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PÆg. 242582 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de abril de 2003 cado íntegramente a brindar asistencia alimentaria a la población de extrema pobreza; Que, actualmente el PRONAA tiene a su cargo la administración de tres programas centrales que son elde complementación alimentaria, alimentación infantil yalimentación escolar; Que, el Directorio de PRONAA ha cumplido con pre- sentar para su aprobación el proyecto de Reglamentode la Ley Nº 27731, cuyo texto recoge los aportes ysugerencias de las organizaciones sociales de basecomprendidas en dicha Ley; y a su vez contempla elproceso de descentralización de los programas socia-les; Que, en consecuencia es necesario aprobar el cita- do Reglamento, a fin de regular y facilitar la participaciónde las organizaciones sociales en la gestión y fiscaliza-ción de los programas alimentarios del PRONAA; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Estado, y laSegunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 27331; DECRETA:Artículo 1º.- Objeto Aprobar el Reglamento de la Ley Nº 27731 sobre la participación de los Clubes de Madres, Comedores Po-pulares Autogestionarios y demás organizaciones be-neficiarias, en la gestión y fiscalización de los progra-mas de apoyo alimentario a cargo del Programa Nacio-nal de Asistencia Alimentaria - PRONAA, el mismo quecontiene Dieciséis (16) Artículos y Tres (3) Disposicio-nes Transitorias y Finales, y forma parte integrante delpresente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de abril de 2003. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer yDesarrollo Social REGLAMENTO DE LA LEY Nº 27731 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente Reglamento regula la forma y criterios para la aplicación y cumplimiento de la Ley Nº27731, sobre la participación de los Clubes de Madres,Comedores Populares Autogestionarios y otras organi-zaciones beneficiarias, en la gestión y fiscalización delos programas de apoyo alimentario, a cargo del Progra-ma Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, orga-nismo público descentralizado del Ministerio de la Mujery Desarrollo Social. Toda referencia a la Ley, se entenderá hecha a la Ley Nº 27731. Artículo 2º.- Los programas de apoyo alimentario a cargo del PRONAA a que se refiere la Ley son: 1) Com-plementación Alimentaria; 2) Alimentación Infantil; y 3)Alimentación Escolar. Artículo 3º.- Las organizaciones sociales a que se refiere la Ley son los Clubes de Madres, los ComedoresPopulares Autogestionarios, y otras OrganizacionesSociales de Base (OSB), que son beneficiarias directasde los programas antes señalados, y que se encuentrendebidamente reconocidas conforme a la Ley Nº 25307 ysu Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-PCM. Artículo 4º.- La participación de las representantes de dichas organizaciones sociales en la gestión y fiscali-zación de los programas de apoyo alimentario, así comoCONSIDERANDO: Que, el artículo 188º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, dispone que elproceso de descentralización se realiza por etapas, enforma progresiva y ordenada conforme a criterios quepermitan una adecuada asignación de competencias ytransferencia de recursos del gobierno nacional hacialos gobiernos regionales y locales; Que, la Segunda Disposición Transitoria de la Ley de Bases de la Descentralización prevé que la transferenciade competencias sectoriales hacia los Gobiernos Regio-nales y Locales, durante la Tercera y Cuarta Etapa delproceso de descentralización, se inicia a partir del 1 deenero del 2004, con arreglo a los artículos 84º y 85º y ala Cuarta Disposición Transitoria, Complementaria y Fi-nal de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de GobiernosRegionales, modificada por la Ley Nº 27902; Que, el Consejo Nacional de Descentralización, creado por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización,es un organismo independiente y descentralizado con auto-nomía técnica, administrativa y económica en el ejercicio desus funciones, que tiene a su cargo la dirección y conduc-ción del proceso de descentralización; y, en tal sentido haexpedido la Resolución Presidencial Nº 12-CND-P-2003 queaprueba la Directiva Nº 001-CND-P-2003 que constituyeuna "Comisión Regional de Concurso para seleccionar alDirector Regional Sectorial del Gobierno Regional de Lima",la misma que debe ser integrada por un representante delseñor Ministro del Interior; Que, es necesario efectuar la correspondiente designación ante el Gobierno Regional de Lima, a fin decoadyuvar al cumplimiento de su misión y objetivos; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar al Coronel (abogado) PNP Óscar VALDIVIA MALDONADO, Asesor del DespachoViceministerial, como representante del Ministerio delInterior ante el Gobierno Regional de Lima, a fin de cons-tituir la Comisión Regional de Concurso que seleccioneal Director Regional Sectorial de dicha circunscripción. Artículo 2º.- Poner la presente Resolución en conoci- miento del Presidente del Gobierno Regional de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBERTO SANABRIA ORTIZ Ministro del Interior 07058 MIMDES Aprueban reglamento de la Ley sobre participación de los clubes de madres, comedores populares autogestionarios y demÆs organizaciones beneficiariasen la gestión y fiscalización de los pro-gramas de apoyo alimentario a cargodel PRONAA DECRETO SUPREMO Nº 006-2003-MIMDES EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27731 se establece la participa- ción de los Clubes de Madres, Comedores Populares Auto-gestionarios y otras organizaciones beneficiarias, en la ges-tión y fiscalización de los programas de apoyo alimentario acargo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria -PRONAA; Que, el PRONAA es un organismo público descentrali- zado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, dedi-