Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (03/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 50

PÆg. 249232 NORMAS LEGALES Lima, domingo 3 de agosto de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA Visto, en Sesión Ordinaria de fecha 22 de julio del 2003, el Dictamen Nº 006 de fecha 8 de julio del 2003, de la Comi-sión de Asuntos Jurídicos, que aprueba el proyecto de Or-denanza en la que se establece la intervención del ConcejoDistrital de La Molina en la aprobación de las propuestasde modificación y reajustes sustanciales y no sustanciales de la zonificación en el distrito; y, Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley Or- gánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo por Unani-midad y con dispensa del trámite de aprobación del acta,aprobó la siguiente: ORDENANZA SE ESTABLECE LA INTERVENCIÓN DEL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA EN LA APROBACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE MODIFICACIÓN Y REAJUS- TES SUSTANCIALES Y NO SUSTANCIALES DE LA ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO Artículo Primero.- Las propuestas que remita la Municipalidad Distrital de La Molina para la modifica-ción o reajuste de la Zonificación General de los Usosdel Suelo de Lima Metropolitana correspondiente al distrito, conforme a los procedimientos previstos en la Ordenanza Nº 134 del 19 de diciembre de 1997 de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, serán aprobadaspor el Concejo Distrital previo dictamen favorable de laComisión de Desarrollo Urbano. Artículo Segundo.- La opinión técnica que emita la Gerencia de Desarrollo Urbano para el reajuste de la Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Me-tropolitana incorporando modificaciones no sustancialescorrespondiente al distrito de La Molina, conforme a losprocedimientos previstos en la Ordenanza Nº 134 del19 de diciembre de 1997 de la Municipalidad Metropoli- tana de Lima, será ratificada en cada caso, por el Con- cejo Distrital, previo Dictamen favorable de la Comisiónde Desarrollo Urbano. Artículo Tercero.- Los procedimientos administrativos relativos a los aspectos indicados en los artículos prece-dentes, deberán adecuarse a lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde 14424 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Constituyen el ComitØ Distrital de Defensa Civil DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-03-MDLV La Victoria, 3 de julio de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA Visto el Informe Nº 100-03-DISECI/MDLV de la Direc- ción de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, por el quesolicita la conformación del Comité Distrital de Defensa Ci-vil, así como la designación del Secretario Técnico del Co-mité para realizar las coordinaciones con el Instituto Nacio- nal de Defensa Civil; CONSIDERANDO:Que, por Decreto Ley Nº 19338, se crea el Sistema de Defensa Civil, el mismo que ha sido modificado por los De- cretos Legislativos Nºs. 442, 735 y 905, Reglamentado por Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD, con la finalidad de pro-teger a la población previniendo daños, proporcionando ayu-da oportuna y adecuada, asegurando además su rehabilita-ción en caso de desastre o calamidad de toda índole, cual-quiera que sea su origen;Que, asimismo dichos dispositivos señalan la obliga- ción de organizar a la población para el cumplimiento de sus normas, basadas en el concepto de solidaridad que implica la autoayuda, y establecen la obligación deconstituir un Comité Distrital presidido por el Alcaldedistrital; Que, de acuerdo al Reglamento de la Ley del Siste- ma de Defensa Civil, artículos 8º y 44º, se dictan las medidas necesarias para hacer frente a los desastres o calamidades que afecten a la comunidad y a las perso-nas naturales y jurídicas; acatando las normas que so-bre seguridad dispongan los organismos del Sistema deDefensa Civil; Que, en la jurisdicción del distrito de La Victoria, existen diversas agrupaciones vecinales, asentamientos humanos, Clubes de Madres, Comedores Populares, entidades reli-giosas, etc., basadas en el concepto de autoayuda y pro-tección humanitaria, por lo que se hace necesario promo-ver la convergencia de sus esfuerzos para realizar la acciónpermanente y planificada que señala el artículo 3º del cita- do reglamento; Estando al mérito de los fundamentos expuestos y con las facultades otorgadas en el artículo 85º inciso 3.2 de laLey Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Institúyase el COMITÉ DISTRITAL DE DEFENSA CIVIL DE LA VICTORIA, que bajo la presi-dencia del señor Alcalde, el mismo que estará integradopor las siguientes entidades y personas: a) El Gobernador del distrito. b) Los Jefes de las Delegaciones de la Policía Nacional del Perú. c) El Director de la Unidad de Servicios Educativos del distrito. d) El Director del Centro de Salud de La Victoria.e) Los representantes sectoriales de SEDAPAL, LUZ DEL SUR, TELEFÓNICA DEL PERÚ. f) El Capitán Jefe de la Compañía La Victoria Nº 8 del Cuerpo General de Bomberos. g) Un representante de la Cruz Roja Peruana.h) Representantes de los Organismos Públicos y no Públicos, domiciliados en la localidad a los que eventual-mente puede llamarse. i) Representantes de los diferentes credos religiosos domiciliados en la ciudad a los que se puede convocar en casos especiales. j) El Director de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil de la Municipalidad, quien actuará como Secretario Técnico. EL COMITÉ DISTRITAL DE DEFENSA CIVIL DE LA VIC- TORIA, designará de su seno una Comisión Ejecutiva decinco miembros. Artículo Segundo.- Dispóngase que el Director de Se- guridad Ciudadana y Defensa Civil de la Municipalidad de La Victoria, constituya brigadas operativas para actuar sindilación en casos de desastres, debiendo efectuarse lascoordinaciones que corresponde para que, de acuerdo alos artículos 38º, 39º y 45º del Reglamento de la Ley deDefensa Civil para propalar mensajes de servicio a la co- munidad en acciones de prevención, emergencia y rehabili- tación en casos de desastres. Artículo Tercero.- Notifíquese a las Empresas de Servicios Privados de Vigilancia que presten servicios a Entidades Públi-cas o Privadas o personas naturales domiciliadas en La Victo-ria, para que se presenten a la Oficina de Defensa Civil de la Municipalidad al día siguiente a la publicación de este Decreto, a fin de coordinar las acciones que sobre Defensa Civil debecumplir su personal ante un desastre. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEJANDRO BAZÁN GONZALES Alcalde 14518 Disponen inmediata inscripción de in- mueble como propiedad municipal enlos Registros Pœblicos ACUERDO DE CONCEJO Nº 0041-03/MDLV La Victoria, 11 de julio de 2003