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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (24/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G30/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 24 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Hoja Informativa Nº 010-2003-OGAI- MPM/HSC; y sus anexos, la Oficina General de Auditoría Interna de la Municipalidad Provincial de Maynas hizo de conocimiento del señor Alcalde, respecto a Investigación Sumaria sobre cheque girado a nombre distinto del que figura en el Comprobante de Pago Nº 2001-00007858, Sil- via Colichón Romero ex cajera central; Que, de la revisión y análisis efectuado a la Hoja In- formativa Nº 010-2003-OGAI-MPM/HSC; y sus anexos, se concluye que el CPC Ángel Toralva Cáceres ex ge- rente de Administración, mediante Memorándum Nº 557- 2001-GA-MPM, de fecha 5-10-2001, autorizó al señor Manuel Sánchez Alegría ex jefe de Tesorería, gire un cheque por la suma de Ciento Cuarentitrés mil Cien y 00/100 Nuevos Soles (S/. 143,100.00) a nombre de Sil- via Colichón Romero ex cajera central, para el pago de movilidad y refrigerio de funcionarios y servidores, ori- ginándose el Comprobante de Pago Nº 2001-00007858 de fecha 5-10-2001, el cual existe en el Sistema Integra- do de Gestión Municipal Avanzado (SIGMA) pero no exis- te físicamente el original de dicho Comprobante, que a pesar de tal disposición extrañamente no se giró a nom- bre de Silvia Colichón Romero, girándose la misma fe- cha del Memorándum y del Comprobante de Pago el cheque Nº 04783470 por el monto indicado a nombre de Rony Arévalo Trav erso, identificado con DNI Nº 07972558, persona ajena a la institución, quien hizo efec- tivo el cheque en el Banco de la Nación el 6-10-2001, siendo firmado por el señor Manuel Sánchez Alegría como tesorero y CPC Ángel Toralva Cáceres como Ge- rente de Administración; Que, de la manifestación escrita efectuada por el se- ñor Manuel Sánchez Alegría, ex tesorero, se desprende que el cheque Nº 04783470 girado a nombre del señor Rony Arévalo Traverso, fue una orden verbal del CPC Ángel Toralva Cáceres, ex Gerente de Administración, debido que este señor había prestado a la municipali- dad, dinero en efectivo en el momento en que la entidad edil no contó con recursos financieros, cuyo monto pres- tado no fue de conocimiento del señor Manuel Sánchez Alegría, pero que con el cheque girado por el monto de S/.143,100.00 se devovió el dinero prestado, sin embar- go, el argumento esgrimido por el ex tesorero en el sen- tido que no existía dinero en la entidad edil, es totalmen- te falso ya que según el Extracto Bancario de la Cuenta Corriente Nº 0521-001585 a nombre de la Municipalidad de Maynas por concepto de Fondos de Compensación Municipal, de donde se giró el día 5 de octubre del 2001 el cheque Nº 04783470, el mismo día tenía un saldo de S/. 1’282,966.30, no justificándose por tanto tal opera- ción y a pesar que don Manuel Sánchez Alegría, ex te- sorero, ha tenido conocimiento de la irregular operación, no informó ni denunció el hecho, consecuentemente él y el CPC Ángel Toralva Cáceres, ex Gerente de Adminis- tración, han incumplido sus obligaciones señaladas en los incisos b) y d) del artículo 21º del Decreto Legislati- vo Nº 276, concordante con los artículos 126º, 127º y 129º de su Reglamento aprobado por el Decreto Supre- mo Nº 005-90-PCM y han transgredido los incisos a), d), f), h) y j) del artículo 28º del mismo ordenamiento Legal (Dec. Leg. Nº 276); Que, de la manifestación escrita efectuada por el señor Norman Lewis Del Alcázar, ex primer regidor, se despren- de que él personalmente efectuaba pagos por refrigerio y movilidad (Plus) a ex funcionarios y servidores, tal como se demuestra con el recibo de fecha 5 de octubre del 2001 en que el señor Manuel Sánchez Alegría ex tesorero, le hizo entrega la suma de S/. 135,000.00, y que los archivos se guardaba en su despacho según él por revestir confi- dencialidad, manifestando desconocer la operación del cheque girado a nombre del señor Rony Arévalo Traverso, habiendo incurrido en usurpación de función al realizar fun- ciones propias del Área de Tesorería. Sin embargo, al no haber desempeñado cargo administrativo, la comisión es- pecial de Procesos Administrativos y Disciplinarios no es competente para pronunciarse respecto al indicado ex re- gidor; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos y Disciplinarios a través del informe indicado en el vis- to, se ha pronunciado recomendando ABRIR, Proceso Administrativo y disciplinario en contra de ex funcionarios de la Municipalidad Provincial de Maynas, CPC Ángel To-ralva Cáceres, ex Gerente de Administración y Manuel Sánchez Alegría, ex Jefe de Tesorería. Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades son Órganos del Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, concordan- te con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, estando a los considerandos expuestos, a lo re- comendado por la Comisión Especial de Procesos Admi- nistrativos y Disciplinarios, con las visaciones de la Secre- taría Técnica de la Comisión, Oficina General de Asesoría Legal y Gerencia General de la Municipalidad Provincial de Maynas; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 276 y su reglamento aprobado por el Decreto Su- premo Nº 005-90-PCM, Ley del Procedimiento Administra- tivo General Nº 27444 y en uso de las facultades conferi- das en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- ABRIR, Proceso Administrativo y Disciplinario en contra de ex funcionarios de la Municipali- dad Provincial de Maynas, CPC Ángel Toralva Cáceres, ex Gerente de Administración y Manuel Sánchez Alegría, ex- Jefe de Tesorería, por los motivos expuestos en los consi- derandos de la presente resolución. Artículo Segundo.- CONCEDER a los procesados, un plazo de cinco (5) días útiles contados a partir del día si- guiente de notificado la presente resolución para que cum- plan con presentar sus respectivos descargos, conforme lo establece el artículo 169º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276 aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM. Artículo Tercero.- NOTIFICAR, conforme a ley la pre- sente resolución a las partes involucradas, a través de la Oficina de Secretaría General de la Municipalidad Provin- cial de Maynas. Artículo Cuarto.- PUBLICAR, conforme a ley la pre- sente resolución a través de la Oficina de Imagen Institu- cional de la Municipalidad Provincial de Maynas, en el Dia- rio Oficial y en uno de los diarios de mayor circulación en el territorio nacional. Artículo Quinto.- EXIMIR a los miembros de la Comi- sión Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios de pronunciarse en lo que corresponde al señor Norman Lewis Del Alcázar, ex primer regidor. Artículo Sexto.- DERIVAR, copia certificada del expe- diente respectivo a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos y Disciplinarios, para que se pronuncie res- pecto a Silvia Colichón Romero, ex cajera central. Artículo Sétimo.- REGISTRAR, a través de la Subge- rencia de Recursos Humanos la presente resolución en el Legajo Personal de los procesados. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN CARLOS DEL ÁGUILA CÁRDENAS Alcalde 23916 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ARENA /G43/G61/G6E/G63/G65/G6C/G61/G6E/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G61/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G2D /G64/G75/G63/G74/G6F/G20/G61/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-2003-MDLA La Arena, 15 de diciembre del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA ARENA