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PÆg. 242645 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de abril de 2003 náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes, a la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina,durante los días 14 al 16 de abril de 2003, para los fines aque se contrae la parte considerativa de la presente Reso- lución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo alsiguiente detalle: Viáticos US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me detallado describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 07211 Otorgan permiso de operación a perso- na natural para prestar servicio de transporte fluvial de carga DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE ACUÁTICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 083-2003-MTC/13 Lima, 18 de marzo de 2003 Vista la solicitud (Expediente Nº 2002-000876) presen- tada por doña MARÍA SARA PINEDO VIUDA DE VERGA- RA, solicitando permiso de operación para prestar servicio de transporte fluvial comercial de carga general; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas técnicas y legales a lascuales deberán sujetarse las personas naturales y jurídi-cas que prestan este servicio; a fin de alcanzar el ordena-miento empresarial, administrativo, operativo y de seguri-dad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislación vigente, corresponde a la Dirección General de Transporte Acuático expedir losPermisos de Operación a las Empresas Navieras Naciona-les; Que, doña MARÍA SARA PINEDO VIUDA DE VER- GARA, cumple con las condiciones y requisitos estableci- dos en el Reglamento de Transporte Fluvial vigente, para prestar servicio de transporte fluvial de carga general, entráfico nacional y en servicios regular e irregular, en la rutasolicitada; Que, la empresa se encuentra debidamente inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) con el Nº 10052269984; Que, mediante Informe Nº 043-2003-MTC/13.02, de la Directora de Marina Mercante y Transporte Multimodal y Nº061-2003-MTC/13.al, del Asesor Legal, se opina favora-blemente sobre la solicitud de permiso de operación pre-sentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicita- do; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legisla- tivo Nº 560, Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y DecretoSupremo Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a favor de doña MARÍA SARA PINEDO VIUDA DE VERGARA,para prestar servicio de transporte fluvial de carga, en la forma siguiente: a) TRÁFICO : Nacional o cabotaje SERVICIO : Regular; ruta: Iquitos - Pucallpa - Yurimaguas - CampamentosPetroleros - Iquitos TRANSPORTE : Carga general b) TRÁFICO : Nacional o cabotaje SERVICIO : Irregular: entre puertos fluviales peruanos TRANSPORTE : Líquida a granel Artículo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el artículo precedente será atendido con la embarcación de su propiedad denominada EF "Magno II" con matrícula Nº IQ-8394-EF. Artículo 3º.- El permiso de operación que se otorga por el Artículo 1º tendrá una vigencia de cinco (5) años, com-putados a partir de la fecha de la publicación en el DiarioOficial El Peruano; la renovación deberá ser solicitada por el recurrente a la Dirección General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con antici-pación de sesenta (60) días calendario antes de su venci-miento. Artículo 4º.- El permiso de operación otorgado implica la obligación por parte de la empresa de someterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demás disposicio- nes legales y reglamentarias que regulan el transporte flu-vial, debiendo adecuarse a las normas modificatorias ycomplementarias que se expidan sobre la materia, así comoa las disposiciones y directivas que dicte la Dirección Ge-neral de Transporte Acuático. Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Ad- ministrativo de Personas Naturales o Jurídicas que prestanservicio de Transporte Fluvial, en la forma establecida en elReglamento de Transporte Fluvial Comercial. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, a la Capitanía de Puerto de Iquitos y a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional deLoreto. Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EFRAÍN COLL CALDERÓN Director General 06576 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Designan Gerente General del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 035-2003-CE-PJ Lima, 10 de abril del 2003 VISTO: El expediente administrativo que contiene los actua- dos relacionados al procedimiento de designación delGerente General del Poder Judicial mediante concursopúblico; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 008-2003-CE- PJ, expedida por este Órgano de Gobierno con fecha 22 de enero del 2003, se aprobó el Reglamento para la desig- nación del Gerente General del Poder Judicial, medianteconcurso público de méritos bajo los principios de publici-