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Pág. 242108 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de abril de 2003 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Prorrogan plazo para pago de cuota correspondiente a arbitrios y al impues-to predial DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2003-AL/MDSMP San Martín de Porres, 31 de marzo de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES CONSIDERANDO: Que, el Artículo 52º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto SupremoNº 135-99-EF, señala que los Gobiernos Locales adminis- tran exclusivamente las contribuciones y tasas munici- pales, derechos, licencias, arbitrios y por excepción losimpuestos que la Ley les asigne; Que, el Artículo 6º de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto Legislativo Nº 776, señala que elImpuesto Predial es un Impuesto Municipal y el artículo 15º del mismo dispositivo legal, señala que el pago del Impuesto Predial podrá realizarse de dos maneras: alcontado o en forma fraccionada, disponiendo en ambos casos que el pago total o de la primera cuota se realizará hasta el último día hábil del mes de febrero; Que, el Artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, señala que el plazo para el pago de la deudatributaria puede ser prorrogado, con carácter general por la Administración Tributaria; En uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, apro- bada por Ley Nº 23853; SE DECRETA: Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 16 de abril del 2003, el vencimiento del plazo para el pago del primertrimestre de los Arbitrios Municipales. Así como el venci- miento del plazo para el pago al contado y de la primera cuota fraccionada del Impuesto Predial del año 2003. Artículo Segundo.- La Oficina de Administración Tributaria queda encargada del cumplimiento del pre- sente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 06419 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Prorrogan plazo de vencimiento de cuo- ta del Impuesto Predial ORDENANZA Nº 012-2003-MDSA Santa Anita, 28 de marzo de 2003 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de marzo de 2003, el Informe Nº 103-2003-DR/MDSA de la Dirección de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que el Art. 15º de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Legislativo Nº 776, establece que el Impuesto Predial podrá cancelarse al contado hasta el último díahábil de febrero de cada año, salvo prórroga y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales;Que, habiéndose ampliado el plazo para el vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial como consta en la Ordenanza Nº 008-2003-MDSA publicada en el Diario Oficial El Peruano el 7 de marzo de 2003, hasta el 15 demarzo del año en curso; Con las atribuciones que confiere el inciso 3) del Art. 36º y el Art. 110º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica deMunicipalidades, y contando con el voto unánime de los señores Regidores, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Único.- Prorrogar el plazo de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial tanto al contado como fraccionado hasta el 31 de marzo de 2003. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 06354 Amplían plazo de amnistía tributaria otorgada mediante la Ordenanza Nº 001-2003-MDSA DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2003-MDSA Santa Anita, 1 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 001-2003-MDSA, se aprobó otorgar facultades al señor Alcalde, a efectos de que dicte medidas complementarias, así como prorro-gar el plazo de la vigencia de la Amnistía Tributaria; Que, en virtud de la masiva participación de los con- tribuyentes en la Campaña Motivadora contenida en laOrdenanza señalada en el considerando precedente, es necesario ampliar los plazos para acogerse al bene- ficio de la Amnistía Tributaria; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades que le confiere el Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el Alcalde de la MunicipalidadDistrital de Santa Anita; DECRETA:Artículo Primero.- AMPLIAR EL BENEFICIO DE LA AMNISTÍA TRIBUTARIA, en los términos expuestos enla Ordenanza Nº 001-2003-MDSA; hasta el 30 de abril del año en curso. Artículo Segundo.- Dar cuenta al Concejo Munici- pal y encárguese el cumplimiento del presente Decreto a las Direcciones Municipal, de Rentas y de Administra- ción. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 06418 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL EL COLLAO Declaran en situación de urgencia la adquisición de insumos para el Progra-ma del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2003-MPCI El Collao - Ilave, 23 de marzo del 2003