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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (27/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 52

PÆg. 250386 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de agosto de 2003 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Aprueban modificaciones al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones parael ejercicio presupuestal 2003 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 604/INC Lima, 18 de agosto de 2003 Visto el Oficio Nº 003-2003/PTC-DE de fecha 21 de julio de 2003, presentado por el Proyecto Turístico Cultu-ral Chavín solicitando la adquisición de "Equipos de In-formática y Equipos de Registro" e Informe Nº 092-2003-INC-OPP de fecha 7 de agosto de 2003 emitido por laOficina de Planificación y Presupuesto revelando la Dis- ponibilidad Presupuestal hasta la suma de cuarenta y tres mil doscientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 43,200.00) pararealizar la adquisición de los equipos para el ProyectoTurístico Cultural Chavín de la Dirección Departamentalde Cultura Ancash; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 055/ INC de fecha 7 de febrero de 2003 se aprueba el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Cultura para el año 2003; Que, el requerimiento del Proyecto Turístico Cultural Chavín e informe de Disponibilidad Presupuestal del vis-to, determina como proceso de selección una Adjudica-ción Directa Selectiva, y a fin de convocarla existe la obli-gación de incluirla en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Cultura para el año 2003; Que, el numeral 6º de la Directiva Nº 022-2001- CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 200-2001-CONSUCODE/PRE, concordante con el artícu-lo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Su- premo Nº 013-2001-PCM, establece que toda modifi-cación sea por inclusión o exclusión de procesos deselección, deberá ser aprobada por el Titular del Plie-go de la entidad; Estando a lo visado por la Oficina de Asuntos Jurídi- cos y la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 0017-2003-ED, 012-2001-PCM y 013-2001-PCM y la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PREy demás normas complementarias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las modificaciones al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del InstitutoNacional de Cultura para el ejercicio presupuestal 2003, incluyendo el proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la adquisición de "Equipos de Informá-tica y Equipos de Registro" requerido por el ProyectoTurístico Cultural Chavín de la Dirección Departamen-tal de Cultura Ancash con un valor referencial de cua-renta y tres mil doscientos y 00/100 Nuevos Soles (S/ . 43,200.00) que en anexo adjunto se detalla y forma parte de la presente Resolución, por las razones ex-puestas en la parte considerativa. Artículo 2º.- Disponer que las modificaciones del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del InstitutoNacional de Cultura para el año 2003 aprobadas por la presente Resolución, sean comunicadas dentro de los plazos establecidos, a la Comisión de Promoción de laPequeña y Micro Empresa - PROMPYME, informándoseal Consejo Superior de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado - CONSUCODE la inclusión al Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Cultura para el año 2003, de acuerdo a lo señalado en el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y las DisposicionesEspecíficas de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/ PRE. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 15926 OSIPTEL Aprueban Contrato de Prestación de Servicios de Facturación y Recaudaciónpara el Servicio Portador de Larga Dis-tancia bajo el Sistema de Llamada porLlamada entre Gilat to Home PerœS.A.A. y Telefónica del Perœ S.A.A. ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 318-2003-GG/OSIPTEL Lima, 21 de agosto de 2003 EXPEDIENTE : Nº 00026-2003-GG-GPR/CI MATERIA : Aprobación de Contrato de Inter- conexión ADMINISTRADO: Gilat to Home Perú S.A.A / Telefó- nica del Perú S.A.A. VISTO el "Contrato de Prestación de Servicios de Facturación y Recaudación para el Servicio Portador deLarga Distancia bajo el Sistema de Llamada por Llama- da", de fecha 1 de abril de 2003, suscrito entre las em- presas concesionarias Gilat to Home Perú S.A.A. (enadelante "Gilat to Home") y Telefónica del Perú S.A.A.(en adelante "Telefónica"), el cual tiene por objeto esta-blecer las condiciones aplicables para la provisión de lafacturación y recaudación por parte de Telefónica a favor de Gilat to Home, respecto de las llamadas de larga dis- tancia que se realicen bajo el Sistema de Llamada porLlamada; CONSIDERANDOS: Que en virtud de lo establecido en el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Teleco-municaciones y en el Artículo 106º de su ReglamentoGeneral, la interconexión de las redes de los servi-cios públicos de telecomunicaciones entre sí, es de interés público y social, y por tanto, es obligatoria, calificándose la interconexión como una condiciónesencial de la concesión; Que conforme a lo establecido en el Artículo 109º del citado Reglamento General de la Ley de Telecomunica-ciones, los contratos de interconexión deben sujetarse a lo establecido por la Ley, el Reglamento, los Reglamen- tos específicos, los planes técnicos fundamentales con-tenidos en el Plan Nacional de Telecomunicaciones, asícomo a las disposiciones que dicte OSIPTEL; Que el Artículo 20º del Reglamento del Sistema de Llamada por Llamada en el Servicio Portador de Larga Distancia, aprobado por Resolución de Consejo Directi- vo Nº 061-2001-CD/OSIPTEL, establece que losconcesionarios del servicio de telefonía fija local estánobligados a brindar la facturación y recaudación a losconcesionarios del servicio portador de larga distanciaque se los soliciten; Que las empresas operadoras, dentro del marco de sus relaciones de interconexión y sujetándose a lo dis-puesto por las Normas sobre Facturación y Recaudaciónpara el Servicio Portador de Larga Distancia bajo el Sis-tema de Llamada por Llamada (en adelante "Normassobre Facturación y Recaudación"), deben establecer las condiciones económicas para la provisión de la factura- ción y recaudación;