Director de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Salud. 3. Un Delegado del Consejo Regional del Colegio Mé- dico del Perú. 4. Un representante del Gremio Médico. Cada Comisión Regional de Concurso será oficializada por la Comisión Nacional de Concurso. TÍTULO III DEL PROCESO DE CONCURSO CAPÍTULO I DE LOS REQUISITOS PARA POSTULAR Artículo 12º.- Los requisitos para concursar a cargos de Dirección son los siguientes: 1. Ser Médico-Cirujano. 2. Para los postulantes a Director de Hospital tener como mínimo el nivel 3, señalado en el Reglamento de la Ley de Trabajo Médico, aprobado por el Decreto Supremo Nº 024- 2001-SA. Para el caso de los postulantes a Director de Institutos Especializados tener un mínimo de diez años de desempeño como médico en la especialidad que el Institu- to desarrolla. 3. Estar en condición de hábil para el ejercicio profesio- nal, con acreditación del Colegio Médico del Perú. 4. Presentar Certificado de buena salud física y mental con una antigüedad no mayor de 3 meses. 5. Presentar Certificado de Antecedentes Penales y Certificado de Antecedentes Judiciales. 6. Los requisitos consignados en los numerales 4 y 5 podrán ser cubiertos inicialmente por una Declaración Ju- rada en la que se exprese que se está en condiciones de cumplir con las exigencias estipuladas y que se compro- mete a presentar la documentación respectiva en caso de ganar el concurso o quedar en condición de elegible. 7. Haber realizado el SECIGRA o SERUMS, según co- rresponda al año de titulación como médico. 8. Presentar currículum vitae documentado que deta- lle: tiempo de ejercicio profesional, preparación y adiestra- miento, participación académico docente y producción cien- tífica, experiencia laboral. 9. Presentar Proyecto de Gestión. CAPÍTULO II DE LA CONVOCATORIA Artículo 13º.- La Convocatoria será realizada por la Comisión Nacional o las Comisiones Regionales de Con- curso, según corresponda y previo informe técnico-presu- puestal de la institución. La convocatoria del Concurso ten- drá al inicio el carácter de interno a nivel de cada Institu- ción.Artículo 14º.- En la Convocatoria se señalará: 1. Cargos vacantes. 2. Código presupuestal. 3. Remuneraciones. 4. Lugar y condiciones básicas de trabajo. 5. Lugar y dependencia a donde dirigir la solicitud y documentos de inscripción. 6. Fecha y hora límites para entregar solicitud y docu- mentos de inscripción. 7. Lugar, fecha, hora y dirección donde se realizarán las evaluaciones. 8. Fecha de publicación de resultados. 9. Plazo de apelación. 10. Fecha de Resultados Finales Artículo 15º.- La Resolución convocando a concurso será publicada en el Diario Oficial El Peruano y en un dia- rio de circulación nacional durante dos (2) días consecuti- vos. El Reglamento de Concurso será expuesto en lugar visible de la Oficina de Inscripción. CAPÍTULO III DE LA INSCRIPCIÓN Artículo 16º.- Para la Inscripción se requiere: 1. Solicitud que especifique la plaza o cargo para el cual se concursa. 2. La documentación foliada acompañada de una relación de ella, sujetándose estrictamente al orden establecido en los Artículos 12º y 17º al 23º del presente Reglamento. CAPÍTULO IV DE LOS FACTORES DE CALIFICACIÓN Artículo 17º.- Los factores de calificación para cargos de Dirección son: 1. Curriculum Vitae. 2. Proyecto de Gestión. 3. Examen escrito. El Curriculum Vitae comprende y desarrolla: 1. Tiempo de ejercicio profesional. 2. Preparación y adiestramiento. 3. Participación académico docente y producción cien- tífica. 4. Experiencia Laboral. CAPÍTULO V DEL PUNTAJE Artículo 18º.- Tiempo de Ejercicio Profesional (máxi- mo 10 puntos) 18.1 El tiempo de ejercicio profesional en el sector público como médico-cirujano, será computado a partir de la fecha de expedición del título a razón de 0.25 por año hasta 10 años y/o tiempo de servicios prestados en el sector público a razón de 0.5 por año, máximo hasta 10 años (máximo 5 puntos). 18.2 Se bonificará la labor realizada por el profesional en el Instituto u Hospital donde se haya producido la va- cante, a razón de 0.5 por año (máximo 5 puntos). Artículo 19º.- Preparación y Adiestramiento (máximo 16 puntos) 19.1 Título o Grados Académicos (máximo 6 puntos). 19.1.1 Grado de Doctor 2.0 puntos 19.1.2 Grado de Maestro 1.0 punto 19.1.3 Título de Segunda Especialización en Medicina Humana otorgado por la Universidad. 3.0 puntos 19.2 Estudios de Perfeccionamiento (máximo 10 puntos) 19.2.1 Residentado a razón de 0.5 punto por año, máximo 1.5 puntos.