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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (25/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 230426 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de setiembre de 2002 Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 17019 PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra presuntos responsables de deficiencias en la construcción del Módulo Básico de Justicia de Bagua - Amazonas RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 171-2002-P-PJ Lima, 20 de setiembre del 2002 VISTO: El Informe Especial Nº 001-2002-PJ-OIG "Deficien- cias en la Construcción del Módulo Básico de Justicia de Bagua - Amazonas", originado por el "Examen Especial Complementario a la Ejecución de Obras y su Liquida- ción en el Marco del Proceso de Modernización y Refor- ma del Poder Judicial, período ENE.2000 - JUN-2001"; CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de marzo de 2000, el Poder Judi- cial y el "Consorcio Vásquez Saint Jhon Contratistas Generales S.A. - Chrem Constructores S.A. Asociados", suscribieron un Contrato para la ejecución de la obra: "Módulo Básico de Justicia de Bagua - Amazonas", que fuera materia de la Adjudicación Directa Nº 028-99-GCR/ PJ; Que, mediante Informe Especial Nº 001-2002-PJ-OIG "Deficiencias en la Construcción del Módulo Básico de Justicia de Bagua - Amazonas", la Comisión de Auditoría en el marco de las acciones no programadas en el Plan Anual de Auditoría Gubernamental de la Oficina de Ins- pectoría General del año 2001, verificó la existencia de deficiencias en la construcción de la obra: "Módulo Bási- co de Justicia de Bagua - Amazonas" por parte de la empresa contratista precitada; Que, al respecto el referido Informe concluye que exis- te responsabilidad civil, por parte del señor Luis Alberto Vásquez Hoyos, representante legal del Consorcio Vás- quez Saint Jhon Contratistas Generales S.A. y Chrem Constructores S.A. Asociados, ingeniero Sandro Javier Pacherres Ato, Consultor Estructural, ingeniero Jorge Ramiro Ahumada Vásquez, ex Supervisor de Obra y miembro del Comité de Recepción, ingeniero Hugo Mar- tínez Villaverde y el arquitecto Juan Julio González Sán- chez, como ex miembros del Comité de Recepción, al haber ocasionado un perjuicio económico al Poder Judi- cial por la suma ascendente a S/. 145,865.00 (Ciento Cuarenta y Cinco Mil Ochocientos Sesenta y Cinco y 00/ 100 Nuevos Soles); Que, en consecuencia es necesario dictar el acto administrativo que permita la intervención del Procura- dor Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que interponga las acciones judiciales co- rrespondientes contra el señor Luis Alberto Vásquez Ho- yos, representante legal del Consorcio Vásquez Saint Jhon Contratistas Generales S.A. y Chrem Constructo- res S.A. Asociados, ingeniero Sandro Javier Pacherres Ato, ingeniero Jorge Ramiro Ahumada Vásquez, ingeniero Hugo Martínez Villaverde y el arquitecto Juan Julio Gon- zález Sánchez, por su responsabilidad civil (perjuicio económico por la suma de S/. 145,865.00), de conformi-dad con lo establecido en el Artículo 47º de la Constitu- ción Política del Perú; De conformidad con las facultades previstas en el in- ciso 4) del Artículo 76º de la Ley Orgánica del Poder Ju- dicial, modificado por Ley Nº 27465 y Ley Nº 27536; RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al señor Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judi- cial, para que en representación y defensa de los intere- ses del Estado interponga la acciones judiciales que co- rrespondan contra el señor Luis Alberto Vásquez Hoyos, representante Legal del Consorcio Vásquez Saint Jhon Contratistas Generales S.A. y Chrem Constructores S.A. Asociados, ingeniero Sandro Javier Pacherres Ato, inge- niero Jorge Ramiro Ahumada Vásquez, ingeniero Hugo Martínez Villaverde y el arquitecto Juan Julio González Sánchez, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- REMITIR copia de esta Reso- lución, así como los antecedentes del caso al Procura- dor Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ÁLVAREZ Presidente 17046 Declaran en situación de urgencia la contratación de servicios de alquiler de máquinas fotocopiadoras y de traduc- ción e interpretación RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 173-2002-P-PJ Lima, 20 de setiembre del 2002 VISTO: El Informe Técnico Nº 234-2002-AS-SL-GAF-GG/PJ, y el Informe Legal Nº 112-2002-AOL-GG-PJ; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo prevé el artículo 143º de la Consti- tución Política del Estado, el Poder Judicial está integra- do por órganos jurisdiccionales que administran justicia a nombre de la nación y por órganos que ejercen su go- bierno y administración. Como Poder del Estado, adecua sus acciones administrativas en materia de provisión de bienes, servicios y obras a las disposiciones estableci- das en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; Que, del Informe Técnico Nº 234-2002-AS-SL-GAF- GG/PJ, del Área de Servicios de la Subgerencia de Logística, se colige que dentro de las necesidades del Poder Judicial, se encuentran entre otros, la contratación de los servicios de alquiler de máquinas fotocopiadoras, servicios de traducción e interpretación; Que, a fin de proceder a la contratación de estos servi- cios, y de conformidad con la normatividad vigente, la Gerencia General del Poder Judicial designó a los res- pectivos Comités Especiales, los mismos que llevaron a cabo los respectivos procesos de selección; Que, para la contratación del SERVICIO DE ALQUILER DE MÁQUINAS FOTOCOPIADORAS, se llevó a cabo el Concurso Público Nº 01-2002-GG/PJ, cuya primera convo- catoria, de conformidad con el artículo 32º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, fue declarada desierta con fecha 28 de febrero del año en curso, procediéndose posteriormente a la reformula- ción de las bases, y con fecha 06 de setiembre del presente año se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el aviso de segunda convocatoria del referido proceso de selección; Que, para la contratación del SERVICIO DE TRADUC- CIÓN E INTERPRETACIÓN, se llevó a cabo el Concurso