Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2003 (09/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 9 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, para participar en el VI Curso Interamericano de Banca Hipotecaria, organizado por la Union Interamericana para la Vivienda - UNIAPRAVI, por lo que se ausentara del MORDAZA del 5 al 10 de MORDAZA de 2003; Que, resulta necesario encargar las funciones de Director Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento mientras dure la ausencia del titular; De conformidad con la Ley Nº 27792 y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar al Arq. MORDAZA MORDAZA Tagle MORDAZA, Director Nacional de Urbanismo, las funciones de Director Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a partir del 5 de MORDAZA de 2003 y en tanto dure la ausencia del titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 06841

tos perjudiciales que podria ocasionarle un traslado o retencion ilicita, y garantizarle su restitucion inmediata al Estado en donde tenga su residencia habitual, asi como asegurar la proteccion del derecho de visita; Que, en tal sentido, y en aras de tutelar el esencial "Principio del Interes Superior de la MORDAZA, MORDAZA y Adolescente", resulta necesaria la expedicion de una resolucion que dentro de las facultades de este Organo de Gobierno coadyuve a una mejor difusion y aplicacion de la Convencion sobre Aspectos Civiles de la Sustraccion de Menores, sin perjuicio de propiciar la conformacion de una Comision integrada por representantes de las instituciones que tienen directa relacion con el tema a efectos de proponer los dispositivos de caracter legal que resulten necesarios para solucionar en el mas breve plazo todos los aspectos relativos a la ejecucion de la Convencion; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que los Presidentes de Cortes Superiores de Justicia dentro del ambito de su competencia, designen los Juzgados de Familia, Civil o Mixto que deberan tener a su cargo las acciones que se presenten al MORDAZA de la Convencion sobre Aspectos Civiles de la Sustraccion de Menores; debiendo asimismo adoptar las medidas que resulten necesarias para el mejor conocimiento, difusion y aplicacion de la citada Convencion. Articulo Segundo.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en coordinacion con la Sala Especializada de Familia de dicho Distrito Judicial elabore un documento de difusion respecto de la aplicacion de las normas supranacionales y nacionales que se refieran a los aspectos civiles de la sustraccion de menores. Articulo Tercero.- Las acciones que adopten los Presidentes de Cortes Superiores de Justicia en relacion a lo dispuesto precedentemente sera comunicado al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Articulo Cuarto.- Disponer que se cursen las comunicaciones respectivas al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a efectos que en su calidad de Autoridad Central designada por el Estado Peruano para el cumplimiento de la Convencion sobre Aspectos Civiles de la Sustraccion de Menores, propicie la conformacion de una comision integrada por representantes de las entidades involucradas en el tema como son el Poder Judicial, el Ministerio Publico y el Ministerio de Relaciones Exteriores, a fin de proponer los dispositivos legales que resulten necesarios para solucionar todos los aspectos relativos a la ejecucion de dicha Convencion. Articulo Quinto.- La presente resolucion no irrogara gastos al pliego presupuestario del Poder Judicial. Articulo Sexto.- Transcribir la presente Resolucion a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, al Ministerio Publico, al Ministerio de Relaciones Exteriores, a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica, a la Sala Especializada de Familia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA SIVINA MORDAZA MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORDONEZ MORDAZA 06870

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen que Presidentes de Cortes Superiores de Justicia designen juzgados que tendran a su cargo acciones presentadas al MORDAZA de la Convencion sobre Aspectos Civiles de la Sustraccion de Menores
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 032-2003-CE-PJ MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2003 VISTOS: El Oficio Nº 048-2003-MIMDES-DM, de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, el Informe Nº 0012003- MIMDES-DIGNNA, del Director General de Ninas, Ninos y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, asi como el Informe Nº 472003-CE-PJ/JCC, del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Castillo; y, CONSIDERANDO: Que, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social remite a este Organo de Gobierno el informe elaborado por la Direccion General de Ninas, Ninos y Adolescentes relacionado con la problematica en la aplicacion de la Convencion sobre Aspectos Civiles de la Sustraccion de Menores, y en el que se plantea la necesidad que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial expida una Directiva de caracter procesal que permita una mejor y mas eficiente aplicacion en el ambito jurisdiccional de la citada Convencion; Que, la Convencion sobre Aspectos Civiles de la Sustraccion de Menores fue suscrita en la MORDAZA con fecha 25 de octubre de 1980, aprobada y ratificada por el Estado Peruano mediante Resolucion Legislativa Nº 27302 del 26 de junio del 2000 y Decreto Supremo Nº 023-2000-RE de fecha 1 de agosto del 2000, respectivamente; siendo su objetivo fundamental proteger a la MORDAZA, MORDAZA y adolescente en el plano internacional de los efec-

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