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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (03/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 39

PÆg. 249221 NORMAS LEGALES Lima, domingo 3 de agosto de 2003 da el valor del cargo de interconexión establecido en el pá- rrafo precedente. Dicho cargo será pagado por NORTEK, respecto de las llamadas entregadas a AT&T con destino a las redes deotros operadores, y será de aplicación lo dispuesto en elartículo 22º del Texto Único Ordenado de las Normas deInterconexión. Estos servicios serán otorgados de acuerdo al principio de no discriminación, neutralidad e igualdad de acceso. En el caso que AT&T utilice para la función de transpor- te conmutado local más de una central local en una mismaárea local de forma que una llamada originada en una redde NORTEK interconectada a una central local de AT&Ttermine en otra red de NORTEK o de otro operador interco- nectada a otra central local de AT&T dentro de la misma área local, esta empresa cobrará a NORTEK un solo cargode transporte conmutado. NORTEK sólo pagará por trans-porte conmutado saliente de su red y no será aplicable elcargo por transporte conmutado para llamadas recibidasde AT&T o de un tercer operador. Tráfico liquidable .- La liquidación del tráfico para la aplicación del cargo por transporte conmutado local debehacerse: a) sumando el total de tráfico eficaz de cada unade las llamadas locales expresadas en segundos, ocurri-das durante el período de facturación; b) el total de tiempo eficaz así calculado expresado en segundos se redondea al minuto superior; c) el total de pagos resulta de la multipli-cación del tiempo eficaz expresado en minutos por el cargovigente por transporte conmutado local. Numeral 3.- CARGO POR TRANSPORTE CONMUTA- DO DE LARGA DISTANCIA NACIONAL NORTEK deberá pagar a AT&T una (1) vez el cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional de US$0,07151 por minuto, sin incluir el Impuesto General a lasVentas, por las comunicaciones de larga distancia de NOR- TEK que sean transportadas por AT&T de un área local a otra. AT&T puede establecer cargos de interconexión por transporte conmutado de larga distancia nacional diferen-ciados siempre que el promedio ponderado de dichos car-gos no exceda el valor del cargo de interconexión estableci- do en el párrafo precedente. El establecimiento del cargo por el servicio de transpor- te conmutado de larga distancia nacional referido en lospárrafos precedentes es independiente de los descuentosque NORTEK y AT&T puedan acordar de mutuo acuerdosobre dicho servicio, debiendo ser estos comunicados a OSIPTEL, sujetándose a los principios de neutralidad, igual- dad de acceso y no discriminación. Alternativamente, deexistir descuentos aplicados por AT&T a competidores deNORTEK, NORTEK podrá optar por pagar los cargos resul-tantes de la aplicación de dichos descuentos, debiendo te-nerse en consideración que los descuentos a competidores no son acumulativos. a) Origen: abonado fijo de AT&T, destino: abonado fijo de AT&T; utilizando a NORTEK como portador delarga distancia nacional, en la modalidad de servicio detransporte conmutado de larga distancia. Para una llamada de larga distancia nacional que se origina en un abonado del servicio de telefonía fija de AT&Tutilizando a NORTEK como su proveedor del servicio por-tador de larga distancia, en un área local de telefonía fija endonde NORTEK se encuentre interconectado con AT&T,cuyo destino final es un abonado del servicio de telefonía fija de AT&T situado en otra área local de telefonía fija en donde NORTEK no se encuentre interconectado con AT&T,NORTEK pagará a AT&T, adicionalmente a los cargos porterminación de llamada (en el origen y en la terminación),un cargo por transporte conmutado de larga distancia na-cional y de ser el caso, un cargo de transporte conmutado local, en los términos establecidos en el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de las Normas de Interconexión. b) Origen: internacional; destino: abonado