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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (09/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

PÆg. 242375 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de abril de 2003 tribución a nivel nacional de las Ediciones Oficiales de los Códigos mencionados en el párrafo precedente; Que, a la fecha se ha culminado la elaboración de la Sétima Edición Oficial del Código Penal; Que, el Ministerio de Justicia tiene entre sus funcio- nes sistematizar la legislación y promover su estudio y difusión; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Artículo 6º, del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica delSector Justicia, modificado por la Tercera DisposiciónFinal, de la Ley Nº 26612; inciso i) del Artículo 3º e incisoj), del Artículo 80º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia aprobado por De- creto Supremo Nº 019-2001-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR la publicación de la Sétima Edición Oficial del CÓDIGO PENAL, en un tiraje de 1,800 ejemplares debidamente numerados. Artículo 2º.- AUTORIZAR al Director Nacional de Asuntos Jurídicos para autenticar cada uno de los ejem-plares que conforman la Edición Oficial a que se refierela presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 06808 Autorizan a asociación civil el funcionamiento de Centro de Concilia-ción con sede en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 036-2003-JUS Lima, 4 de abril de 2003 Vista, la solicitud de Registro Nº 002093, de fecha 23 de enero de 2003, sobre Autorización de Centro de Con- ciliación, presentada por la asociación civil ASOCIACIÓNCÁMARA PERUANA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRA-JE; CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociación civil, ha solicitado autorización para el funcionamiento del Centro de Con-ciliación denominado CENTRO DE CONCILIACIÓNAVENDAÑO, con sede en la ciudad de Lima; Que, según Informe Nº 0239-2003-JUS/STC, la re- currente cumple con todos los requisitos establecidosen los artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley deConciliación, y los artículos 42º, 44º y 45º del Reglamen-to de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliación; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 -Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto SupremoNº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS, que precisa al-cances de las funciones del Viceministro, Ley Nº26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº27398 y su Reglamento, aprobado por Decreto Su-premo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Su- premo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la asociación civil ASOCIA- CIÓN CÁMARA PERUANA DE CONCILIACIÓN Y AR- BITRAJE, el funcionamiento de su Centro de Conciliacióndenominado CENTRO DE CONCILIACIÓN AVENDA-ÑO, con sede en la ciudad de Lima.Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia, en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisaráel correcto funcionamiento del Centro de Conciliación yaplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentesde acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO SOLF MONSALVE Viceministro de Justicia 06791 SALUD Designan funcionarios de los Hospita- les de Apoyo Yurimaguas "Santa Gema"e Iquitos "CØsar Garayar García" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 373-2003-SA/DM Lima, 7 de abril del 2003 Visto el Oficio CNC/ST Nº 180-2003 de la Comisión Nacional de Concurso para el cargo de Directores deInstitutos Especializados y Hospitales del Sector Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2002-SA se aprobó el Reglamento de Concursos para Cargos deDirectores de Institutos Especializados y Hospitales delSector Salud; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1684-2002- SA/DM de fecha 21 de octubre de 2002 se designó a los representantes de la Comisión Nacional de Concursopara el cargo de Directores de Institutos Especializadosy Hospitales del Sector Salud; Que, mediante Acuerdo Nº 002-2002-CNC, la Comi- sión Nacional de Concurso oficializó la Comisión Regio- nal de Concurso de la Región Loreto; Que, la Comisión Regional de Concurso de la Región Loreto ha llevado a cabo el concurso para ocupar laplaza de Director de los siguientes establecimientos desalud: Unidad Ejecutora 401 - Salud - Hospital de Apoyode Yurimaguas "Santa Gema", Unidad Ejecutora 402 - Salud- Hospital de Apoyo Iquitos "César Garayar Gar- cía" y Unidad Ejecutora 403 - Salud - Hospital Regionalde Loreto "Felipe Arriola Iglesias"; Que, habiéndose efectuado la evaluación de los fac- tores de calificación previstos en el artículo 17º delReglamento de Concurso, así como habiéndose resuel- to los recursos impugnatorios, previstos en el Regla- mento y Bases del Concurso; la Comisión Nacional deConcurso remite el Oficio de la referencia, comunicandoa este Despacho los resultados definitivos del concursoefectuado; Que, mediante Resolución Directoral Nº 144-2003- GRL/DRS-30, de la Dirección Regional de Salud de Lo- reto, se ha oficializado el resultado del concurso para elcargo de Director de la Unidad Ejecutora 401 -Salud-Hospital Apoyo Yurimaguas "Santa Gema"; Que, el artículo 7º de la Resolución Ministerial Nº 1844-2002-SA/DM, precisa que la designación en el car- go será formalizada mediante Resolución Ministerial; Que, el artículo 3º del Reglamento de Concurso para cargo de Directores de Institutos Especializados y Hos-pitales del Sector Salud establece que el cargo de Direc-tor al que se accede por concurso tendrá una duraciónde tres años, pudiendo ser ratificado por una sola vez para un período adicional; De conformidad con lo establecido en el literal l) del Artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio deSalud; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la designación del doctor Italo Edgar Valera Gardini al car-