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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (03/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 249208 NORMAS LEGALES Lima, domingo 3 de agosto de 2003 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESSALUD Autorizan contratar servicio integral de vacaciones para la tercera edadmediante adjudicación de menorcuantía SEGURO SOCIAL DE SALUD RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 600-PE-ESSALUD-2003 Lima, 24 de julio del 2003 VISTOS: El Acuerdo de Consejo Directivo Nº 54-22-EsSalud-2003, los Informes Técnicos de la Gerencia de División de Pres-taciones y de la Gerencia Central de Adquisiciones, así comola Carta Nº 3399-OCAJ-EsSalud-2003 de la Oficina Centralde Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, EsSsalud es un organismo público descentraliza- do adscrito al Sector Trabajo y Promoción del Empleo quetiene por finalidad brindar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestacio- nes de prevención, promoción, recuperación, entre otras; Que, inciso k) del artículo 2º de la Ley Nº 27056 contem- pla como una de las funciones de EsSalud, el desarrollo deprogramas orientados al bienestar social, en especial aladulto mayor y las personas con discapacidad; Que, en dicho marco mediante Acuerdo Nº 220-42-Es- Salud-2002, el Consejo Directivo aprobó el Convenio deCooperación Interinstitucional con el Ministerio de Comer-cio Exterior y Turismo, destinado a establecer los lineamien-tos de cooperación para la organización y ejecución delPrograma de Turismo del Adulto Mayor y de las personas con discapacidad; Que, mediante Concurso Público Nº 0399P00021 - "Con- tratación del Servicio Integral de Vacaciones para la Terce-ra Edad", se procedió a convocar el proceso para la contra-tación de una empresa que brinde el mencionado servicio,el mismo que fue declarado desierto, al contarse únicamente con una propuesta válida; Que, de acuerdo al artículo 32º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,en el supuesto de que un Concurso Público sea declaradodesierto en una primera oportunidad, se debe proceder auna segunda convocatoria; Que, sin embargo, en el presente caso la Gerencia Cen- tral de Adquisiciones mediante Informe Técnico de Vistosseñala que luego de la evaluación de la documentación re-mitida con Oficio Nº 375-2003-MINCETUR/VMT por el Vi-ceministro de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior yTurismo, en el mercado nacional existe sólo un proveedor que puede brindar el servicio conforme los requerimientos exigidos por EsSalud; Que, según el precitado Informe Técnico, el monto estima- do para la contratación del servicio asciende a la suma de S/.4´440,000.00 (cuatro millones cuatrocientos cuarenta mil y 00/100 nuevos soles), correspondiendo S/. 1´776,000.00 a Recur- sos Propios de EsSalud y S/. 2´664,000.00 a Recursos de Ter- ceros; lo que ameritaría que la contratación del mismo se llevea cabo a través de un Concurso Público; sin embargo, luego deobtenido el correspondiente estudio proporcionado por elViceministerio de Turismo, llevar a cabo dicho proceso de selec-ción carecería de objeto toda vez que la empresa IBEROJET PERÚ S.A. es el único operador que reúne esta calidad en el ámbito nacional y cuenta con la experiencia en la prestación delcitado servicio así como con la tecnología y técnicas asociadaspara su seguimiento; Que, de acuerdo al inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, está exonerada del proceso de Concurso Público, losbienes o servicios que no admiten sustitutos; Que, de lo expuesto se desprende que, la realización de una segunda convocatoria del Concurso Público para la "Con-tratación del Servicio Integral de Vacaciones para la Tercera Edad" no cumpliría función alguna, toda vez que dicho serviciono admite sustituto, esto es, se trata de la única empresa en el mercado nacional que permite satisfacer las necesidades de ESSALUD para el mencionado Programa, siendo importante la contratación del mismo ya que, conforme se desprende del In-forme Técnico que sustenta la exoneración, permitirá cumplircon una de las funciones establecidas por Ley; Que, al haberse configurado la causal prevista en el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, resulta procedente aprobar la exo-neración para la Contratación del Servicio Integral de Vacacio-nes para la Tercera Edad", de la realización del Concurso Públi-co; en consecuencia, corresponde realizar una Adjudicación deMenor Cuantía, tal como lo dispone el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,y el artículo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº013-2001-PCM; Que, mediante Acuerdo Nº 54-22-EsSalud -2003, el Consejo Directivo de EsSalud expresó su conformidad con la exoneración del Concurso Público para la contrataciónde un tour operador altamente especializado para desarro-llar el Programa Piloto de Vacaciones para la Tercera Edado Programa de Turismo Mayor, en virtud a lo informado porla Gerencia Central de Adquisiciones; Que, según el artículo 20º inciso a) del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,la exoneración debe ser aprobada por resolución del Titulardel Pliego de la Entidad; Que, de acuerdo con el artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, concordado con el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto SupremoNº 013-2001-PCM, el Presidente Ejecutivo es la más alta auto-ridad ejecutiva de Essalud y titular del Pliego Presupuestal, porlo que le corresponde aprobar la exoneración; Que, el artículo 116º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que el Titularde la Entidad determinará la dependencia u órgano que seencargará de realizar la contratación exonerada; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. APROBAR la exoneración para la Contratación del Servicio Integral de Vacaciones para la Tercera Edad", de larealización del Concurso Público, autorizando que la mis- ma se lleve a cabo a través de una Adjudicación de Menor Cuantía y por un valor referencial total de S/. 4´440,000.00(cuatro millones cuatrocientos cuarenta mil y 00/100 nue-vos soles), del cual S/. 1´776,000.00 corresponde a Recur-sos Propios de EsSalud y S/. 2´664,000.00 a Recursos deTerceros. 2. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisicio- nes se encargue de realizar la presente contratación víaAdjudicación de Menor Cuantía. 3. DISPONER que la Secretaría General haga de conoci- miento de la Contraloría General de la República la presen-te Resolución, dentro del plazo establecido por la Ley. 4. DISPONER que la Secretaría General haga de conoci- miento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud lapresente Resolución. 5. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente Ejecutivo 14446 Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios de hospital deEE.UU. para evaluación y tratamientode paciente afiliado SEGURO SOCIAL DE SALUD RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 612-PE-ESSALUD-2003 Lima, 25 de julio del 2003