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PÆg. 242454 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de abril de 2003 Autorizan a procuradora a interponer acciones legales contra presuntoresponsable de la comisión del delitocontra la fe pœblica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 153-2003-JUS Lima, 7 de abril de 2003 Visto el Oficio Nº 464-2003-JUS/PPMJ, de fecha 4 de marzo de 2003, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, el ExpedienteNº 0377 y demás actuados; CONSIDERANDO:Que, mediante Oficio Nº 302-2003/Z.R.Nº XII-JEF, de fecha 19 de febrero del 2003, la Jefatura de la Zona Regis-tral XII - Sede Arequipa, eleva a la Procuradora Pública encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Jus- ticia, el Informe Nº 070-2003-Z.R.Nº XII/OL, de fecha 19 defebrero de 2003, de la Jefatura de la Oficina Legal, sobre Indicios de Comisión de Delito y Acciones Legales, el mis- mo que mediante Oficio Nº 464-2003-JUS/PPMJ, de fecha4 de marzo de 2003, es derivado a la Oficina General de Asesoría Jurídica, a efecto de que se expida la Resolución Ministerial que autorice iniciar la acción penal contra laspersonas involucradas y contra los que resulten responsa- bles por la presunta comisión de delito contra la Fe Pública en la modalidad de falsificación de documentos, previsto ypenado en el artículo 427º de nuestro ordenamiento penal sustantivo; Que, mediante Memorándum Nº 154-2003-Z.R.Nº XII- GR, de fecha 17 de febrero del 2003, la Gerencia Registral de la Zona Registral Nº XII- Sede Arequipa, remite a la Oficina Legal de la Zona Registral Nº XII- Sede Arequipa,el Informe Nº 148-Z.R.Nº.XII-GR-RPV, de fecha 14 de fe- brero de 2003, sobre documentación falsa, suscrito por la Registradora Pública, Dra. Regina Torres López, sobre pre-sunta comisión de delito contra la Fe Pública, relacionado a la solicitud de inscripción del Título Nº 03012003500996, de fecha 13 de enero de 2003, presentada por don Mama-ni Condori Manuel Ysmael, ante el Registro de propiedad Vehicular, la cual está referida al Contrato de Compra-Ven- ta del vehículo de placa Nº AH-1452, suscrito entre donVíctor David Chire Chire como vendedor, y de la otra parte, don Manuel Ysmael Mamani Condori como comprador, por la suma de $ 400.00 (Cuatrocientos y 00/100 Dólares),documento supuestamente certificado por el Notario Públi- co de Arequipa, Dr. Javier de Taboada Vizcarra, quien mediante Comunicación s/n de fecha 27 de enero de 2003,manifiesta que visto la copia del documento que se le adjunta, se trata de un documento falso en lo referente a la legalización notarial; Que, en ese sentido, existiendo suficientes indicios razonables de la comisión del delito referido y en virtud a los hechos que se desprenden de los Informes EspecialesNº 070-2003-Z.R.Nº XII/OL, de fecha 19 de febrero de 2003, y Nº 148-Z.R.Nº.XII-GR-RPV, de fecha 14 de febrero del 2003, consistentes en haber presentado ante el Regis-tro de Propiedad Vehicular, un contrato privado de compra -venta con firma y sellos falsos, y con el objeto de reunir las pruebas de la realización del delito y las circunstancias enque se han realizado, corresponde recurrir a la vía judicial para establecer la distinta participación que hayan tenido el autor y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De- creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y elartículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientes contra Manuel Ysmael Mamani Condori y contra los que resulten responsables por la presunta comisión de delitocontra la Fe Pública en la modalidad de falsificación de documentos, conforme a los fundamentos expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso a la Procuradora Pública men- cionada, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 06885 Autorizan a procuradora a interponer acciones legales para obtener la restitución de inmueble RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 154-2003-JUS Lima, 7 de abril de 2003 Visto el Oficio Nº 217-2003-JUS/PPMJ, de fecha 31 de enero de 2003, de la Procuraduría Pública a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, el Expediente Nº 0354 y demás actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 010-2003-JUS/COMABID, de fecha 30 de enero de 2003, la Presidenta de la Comisión de Administración de Bienes Incautados y Decomisados del Ministerio de Justicia, comunica a la Procuradora Públi-ca encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, sobre la ocupación precaria en el Inmueble ubica- do en Jirón Washington Nº 1308, departamento Nº 902 delCercado de Lima, materia de administración por parte del Ministerio de Justicia; Que, mediante Oficio Nº 217-2003-JUS/PPMJ, de fe- cha 31 de enero de 2003, la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, da res- puesta a la Presidenta de la Comisión de Administraciónde Bienes Incautados y Decomisados, sobre la actual si- tuación del inmueble en referencia y la ocupación indebida por parte de la ciudadana Elva Montañez Blas quien, afir-ma haber sido sorprendida por el señor Elvis Mendivil, su- puesto propietario del inmueble en mención, conforme se aprecia de la Copia Certificada Nº 059, en la ConstataciónPolicial efectuada en el inmueble antes citado, indicándo- se además que se debe iniciar las acciones judiciales correspondientes, no sin antes expedirse la ResoluciónMinisterial que autorice a la Procuraduría Pública encarga- da de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, in- terponga la demanda de desalojo por ocupación precaria,en virtud a lo establecido en el artículo 586º del Código Procesal Civil, en tanto el derecho a la restitución del pre- dio le asiste; Que, al respecto, el bien inmueble materia de futura restitución, se encontraba a disposición del Ministerio de Justicia, según se desprende del Acta de Recepción deBien Inmueble e Incautación Judicial y consiguiente en- trega al Ministerio de Justicia, de fecha 19 de julio de 2001, cuya materialización se realizó de conformidadcon la Resolución Judicial de fecha 30 de mayo de 2001, expedida por el Juez Penal del Sexto Juzgado Penal Especial, de acuerdo a lo establecido por el artículo 401º-B de nuestro ordenamiento penal sustantivo, y que me- diante Resolución Judicial, de fecha 13 de enero de 2003, expedida por la Juez Penal Titular Especial delQuinto Juzgado Especial de la Corte Superior de Justi- cia de Lima, refiere que la responsabilidad y custodia de dicho inmueble corresponde al Ministerio de Justicia,quien deberá asumir las acciones que correspondan con relación al hecho suscitado; Que, en ese sentido, existiendo suficiente elemento probatorio y en virtud al hecho consistente en haber ocupa- do indebidamente un inmueble cuya administración está bajo responsabilidad del Ministerio de Justicia, correspon-de recurrir a la vía judicial para exigir al ocupante la restitu- ción del inmueble; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De- creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación