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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (02/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 22

PÆg. 241984 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de abril de 2003 NOMBRE DE LA MATRÍCULA ARQUEO CAP. BOD. TAMAÑO SIST. DE EMBARCACIÓN NETO (m3) DE MALLA PRESERV. DON ÍTALO 0102210272 120.75 476.22 41/4pulgadas RSW Artículo 2º .- El permiso de pesca a que se refiere el artículo precedente, caducará automáticamente al ven- cer el plazo establecido en el citado artículo, por el incumplimiento de los pagos por concepto de derechode explotación o por el cumplimiento de la cuota de esfuerzo pesquero que fije el Ministerio de la Produc- ción para la temporada de pesca. El permiso de pescaotorgado a través de la presente Resolución Directoral, podrá ser renovado automáticamente por un período igual con el pago de los correspondientes derechos depesca, siempre que se mantenga la vigencia de los requisitos presentados para la obtención del permiso de pesca, conforme a lo establecido por el numeral 7.4del artículo 7º del Reglamento de Ordenamiento Pes- quero del Atún aprobado por Decreto Supremo Nº 014- 2001-PE modificado por Decretos Supremos Nº 038-2001-PE y Nº 001-2002-PE. Artículo 3º .- Las operaciones que se autorizan a través de la presente Resolución Directoral están sujetas a lasdisposiciones establecidas en el Reglamento de Ordena- miento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 014-2001-PE, modificado por Decretos SupremosNº 038-2001-PE y Nº 001-2002-PE, así como las normas sobre sanidad y medio ambiente y demás que le sean aplicables. Artículo 4º.- De acuerdo a lo dispuesto en el artícu- lo 70º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE que aprue- ba el Reglamento de la Ley General de Pesca, la em-barcación pesquera a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución Directoral, deberá contratar como mínimo un treinta por ciento (30%) de tripulantes pe-ruanos, sujetándose al cumplimiento de las disposicio- nes que les fueran aplicables conforme a la legislación nacional. Artículo 5º .- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 69º del Reglamento de la Ley General de Pes- ca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, las embarcaciones pesqueras de bandera extranjera que cuentan con permiso de pesca, deben llevar a bor-do un observador técnico científico designado por IMAR- PE. Los armadores, además de brindar acomodación a bordo a dicho representante, deberán sufragar una asig-nación por día de embarque, la misma que será depo- sitada en una cuenta especial que al efecto administra- rá IMARPE. Artículo 6º .- El armador de la embarcación pesque- ra “DON ÍTALO” o su representante, deberán efectuar las acciones necesarias a fin de que se descargue elproducto de la pesca en el establecimiento industrial respectivo, de acuerdo al Convenio de Abastecimiento suscrito. Artículo 7º .- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Directoral, será causal de caduci- dad del permiso de pesca o de la aplicación de lassanciones que pudieran corresponder, según sea el caso, de conformidad con las disposiciones estableci- das en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca- y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Artículo 8º .- La Dirección Nacional de Seguimiento, Con- trol y Vigilancia del Ministerio de la Producción, efectuará las acciones correspondientes a efecto de vigilar el cumpli- miento del derecho administrativo otorgado a través de lapresente Resolución Directoral, debiendo informar a la Di- rección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción, para las acciones a quehaya lugar. Artículo 9º .- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a solicitud dela Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilan- cia del Ministerio de la Producción, impedirá que la em- barcación a que se refiere el artículo 1º de la presenteResolución Directoral abandone aguas jurisdiccionales peruanas, si al finalizar el plazo de vigencia de su per- miso de pesca, registrara alguna obligación pendientefrente al Ministerio de la Producción, derivada de las obligaciones de pesca autorizada por la presente Re- solución Directoral. Artículo 10º .- Transcríbase la presente Resolución Di- rectoral a la Dirección General de Capitanías y Guardacos-tas del Ministerio de Defensa y a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Pro- ducción. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 06264 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 065-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 26 de marzo del 2003 Vistos los escritos con registro Nº CE-00186001 del 11, 18, 24 y 30, de abril; 07 y 09 de mayo; 10 de junio; 05 de agosto; 03 y 11 de setiembre de 2002; 12 de febrero de 2003 y con registro Nº 02233001 del 27 de febrero de2003, presentados por el señor VÍCTOR PÉREZ HERNÁN- DEZ en representación de la empresa pesquera COMPA- ÑÍA CROTONE S.A. CONSIDERANDO: Que el inciso c) del artículo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o jurídicas requerirán de permiso de pesca parala operación de embarcaciones pesqueras de bandera na- cional y extranjera. Asimismo, el artículo 47º de dicha nor- ma establece que las operaciones de embarcaciones debandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuarán sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiológicos por la flota exis-tente en el país, sujetándose a los términos y condiciones establecidos en la legislación interna sobre preservación y explotación de los recursos hidrobiológicos y sobre los pro-cedimientos de inspección y control, para lo cual los arma- dores extranjeros deberán acreditar domicilio y representa- ción legal en el país; Que asimismo, los artículos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permi- so de pesca es un derecho específico que el Ministerio dePesquería (actualmente Ministerio de la Producción) otor- ga a plazo determinado para el desarrollo de las activida- des pesqueras, previo pago de los derechos correspon-dientes. De otro lado el inciso c) del artículo 48º de la citada Ley dispone que la pesca en agua jurisdiccionales peruanas podrá llevarse a cabo por embarcaciones debandera extranjera para la extracción de recursos de opor- tunidad o altamente migratorios o aquellos otros subexplo- tados que determine el Ministerio de Pesquería (actual-mente Ministerio de la Producción), mediante el pago de los correspondientes derechos de pesca; Que mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-PE, del 30 de marzo de 2001, se aprobó el Reglamento de Orde- namiento Pesquero del Atún, modificado por Decretos Su- premos Nº 038-2001-PE y Nº 001-2002-PE, del 26 de no-viembre de 2001 y 06 de febrero de 2002, respectivamen- te, con la finalidad de promover y desarrollar la pesquería del atún en el país, como mecanismo para reactivar elaparato productivo de la industria de conservas y congela- do, utilizando la gran capacidad instalada ociosa existen- te; Que el Decreto Supremo Nº 038-2001-PE, modificó el numeral 7.5 del artículo 7º del Reglamento de Ordena- miento Pesquero del Atún, estableciendo que el monto delos derechos de pesca para armadores de embarcaciones atuneras de bandera extranjera que suscriban Convenios de Abastecimiento al amparo de lo dispuesto en el artículo17º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, para destinar el producto de la extracción a establecimientos industrialescon licencia de operación otorgada por el Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción) para la elaboración de conservas, congelados o curados, seráde US $ 10.00 (diez dólares de los Estados Unidos de América) por cada tonelada de Arqueo Neto y por un plazo de tres (3) meses; Que a través de los escritos del visto, el señor VÍCTOR PÉREZ HERNÁNDEZ en representación de la empresa pesquera COMPAÑÍA CROTONE S.A., solicita permiso de