Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2003 (11/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 11 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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Modifican articulo de resolucion mediante la cual se autorizo el funcionamiento de centro de conciliacion, con sede en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 065-2003-JUS MORDAZA, 6 de agosto de 2003 Vistas, la solicitudes de Registros Nº 010438-025702, de fechas 15 de MORDAZA y 15 de octubre de 2002, sobre Autorizacion de Cambio de Denominacion, presentada por la asociacion civil, INSTITUTO DE ASESORIA SOCIAL Y AFINES (IASYAF); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 050-2000JUS, de fecha 10 de febrero de 2000, se autorizo al INSTITUTO DE ASESORIA SOCIAL Y AFINES (IASYAF), a funcionar como Centro de Conciliacion, en la MORDAZA de Huacho; Que, en Asamblea Extraordinaria de Asociados del INSTITUTO DE ASESORIA SOCIAL Y AFINES (IASYAF), de fecha 10 de octubre de 2002, se acordo modificar el nombre del Centro de Conciliacion del INSTITUTO DE ASESORIA SOCIAL Y AFINES (IASYAF), por el de CENTRO DE CONCILIACION BRIGHAM MORDAZA DEL INSTITUTO DE ASESORIA SOCIAL Y AFINES. Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 09062003-JUS/STC, la recurrente cumple con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Justicia, aprobado por D.S. Nº 042-2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el cambio de denominacion solicitado; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001JUS, que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001JUS y D.S. Nº 042-2001-JUS, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar, el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 050-2000-JUS, de fecha 10 de febrero de 2000, el cual quedara redactado de la manera siguiente: "Articulo 1º.- Autorizar a la asociacion civil, INSTITUTO DE ASESORIA SOCIAL Y AFINES (IASYAF), el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION BRIGHAM MORDAZA DEL INSTITUTO DE ASESORIA SOCIAL Y AFINES, con sede en la MORDAZA de Huacho. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLF MORDAZA Viceministro de Justicia 14962

VISTOS, los escritos presentados ante el Consejo del Notariado el 15 de enero, 29 de enero y 27 de febrero del ano 2003 por el Notario Publico de Huanta, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, referidos a la nulidad del acto eleccionario de la Junta Directiva 2003-2004 del Colegio de Notarios de Ayacucho; CONSIDERANDO: Que, con fecha 8 de enero de 2003, el Notario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpone ante el Presidente del Comite Electoral del Colegio de Notarios de MORDAZA, recurso de nulidad e insubsistencia de los numerales 2 y 3 del articulo 4º del Reglamento de Elecciones para la renovacion de la Junta Directiva del Colegio de Notarios de MORDAZA, periodo 20032004, aprobado en sesion del Comite Electoral, el 28 de diciembre de 2003; Que, el 9 de enero de 2003, el Notario mencionado en el considerando anterior, interpone recurso de nulidad e insubsistencia de los articulos 6º, 7º y 8º del Reglamento de Elecciones para la renovacion de la Junta Directiva del Colegio de Notarios de MORDAZA, periodo 2003-2004. Asimismo, plantea tacha en contra de la inscripcion de la lista de candidatos encabezada por el Notario MORDAZA MORDAZA Barbosa, senalando, ademas, que la participacion del Notario MORDAZA MORDAZA MORDAZA es incompatible con la participacion del Notario MORDAZA MORDAZA MORDAZA, padre del Notario mencionado y quien participa como Secretario del Comite Electoral; Que, mediante la Resolucion Nº 02-Comite Electoral2003, del 9 de enero de 2003, se declara infundada la nulidad planteada en contra del Reglamento de Elecciones e infundada la tacha deducida en contra de la inscripcion de la lista de candidatos, asi como la tacha contra el secretario de dicha lista; Que, por medio del escrito presentado ante el Consejo del Notariado el 29 de enero de 2003, el Notario MORDAZA MORDAZA interpone el recurso de nulidad contra el acto eleccionario de la Junta Directiva del Colegio de Notarios de MORDAZA, realizado el 11 de enero de 2003, y manifiesta su disconformidad con los actos anteriores y posteriores al mismo, no resueltos aun; Que, de conformidad al articulo 20º de la Constitucion Politica del Peru, el Colegio de Notarios de MORDAZA, como Colegio Profesional, es una institucion autonoma con personalidad de derecho publico, es decir, que como tal se rige por su propia Ley, conforme a lo establecido en el articulo 129º de la Ley del Notariado, Ley Nº 26002, y en ese sentido los Colegios de Notarios se rigen por su Estatuto Unico; Que, la autonomia que la Constitucion Politica le otorga a los Colegios de Notarios, implica la potestad para regirse mediante normas y organos de gobierno propios, actuando con independencia dentro del MORDAZA de la ley, estando facultados para elegir por si solos, libremente, a sus representantes de acuerdo a su organizacion; Que, de acuerdo a la Ley Nº 26002, Ley del Notariado, el Consejo del Notariado tiene competencia a nivel nacional para supervigilar la funcion notarial, contando entre sus facultades el actuar como Tribunal de Apelacion, resolviendo en MORDAZA instancia aquellas apelaciones formuladas contra las Resoluciones emitidas por los Colegios de Notarios y pronunciarse sobre recursos de queja por denegatoria del Recurso de Apelacion; Que, versando los escritos presentados sobre la eleccion de las autoridades del Colegio de Notarios de MORDAZA, este Consejo no es competente para conocer las impugnaciones interpuestas por uno de sus agremiados, contra las decisiones adoptadas, no siendo competente, ademas, para declarar la nulidad solicitada por el Notario Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin perjuicio de dejar a salvo el derecho del interesado para hacerlo MORDAZA ante el organismo jurisdiccional competente, si asi lo estimara conveniente; Estando a lo acordado por el Consejo del Notariado en su sesion del 3 de MORDAZA de 2003, y a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 05-94-JUS, Reglamento del Consejo del Notariado;

Declaran improcedente recurso de nulidad contra el acto eleccionario de la Junta Directiva 2003-2004 del Colegio de Notarios de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO DEL NOTARIADO Nº 011-2003-JUS/CN MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2003

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