Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2003 (09/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 9 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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tribucion a nivel nacional de las Ediciones Oficiales de los Codigos mencionados en el parrafo precedente; Que, a la fecha se ha culminado la elaboracion de la Setima Edicion Oficial del Codigo Penal; Que, el Ministerio de Justicia tiene entre sus funciones sistematizar la legislacion y promover su estudio y difusion; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 6º, del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposicion Final, de la Ley Nº 26612; inciso i) del Articulo 3º e inciso j), del Articulo 80º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR la publicacion de la Setima Edicion Oficial del CODIGO PENAL, en un tiraje de 1,800 ejemplares debidamente numerados. Articulo 2º.- AUTORIZAR al Director Nacional de Asuntos Juridicos para autenticar cada uno de los ejemplares que conforman la Edicion Oficial a que se refiere la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 06808

Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia, en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLF MORDAZA Viceministro de Justicia 06791

SALUD
Designan funcionarios de los Hospitales de Apoyo Yurimaguas "Santa Gema" e Iquitos "Cesar MORDAZA Garcia"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 373-2003-SA/DM MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2003 Visto el Oficio CNC/ST Nº 180-2003 de la Comision Nacional de Concurso para el cargo de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2002-SA se aprobo el Reglamento de Concursos para Cargos de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1684-2002SA/DM de fecha 21 de octubre de 2002 se designo a los representantes de la Comision Nacional de Concurso para el cargo de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud; Que, mediante Acuerdo Nº 002-2002-CNC, la Comision Nacional de Concurso oficializo la Comision Regional de Concurso de la Region Loreto; Que, la Comision Regional de Concurso de la Region MORDAZA ha llevado a cabo el concurso para ocupar la plaza de Director de los siguientes establecimientos de salud: Unidad Ejecutora 401 - Salud - Hospital de Apoyo de Yurimaguas "Santa Gema", Unidad Ejecutora 402 Salud- Hospital de Apoyo Iquitos "Cesar MORDAZA Garcia" y Unidad Ejecutora 403 - Salud - Hospital Regional de MORDAZA "Felipe MORDAZA Iglesias"; Que, habiendose efectuado la evaluacion de los factores de calificacion previstos en el articulo 17º del Reglamento de Concurso, asi como habiendose resuelto los recursos impugnatorios, previstos en el Reglamento y Bases del Concurso; la Comision Nacional de Concurso remite el Oficio de la referencia, comunicando a este Despacho los resultados definitivos del concurso efectuado; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 144-2003GRL/DRS-30, de la Direccion Regional de Salud de MORDAZA, se ha oficializado el resultado del concurso para el cargo de Director de la Unidad Ejecutora 401 -SaludHospital Apoyo Yurimaguas "Santa Gema"; Que, el articulo 7º de la Resolucion Ministerial Nº 1844-2002-SA/DM, precisa que la designacion en el cargo sera formalizada mediante Resolucion Ministerial; Que, el articulo 3º del Reglamento de Concurso para cargo de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud establece que el cargo de Director al que se accede por concurso tendra una duracion de tres anos, pudiendo ser ratificado por una sola vez para un periodo adicional; De conformidad con lo establecido en el literal l) del Articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gardini al car-

Autorizan a asociacion civil el funcionamiento de Centro de Conciliacion con sede en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 036-2003-JUS MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2003 Vista, la solicitud de Registro Nº 002093, de fecha 23 de enero de 2003, sobre Autorizacion de Centro de Conciliacion, presentada por la asociacion civil ASOCIACION CAMARA PERUANA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE; CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociacion civil, ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Lima; Que, segun Informe Nº 0239-2003-JUS/STC, la recurrente cumple con todos los requisitos establecidos en los articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS, que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la asociacion civil ASOCIACION CAMARA PERUANA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Lima.

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