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PÆg. 242372 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de abril de 2003 En el Primer Considerando DICE:Que, el Ministerio de Economía y Finanzas suscribió una Póliza de Seguros para la Cobertura de Seguros de Daños Personales y Patrimoniales hasta el 31 de diciem- bre de 2002 (...) DEBE DECIR:Que, el Ministerio de Economía y Finanzas suscribió una Póliza de Seguros para la Cobertura de Seguros de Daños Personales y Patrimoniales hasta el 31 de enerode 2003 (...) 06785 ENERGÍA Y MINAS Reconocen servidumbre convencional de ocupación de bien a favor de con- cesión definitiva de la que es titular Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 144-2003-EM/DM Lima, 26 de marzo del 2003 VISTO: El Expediente Nº 31140702 organizado por Luz del Sur S.A.A., sobre la solicitud de imposición de laservidumbre de ocupación de bienes de propiedad par-ticular, indispensable para la instalación de la subesta-ción de distribución para Servicio Público de Electrici- dad N° 1436; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribu- ción de energía eléctrica, en mérito a la Resolución Su- prema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996,ha solicitado la imposición de la servidumbre de ocupa-ción de bienes de propiedad particular para la instalaciónde la subestación de distribución para Servicio Públicode Electricidad Nº 1436, ubicada en el sótano del Sector "A" del Centro Comercial Polvos Azules, avenida Paseo de la República, distrito de La Victoria, provincia y depar-tamento de Lima; Que, la concesionaria ha acreditado que, en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha cons- tituido servidumbre convencional de ocupación de bie-nes de propiedad particular del Centro Comercial PolvosAzules, sobre un área de 51,24 metros cuadrados parauna subestación de distribución; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Su-premo Nº 009-93-EM, modificado por el Decreto Su-premo Nº 038-2001-EM, establece que los concesio-narios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas como es el presente caso, pueden solici-tar al Ministerio el reconocimiento de la misma, sien-do de aplicación a tal servidumbre convencional lasnormas de seguridad establecidas en la Ley, el Re-glamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dis- puesto por el inciso c) del artículo 110º y siguientes de laLey de Concesiones Eléctricas; y, el artículo 220º y si-guientes de su Reglamento; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplidocon los requisitos legales y procedimientos corres-pondientes, ha emitido el Informe Nº 063-2003-EM/ DGE; Estando a lo dispuesto en el artículo 217º del Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía;SE RESUELVE: Artículo 1 º.- RECONOCER, a favor de la conce- sión definitiva de la que es titular Luz del Sur S.A.A.,la servidumbre convencional de ocupación del biende propiedad de la Asociación de Adjudicatarios del Centro Comercial Polvos Azules, para la instalación de la subestación de distribución eléctrica para Ser-vicio Público de Electricidad Nº 1436, ubicada en elsótano del sector "A" del Centro Comercial PolvosAzules, avenida Paseo de la República, distrito de LaVictoria, provincia y departamento de Lima, consti- tuida por Escritura Pública extendida el 21 de mayo del 2001, en los términos y condiciones estipuladosen la misma. Artículo 2 º.- Son de aplicación a la servidumbre re- conocida en el artículo que antecede, las normas deseguridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 06194 Aceptan renuncia formulada por Electronoroeste S.A. a autorizaciónotorgada para desarrollar actividadesde generación de energía elØctrica enla central tØrmica Morropón (Se publica la presente resolución a solicitud del Ministerio de Energía y Minas, mediante Oficio Nº 227-2003-EM-SG de fecha 7 de abril de 2003) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 454-2002-EM/DM Lima, 27 de setiembre de 2002 VISTO: El Expediente Nº 33034494, organizado por la empresa ELECTRONOROESTE S.A., sobre renun-cia a la autorización de generación de energía eléctrica en la central térmica Morropón; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 192-94-EM/ DGE, de fecha 8 de abril de 1994, se otorgó autorización por tiempo indefinido a la empresa ELECTRONO-ROESTE S.A., para desarrollar actividades de genera-ción de energía eléctrica en la central térmica Morropón,con una capacidad instalada de 0,93 MW, ubicada en eldistrito de Morropón, provincia de Morropón, departa- mento de Piura; Que, con fecha 24 de junio de 2002, ELECTRONO- ROESTE S.A. ha formulado la renuncia a la autorizacióna que se refiere el considerando que antecede, manifes-tando que tal renuncia no compromete el Servicio Públi-co de Electricidad; Que, en aplicación del artículo 101º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo69º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctri-cas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM,la Dirección General de Electricidad solicitó al OSINERGla acción de fiscalización correspondiente, a efectos de determinar si la renuncia formulada afecta el Servicio Público de Electricidad; Que, el OSINERG ha informado mediante el Oficio Nº 1726-2002-OSINERG-GFE del 19 de agosto de 2002,que la central térmica Morropón se encuentra paraliza-da desde el 21 de diciembre de 2001, fecha de entrada en servicio de la línea de transmisión en 22.9 kV proveniente de la subestación Chulucanas 60/22.9/10kV - 10 MVA, la que a su vez es alimentada desde Piuraa través del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional(SEIN); y, que el suministro de energía eléctrica del área