Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2003 (11/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Articulo Quinto.- Encargar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Supremo Titular, el Despacho de la Primera Fiscalia Suprema en lo Penal, mientras dure la ausencia de la titular. Articulo Sexto.- Disponer que la Gerencia General efectue todas las acciones necesarias para el debido cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 07066

MORDAZA de seleccion amerita la imposicion de la sancion administrativa correspondiente.
MORDAZA, 29 de noviembre de 2002 VISTO, en sesion de la Primera Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de fecha 15.11.02, el Expediente Nº 256.2002.TC, referente a la imposicion de sancion a MORDAZA HUASHICAT CHAMIKAG, por haber incurrido en la infraccion tipificada en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, respecto al MORDAZA de seleccion de Menor Cuantia Nº AMC-2200196-2001-PAS5/ OLE-PP "Servicio de Guardiania Desbroce y Limpieza del Acueducto y Valvula Km. 240 O.N.P.", convocado por Petroleos del Peru - PETROPERU S.A. ANTECEDENTES: 1. Con fecha 15 de enero de 2002, Petroleos del Peru - PETROPERU S.A., en adelante la Entidad, llevo a cabo la convocatoria del MORDAZA de seleccion de Menor Cuantia Nº AMC-2200196-2001-PAS5/OLE-PP, para la contratacion del "Servicio de guardiania, desbroce y limpieza del acueducto y valvula Km. 240 ONP", recibiendo la propuesta tecnica de los postores con fecha 29 de enero de 2002. 2. Entre los postores presentados, se MORDAZA con la participacion de MORDAZA Huashicat Chamikag, quien luego de evaluadas las propuestas tecnica y economica, obtuvo la Buena Pro; hecho que le fue comunicado mediante carta Nº CEPOR-020-2002 del 31 de enero de 2002. En este aspecto, cabe senalar que, conforme lo manifestado en la Declaracion Jurada Simple del postor que obtuvo la Buena Pro (fs.8), esta se trataba de una firma denominada Servicios Generales SEYSA, constituida por Escritura Publica otorgada ante el notario MORDAZA MORDAZA Quine, inscrita en el asiento 00825, fojas 096 de fecha 22 de MORDAZA de 1990 del Registro de MORDAZA, con un capital social de S/ . 32,700.00 y autorizada, mediante resolucion, a funcionar como Empresa de Servicio. En dicha declaracion manifiesta, asimismo, que ha cumplido con sus aportaciones a ESSALUD. 3. Mediante carta s/n de fecha 1 de febrero de 2002, el postor Servicios Nor Oriente S.A.C. impugno la Buena Pro otorgada a MORDAZA Huashicat Chamikag, senalando que dicha compania carecia de la experiencia del caso y sugiriendo analizar con el debido detalle la declaracion jurada del mismo. 4. De conformidad con la informacion proporcionada por la Entidad, requerida la sustentacion de la documentacion del caso al postor beneficiario de la Buena Pro, este mediante carta de fecha 6 de febrero de 2002 (fs.11) manifiesta que estando constituida su empresa como persona natural, no tiene escritura publica ni minuta, ni licencia de funcionamiento por laborar en MORDAZA, manifestando que se compromete a remitir la autorizacion de funcionamiento como empresa de servicios y de pago de aportaciones a ESSALUD, por encontrarse en tramite. 5. Con fecha 9 de febrero de 2002, la Entidad emite la Resolucion Nº GOLE-100-2002, por la cual declara fundada la impugnacion formulada por el postor Servicios Nor Oriente S.A.C. y otorga la Buena Pro a la firma que quedo en MORDAZA lugar, disponiendo que se haga de conocimiento de CONSUCODE la falsedad detectada. 6. Mediante carta Nº GOLE-197-2002 OPOL-1182002 de fecha 14 de marzo de 2002, la Entidad pone en conocimiento de la Presidencia del Tribunal los hechos referidos en el acapite anterior. Con carta Nº GOLE-262-2002 OPOL-154-2002 de fecha 12 de MORDAZA de 2002 y atendiendo al requerimiento efectuado por este Tribunal, la Entidad cumple con remitir su Informe Tecnico Legal y los antecedentes administrativos del caso. 7. Por resolucion de fecha 17 de MORDAZA de 2002 se dio inicio al procedimiento administrativo sancionador contra el senor MORDAZA Huashicat Chamikag, por presunta responsabilidad en la MORDAZA de documentos

SBS
Autorizan a Financiera CMR el cierre de oficina especial ubicada en el distrito de Miraflores, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 399-2003
MORDAZA, 31 de marzo de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Financiera CMR, para que se le autorice el cierre de una Oficina Especial, ubicada en avenida Larco Nº 747, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha solicitado dicho cierre, cumpliendo con presentar la documentacion que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "C", mediante Informe Nº DESF "C" 41-OT/03; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, con la Circular Nº F-339-97; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a Financiera CMR el cierre de una Oficina Especial ubicada en avenida Larco Nº 747, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 06996

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE
Sancionan a persona natural con suspension temporal en su derecho de participar en procesos de seleccion y a contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 928/2002.TC-S1

SUMILLA: La MORDAZA de declaraciones juradas con informacion inexacta a la Entidad durante un

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