Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2002 (25/09/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

Pag. 230416

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 25 de setiembre de 2002

Con las visaciones de la Oficina Administracion, Gerencia Tecnica, Gerencia de Operaciones, Oficina Juridica y de la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 069-2002-PCM, 012-2001-PCM y 013-2001PCM; y, estando a las atribuciones conferidas al Jefe del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria, de conformidad a lo establecido por los incisos h) y j) del articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones del PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2001PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Comite Especial Permanente encargado de realizar los Procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, de la Sede Central del PRONAA, a fin que inicie el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia para la "Adquisicion de treinta (30) Chalecos Institucionales", por el valor aproximado de UN MIL DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1,200.00), de acuerdo al siguiente detalle: GERENCIAS LOCALES MORDAZA Andahuaylas MORDAZA Puquio MORDAZA MORDAZA Huancavelica MORDAZA MORDAZA Tacna TOTALES Nº 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 30 REQUERIMIENTO DE CHALECOS PRECIO UNIDAD PRECIO TOTAL 40 120 40 120 40 120 40 120 40 120 40 120 40 120 40 120 40 120 40 120 S/. 400 S/.1,200

tro de los diez (10) dias calendario siguientes a su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA 17033

PRODUCE
Relacion de embarcaciones pesqueras con permisos de pesca suspendidos, cuyos armadores no cumplieron con pagar derechos de pesca del Ejercicio 2001 y/o presentar la declaracion jurada anual
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 053-2002-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 24 de setiembre del 2002 CONSIDERANDO: Que los articulos 40º y 41º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establecen las normas generales que regulan el pago de derechos de pesca por concepto de explotacion de recursos hidrobiologicos; Que el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 008-2002PE que modifica el numeral 43.2 del articulo 43º del Reglamento anteriormente mencionado, establecio que al vencimiento del plazo para presentar la declaracion jurada anual la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero expedira una Resolucion Directoral notificando a los armadores para que en un plazo no mayor de siete (7) dias habiles cumplan con efectuar el pago o presentar la declaracion jurada, segun corresponda. Vencido el plazo senalado en la Resolucion Directoral se suspenderan los permisos de pesca de las embarcaciones cuyos armadores hayan incumplido con pagar total o parcialmente los derechos de pesca, incluidos los intereses que correspondan, por un plazo MORDAZA de un ano, hasta que se cumpla con el pago correspondiente; Que mediante Resolucion Directoral Nº 004-2002PRO/DNEPP, del 31de MORDAZA del 2002, se notifico a los armadores que han incumplido con pagar total o parcialmente los derechos de pesca del Ejercicio 2001 y/o con presentar la declaracion jurada anual, cuyas embarcaciones pesqueras se consignaron en los Anexos I y II de la citada Resolucion Directoral; Que el articulo 2º de la precitada resolucion, otorgo un plazo de siete (7) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la notificacion, a los armadores cuyas embarcaciones se encuentran consignados en los Anexos I y II, para que cumplan con efectuar el pago de derechos y/o presentar la declaracion jurada anual, segun corresponda; De conformidad con las disposiciones contenidas en el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 008-2002-PE que modifica el numeral 43.2 del articulo 43º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Publicar la relacion de embarcaciones pesqueras con permisos de pesca suspendidos, cuyos armadores no cumplieron con pagar total o parcialmente los derechos de pesca del Ejercicio 2001 y/o con presentar la declaracion jurada anual, que en anexo I, II y III forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa no otorgara autorizacion de zarpe, a las embarcaciones consignadas en los mencionados Anexos, hasta que los armadores de las mismas cumplan con efectuar el

Articulo Segundo.- AUTORIZAR a los Comites Especiales Permanentes encargados de realizar los Procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, de las Gerencias Locales de MORDAZA, Andahuaylas, MORDAZA, Puquio, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, Tacna y Callao del PRONAA, a fin que inicien los Procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia para la "Adquisicion de trescientos (300) Paneles de Emergencia", por el valor aproximado de VEINTICUATRO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 24,000.00), previa transferencia presupuestal, de acuerdo al siguiente detalle: GERENCIAS LOCALES MORDAZA Andahuaylas MORDAZA Puquio MORDAZA MORDAZA Huancavelica MORDAZA MORDAZA Tacna Callao (*) TOTALES REQUERIMIENTO DE CHALECOS Nº PRECIO UNIDAD PRECIO TOTAL 07 80 560 05 80 400 05 80 400 13 80 1040 36 80 2880 08 80 640 06 80 480 47 80 3760 33 80 2640 59 80 4720 81 80 6480 300 S/. 880 S/. 24,000

(*) Los paneles se mantendran en los Almacenes de la G.L. Callao, en tanto no se cuente con servicio de transporte para trasladarlos a los Departamentos en Emergencia. Articulo Tercero.- La Oficina de Administracion del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA debera adoptar las medidas y ejecutar las acciones para la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Remitase una MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, den-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.