fijo de AT&T; utilizando a NORTEK como portador de larga dis-tancia nacional, en la modalidad de servicio de trans-porte conmutado de larga distancia. Para una llamada que se origina en una red internacio- nal y se recibe en un área local de telefonía fija, utilizando aNORTEK como portador de larga distancia, en donde NOR-TEK se encuentre interconectado con AT&T, y cuyo destinofinal es un abonado del servicio de telefonía fija de AT&T,situado en otra área local de telefonía fija en donde NOR- TEK no se encuentre interconectado con AT&T, NORTEKpagará a AT&T, adicionalmente al cargo por terminación de llamada, un cargo por transporte conmutado de larga dis- tancia nacional y de ser el caso, un cargo de transporte conmutado local, en los términos establecidos en el Artícu-lo 22º del Texto Único Ordenado de las Normas de Interco-nexión. Tráfico liquidable.- De conformidad con lo dispues- to por la Resolución de Consejo Directivo Nº 062-2000- CD/OSIPTEL 8, la liquidación del tráfico para la aplica- ción del cargo por transporte conmutado de larga dis-tancia nacional debe hacerse: a) sumando el total detráfico de cada una de las llamadas de larga distanciaexpresadas en minutos, ocurridas durante el período de facturación; b) el total de pagos resulta de la multiplica- ción del tiempo expresado en minutos por el cargo co-rrespondiente. Numeral 4.- CARGOS POR ENLACES DE INTERCO- NEXIÓN AT&T será la empresa que le provee a NORTEK los enlaces de interconexión, siendo los cargos máximospor dicho concepto los establecidos en el siguiente cua-dro: Cargos de Enlaces de Interconexión E1 (en US$) Número de E1sDEPARTAMENTO DE LIMA Cargo único por E1 Renta mes Hasta 4 320 1000n De 5 a 16 320 720n + 800 De 17 a 48 320 518n + 4032 Más de 48 320 504n + 404 Donde n: Total de E1’s arrendados en el mes. Cabe señalar que el cargo único y la renta mensual por los enlaces de interconexión no incluyen los costos por fi-bra óptica ni los costos por obras civiles adicionales asocia-dos a la instalación. NORTEK podrá verificar los costos relacionados con la puesta en operación de los enlaces de interconexión pro- vistos por AT&T, así como la efectiva realización de las ac- tividades destinadas a llevar a cabo dicha puesta en opera-ción. Cabe señalar que los niveles de los cargos serán de- pendientes de las cantidades de enlaces de interconexión-E1- iniciales y proyectados que el operador solicitante de la interconexión requiera. El cargo por los enlaces de interconexión debe tener como referencia las modalidades y niveles de cargo de losenlaces provistos actualmente por AT&T a otros operado-res. Numeral 5.- CARGO DE ACCESO A TELÉFONOS PÚBLICOS El cargo tope por minuto que se aplicará por el acceso a los teléfonos públicos, es a S/. 0,2170, por minuto, sin in-cluir el Impuesto General a las Ventas. AT&T pueden establecer cargos de acceso a teléfo- nos públicos diferenciados siempre que el promedio pon- derado de dichos cargos no exceda el valor del cargo de interconexión establecido en el párrafo precedente. El cargo de interconexión por acceso a los teléfonos públicos será de carácter transitorio, y su aplicación finali-zará una vez que NORTEK y AT&T acuerden el cargo poracceso a los teléfonos públicos aplicable a AT&T, y que di- cho acuerdo sea aprobado por OSIPTEL conforme el mar- co legal vigente. El cargo por acceso a los teléfonos públicos será paga- do por NORTEK a AT&T por las comunicaciones de largadistancia de NORTEK que sean originadas en teléfonospúblicos de AT&T. El referido cargo de acceso a los teléfonos públicos es independiente del cargo por originación de llamadas en lared del servicio de telefonía fija. Tráfico liquidable.- La liquidación del tráfico para la aplicación del cargo de acceso a teléfonos públicos debe hacerse: a) sumando el total de tráfico de cada una delas llamadas de larga distancia expresadas en minutos,ocurridas durante el período de facturación; b) el totalde pagos resulta de la multiplicación del tiempo expre-sado en minutos por el cargo correspondiente.