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PÆg. 242652 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 084-2003/SA-OGPE-OEPI la Oficina Ejecutiva de Proyectos de Inversión del Ministerio de Salud, en el marco de la Ley Nº 27293 - Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y su Reglamento, aprobó el perfildel Proyecto: "Ampliación, Remodelación y Equipamiento delHospital I Santa Rosa" de Piura, al establecer su caráctereminentemente social y estratégico tendente a solucionar losproblemas de infraestructura sanitaria; recomendando efec- tuar la fase de estudio de prefactibilidad del mencionado pro- yecto de inversión, el mismo que corre a cargo de este Gobier-no Regional; Que, para la ejecución del proyecto de inversión se cuenta con escaso tiempo debido a que su ejecución debeiniciarse antes de concluir el primer semestre del presente año, debido a que será financiado con recursos económi- cos de la Cooperación Internacional del Gobierno Corea-no, a través de su Agencia de Cooperación Internacionalpara el desarrollo - KIOKA, situación que nos obliga aactuar con la celeridad requerida, a fin de concretar elanhelado proyecto de gran transcendencia para la comu- nidad piurana; sumado a esto que mediante Decreto Supre- mo Nº 008-2003-PCM se ha declarado en emergencia aldepartamento de Piura, junto a otros departamentos delpaís; así como mediante Acuerdo Nº 018-2003-CR se hasolicitado al Presidente del Consejo de Ministros y al Minis-tro de Salud se declare en Estado de Emergencia al Sector Salud en el ámbito de la Región Piura, dada la deficiente infraestructura sanitaria con que contamos para atender laenorme demanda de los servicios de salud de la población; Que, tomando en consideración lo antes expuesto, es necesario declarar la Situación de Urgencia a fin de poderllevar adelante en el menor tiempo legalmente posible el pro- ceso de selección del "Estudio de Prefactibilidad del Proyecto de Inversión: Ampliación, Remodelación y Equipamiento delHospital I Santa Rosa de Piura - Código Nº 759-B", comoprocedimiento previo a la ejecución del proyecto de inversión,de acuerdo a lo exigido por la Oficina Ejecutiva de Proyectosde Inversión del Ministerio de Salud; Que, consiguientemente corresponde la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Pública a Suma Alza-da, por el proceso de selección de Adjudicación de MenorCuantía, de conformidad con lo previsto en los Artículos19º inciso c), 20º y 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordante con los Artículos 105º, 108º, 113º y 115º del Decreto Su-premo Nº 013/2001-PCM y la Resolución Nº 118-2002-CONSUCODE-PRE; Que, estando justificada, técnica y legalmente la decla- ración de situación de urgencia dada la premura del tiempo para el inicio de la ejecución del referido proyecto de inver- sión, se debe en tal sentido emitir la Resolución pertinenteautorizándose la selección de la Consultoría para la elabo-ración del mencionado Estudio de Prefactibilidad medianteel proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; De conformidad con el Informe Nº 280-2003/ GOB.REG.PIURA-ORAJ-OR del 10 de abril del 2003; Con visación de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional Piura; En uso de las atribuciones conferidas al despacho por los Decretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM, Ley Nº27783, Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en "Situación de Urgencia" la elaboración del "Estudio de Prefactibilidad del Proyectode Inversión: Ampliación, Remodelación y Equipamiento del Hospital I Santa Rosa de Piura - Código Nº 759-B", por un monto referencial de S/. 107,121.08 (Ciento siete milciento veintiuno y 08/100 Nuevos Soles), incluido el IGV. Artículo Segundo.- Aprobar la exoneración del proce- so de selección, Adjudicación Directa Pública, para la ela-boración del "Estudio de Prefactibilidad del Proyecto de Inversión: Ampliación, Remodelación y Equipamiento del Hospital I Santa Rosa de Piura - Código Nº 759-B", autori-zándose al Comité Especial, realice la selección, medianteAdjudicación de Menor Cuantía. Artículo Tercero.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 días hábiles de su emisión, conforme lo previsto en el Artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012/2003-PCM y el Artículo 115º delDecreto Supremo Nº 013/2001-PCM, y transcríbase asímismo a la Contraloría General de la República.Artículo Cuarto.- Notifíquese la presente Resolución a la Dirección Regional de Salud de Piura, Oficina Regionalde Control Interno y estamentos administrativos correspon-dientes del Gobierno Regional, para los fines pertinentes. Regístrese y comuníquese. CÉSAR TRELLES LARA Presidente 07169 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Declaran al mes de abril como el Mes de las Letras Peruanas en el Æmbito deLima Metropolitana ACUERDO DE CONCEJO Nº 039 Lima, 28 de marzo de 2003 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión de la fecha el Oficio Nº 016-2003-MML- CREC de fecha 20 de marzo de 2003, del Presidente de laComisión de Educación y Cultura, solicitando se declare almes de abril como el "Mes de las Letras Peruanas"; y el día15 de abril como el Día Central de las Letras Peruanas, enhomenaje al poeta César Abraham Vallejo Mendoza; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 establece que son funciones de las Municipalidades enmateria de educación y cultura, promover las actividades culturales, así como preservar el acervo cultural y local; Que, mediante Oficio Nº 016 la Comisión de Educación y Cultura hace suyo el pedido de la Dirección Municipal deEducación y Cultura para que se declare al mes de abrilcomo el "Mes de las Letras Peruanas"; y el día 15 de abrilcomo el Día Central de las Letras Peruanas, en homenaje al poeta César Abraham Vallejo Mendoza; Que, justifica dicha declaración porque en el mes de abril nacieron y dejaron de existir ilustres exponentes delas Letras Peruanas y de la Literatura Universal: Garcilasode la Vega, Flora Tristán, Abraham Valdelomar, Carlos Au-gusto Salaverry, José Carlos Mariátegui, César Vallejo y José María Eguren, a los que la Municipalidad Metropolita- na de Lima le corresponde rendir homenaje imperecedero,en representación de la ciudad; ACORDÓ: Artículo Primero.- Declarar al mes de abril como el "MES DE LAS LETRAS PERUANAS", en el ámbito de Lima Metropo-litana. Artículo Segundo.- Declarar el 15 de abril como EL DÍA CENTRAL DE LAS LETRAS PERUANAS, en homenaje alpoeta César Abraham Vallejo Mendoza, en el ámbito de Lima Metropolitana. Artículo Tercero.- Autorizar a la Dirección Municipal de Educación y Cultura la programación de la conmemoracióndel Día Central de las Letras Peruanas para el próximo 15de abril de 2003. Artículo Cuarto.- Transcribir el presente Acuerdo a la Comisión de Educación y Cultura del Congreso, al Ministe- rio de Educación, al Instituto Nacional de Cultura, a laAcademia de la Lengua y a las universidades. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía 07174