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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (03/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 74

Pág. 242104 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que, la población del distrito de El Agustino viene atravesando una prolongada y dura crisis económica, la misma que se refleja en la dificultad que tienen paracumplir con el abono de sus tributos, arbitrios y contri- buciones municipales; Que, somos conscientes que las arcas municipales pasan por una seria dificultad económica por falta de liquidez, la misma que no permite la adecuada presta- ción de los servicios al vecindario; Que, es de urgente necesidad resolver los proble- mas de morosidad y la falta de recursos económicos, los cuales afectan tanto a los contribuyentes como a lapropia Municipalidad; Que, es facultad de la Municipalidad el dar un trata- miento preferencial al contribuyente, para que se pongaal día en el pago de sus impuestos, dentro del marco legal correspondiente; Que, la Dirección de Rentas con Informe Nº 33-2003- DIRENT-MDEA, ha propuesto la aplicación de una am- nistía tributaria; Por tanto estando a lo expuesto y de acuerdo a las atribuciones que le confiere el Inc. 13) del artículo 36º la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades, concordan- te con el inciso 4) del artículo 10º del mismo cuerpo legal,artículo 174º de la Constitución Política del Perú, Decreto Supremo Nº 135-99 del TUO del Código Tributario, por voto unánime y dispensa de lectura y aprobación deacta, el Concejo Municipal ha expedido la presente: ORDENANZA Artículo 1º.- Otorgar el beneficio tributario extraor- dinario a todos los contribuyentes del distrito de El Agus-tino, conforme a las especificaciones siguientes: IMPUESTO PREDIALExoneración de los pagos por multas por omisión a la presentación de la declaración jurada de autoavalúo. Exoneración del 50% de los montos correspondien- tes a las moras e intereses del citado impuesto, por los años 1999 al 2002 y el 100% para los años anteriores a1999. ARBITRIOS MUNICIPALESExoneración del 50 % del total del monto corres- pondiente a las moras e intereses de la tasa de ArbitriosMunicipales de los años 1999 al 2002 y el 100% para los años anteriores a 1999. MULTAS ADMINISTRATIVAS Condonar en 50% del total del monto de las multas administrativas aplicadas a las personas naturales du- rante los años 1999 al 2002 inclusive. Anular las multas administrativas aplicadas a los contribuyentes en su calidad de persona natural y que por su condición económica previa evaluación social, no hayan obtenido la correspondiente licenciade construcción, siempre y cuando éstos regulari- cen con la debida presentación del expediente res- pectivo ante la Oficina de Trámite Documentario deesta Entidad. COBRANZAS COACTIVAS Considérese como beneficiarios de la presente Ordenanza a aquellos contribuyentes cuyas deudas tri-butarias y administrativas se encuentren en proceso de cobranza coactiva cualquiera sea su estado, siempre que éstos se acojan voluntariamente a los beneficiosantes señalados, sin que la Municipalidad en ninguno de los casos renuncie a su derecho de Ley correspon- diente. Artículo 2º.- El plazo de vigencia de la presente Orde- nanza rige a partir de la fecha y por el lapso de treinta(30) días. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Municipal y a las Direcciones de Administración, de Rentas y deEjecutoría Coactiva, el cumplimiento de la presente nor- ma legal. Asimismo encomendar a la División de Cultura,Deportes, Participación Vecinal e Imagen Institucional, la organización de la campaña de difusión y promoción de esta Ordenanza. Artículo 4º.- La Secretaría General del Concejo, dispondrá la publicación por el Diario Oficial El Peruano de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. VÍCTOR M. SALCEDO RÍOS Alcalde 06383 ORDENANZA Nº 164-MDEA El Agustino, 12 de marzo de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTO.- En Sesión Ordinaria de Concejo del 12 de marzo del 2003 el Informe Nº 057-2003-DIRENT-MDEA de la Dirección de Rentas, referente a la prórroga delBeneficio Tributario Extraordinario otorgado con Orde- nanza Nº 160-MDEA, para los contribuyentes en gene- ral del distrito de El Agustino; CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Nº 160-MDEA del 10 de fe- brero del 2003 el Concejo Municipal otorga el benefi- cio tributario extraordinario, por concepto de impues-to predial, arbitrios municipales - períodos 1994 a 2002, así como de las Multas Administrativas hasta el 12 de marzo del 2003; Que, subsistiendo los motivos por los cuales se expidió esta norma legal y existiendo un gran número de contribuyentes que no pueden cumplir con el pagode sus obligaciones tributarias, por la difícil situación económica por la que se viene atravesando, se hace necesario continuar brindando el máximo de las facili-dades para lograr el objetivo, cual es la cancelación de las deudas pendientes, y por consiguiente indis- pensable ampliar los efectos de la Ordenanza antesaludida; Que, de conformidad con lo dispuesto por el ar- tículo 74º de la Constitución Política del Perú, artículo41º del TUO - Código Tributario - D.S. Nº 135-99-EF, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, y la opi- nión favorable de la Dirección Municipal, por votaciónunánime y con dispensa de aprobación de acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Prorrogar en todos sus extremos, el beneficio tributario extraordinario otorgado mediante Ordenanza Nº 160-MDEA, hasta el 12 de abril del 2003. Artículo 2º.- Las Direcciones de Rentas, la de Ejecutoría Coactiva y la Unidad de Informática de esta Municipalidad quedan encargadas del cumplimientoestricto de la presente Ordenanza, siendo de responsabilidad de la Unidad de Imagen Institucional la difusión respectiva y de la Secretaría General delConcejo, la publicación de esta norma legal en el Dia- rio Oficial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla. VÍCTOR M. SALCEDO RÍOS Alcalde 06387