TEXTO PAGINA: 7
PÆg. 249637 NORMAS LEGALES Lima, lunes 11 de agosto de 2003 del procesado DAVID MANUEL SALDAÑA CHAPARRO, por la comisión del delito contra el patrimonio -hurto agra-vado- en agravio de Interbank, Banco CCC en liquida- ción, Cooperativa Agraria Cafetalera La Florida, Roda Peraldo Cabello, Vidal Saénz Flores, María Teresa Rodrí-guez Pérez; y por delito contra la fe pública -falsificación de documentos en general- en agravio del Estado Perua- no, de Interbank y de Novato Pablo Gómez Yance (Expe-diente Nº 25-2003); Que, mediante el Informe Nº 036-2003-CEA, del 15 de julio del 2003, la Comisión encargada del estu-dio de las solicitudes de extradiciones activas propo- ne acceder al pedido de extradición del referido pro- cesado; Estando a lo dispuesto por el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los artículos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, el inciso 5) del artículo 34º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aproba- do por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; y el Tratado de Extradición entre el Perú y los Estados Unidos de Améri-ca de 1899; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artí- culo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado DAVID MANUEL SALDAÑA CHAPARRO,formulado por el Trigésimo Segundo Juzgado Especiali- zado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, y declarado procedente por la Corte Suprema de Justiciade la República, por la comisión del delito contra el patri- monio -hurto agravado- en agravio de Interbank, Banco CCC en liquidación, Cooperativa Agraria Cafetalera LaFlorida, Roda Peraldo Cabello, Vidal Saénz Flores, María Teresa Rodríguez Pérez; y por delito contra la fe pública -falsificación de documentos en general- en agravio delEstado Peruano, de Interbank y de Novato Pablo Gómez Yance; y disponer su presentación por vía diplomática, a los Estados Unidos de América, de conformidad a lo es-tipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Minis- tros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones Encargado de la Cartera de Justicia ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 15028 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 113-2003-JUS Lima, 8 de agosto de 2003 Visto el Informe Nº 038-2003-CEA, del 25 de julio del 2003, de la Comisión encargada del estudio de solicitu-des de extradiciones activas, sobre el pedido de extradi- ción del procesado FRANCISCO JAVIER BARRUETO PEREZ, formulado por el Trigésimo Sexto Juzgado Es-pecializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolución del 18 de julio del 2003, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de laRepública, declaró procedente la solicitud de extradición del procesado FRANCISCO JAVIER BARRUETO PEREZ,por la comisión del delito contra el patrimonio -usurpa- ción y daños materiales- en agravio de Carmen Vallejo Salazar y Jorge Luis Silva Fulchi (Expediente Nº 034-2003); Que, mediante el Informe Nº 038-2003-CEA, del 25 de julio del 2003, la Comisión encargada del estu-dio de las solicitudes de extradiciones activas propo- ne acceder al pedido de extradición del referido pro- cesado; Que, teniendo en cuenta que entre el Perú y la Repú- blica Italiana no existe Tratado vigente sobre la materia, y atendiendo que el principio de reciprocidad es reconoci-do por el derecho internacional, es fundamental que el Perú asegure el respeto ante pedidos del mismo tipo efec- tuados por la República Italiana; Estando a lo dispuesto por el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los artículos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, el inciso 5) del artículo 34º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aproba- do por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artí- culo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición ac- tiva del procesado FRANCISCO JAVIER BARRUETO PEREZ, formulado por el Trigésimo Sexto Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior deJusticia de Lima, y declarado procedente por la Corte Suprema de Justicia de la República, por la comisión del delito contra el patrimonio -usurpación y dañosmateriales- en agravio de Carmen Vallejo Salazar y Jorge Luis Silva Fulchi; y disponer su presentación por vía diplomática, a la República Italiana, de con-formidad a lo estipulado por las normas legales pe- ruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- El Gobierno del Perú se compromete a respetar los pedidos de extradición formulados por la República Italiana, en base al principio de recipro- cidad. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Minis- tros y por los Ministros de Justicia y de RelacionesExteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y ComunicacionesEncargado de la Cartera de Justicia ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 15029 Autorizan el funcionamiento de Centros de Conciliación con sede en las ciuda-des de Lima y Rioja RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 062-2003-JUS Lima, 6 de agosto de 2003 Vista, la solicitud de Registro Nº 012455, de fecha 29 de mayo de 2003, sobre Autorización de Centro deConciliación, presentada por la asociación civil, ONG BIENESTAR PARA LA VIDA con siglas ONG BIPA- VI;