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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G30/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 24 de diciembre de 2003 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6E/G61/G64/G6D/G69/G73/G69/G62/G6C/G65/G20/G61/G70/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G2D /G70/G75/G65/G73/G74/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G44/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G32/G39/G2D/G32/G30/G30/G32/G2D/G33/G37/G2D/G44/G50/G53/G43/G44/G2F/G4D/G53/G49 RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 439-2003-09-GM/MSI San Isidro, 18 de julio del 2003 EL GERENTE MUNICIPALVISTOS: El Expediente Nº 162694 y A y el Escrito de fecha 23 de diciembre del 2002, interpuesto por ELABO-RACIONES ALIMENTICIAS S.A. contra la Resolución deMulta Nº 2002-000937-DR/MSI de fecha 11 de marzo del 2002; CONSIDERANDO:Que, el numeral 11.1 del artículo 11º de la Ley del Pro- cedimiento Administrativo General Nº 27444, señala quelos administrados, plantean la nulidad de los actos admi-nistrativos por medio de los recursos impugnativos previs-tos en el Título III Capítulo II del acotado cuerpo normativo,los cuales son: reconsideración, apelación y revisión; porlo que en aplicación del principio de Impulso de Oficio debecalificarse el escrito de fecha 23 de diciembre del 2002contra la Resolución Directoral Nº 029-2002-37-DPSCD/MSI de fecha 30 de octubre del 2002; Que, el calificado recurso de impugnación interpuesto por el recurrente carece de firma de letrado, incumpliendocon los requisitos de forma tipificados en el artículo 211ºde la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº27444, a pesar de habérsele otorgado un plazo de 48 ho-ras para subsanar dicha omisión mediante Acta de Notifi-cación de fecha 28 de enero del 2003, por lo que el califi-cado recurso impugnativo deviene en inadmisible; Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídi- ca mediante Informe Nº 498-2003-11-OAJ/MSI; Y en uso de las facultades delegadas mediante Resolu- ción de Alcaldía Nº 239-2003-ALC/MSI; RESUELVE:Artículo Único.- Declarar INADMISIBLE el calificado recurso de apelación interpuesto por ELABORACIONESALIMENTICIAS S.A. contra la Resolución Directoral Nº 029-2002-37-DPSCD/MSI de fecha 30 de octubre del 2002, laque se confirma y ha quedado firme, agotándose la víaadministrativa. Regístrese, comuníquese y cúmplase.FERNANDO PICKMANN LAMADRID Gerente Municipal 23866 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G45/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 ORDENANZA Nº 075-MDSMP San Martín de Porres, 26 de noviembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: Visto, en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de noviembre de 2003, la moción presentada por la Regi-dora MARÍA ZULEMA CRISOSTOMO, quien solicita seemita Ordenanza que apruebe beneficios para la Regulari-zación de Edificaciones; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado y el Artículo II delTítulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; los Gobiernos Locales gozan de autono-mía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia, dentro de los límites establecidos por ley; Que, la Décima Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27972, refiere que los propietarios de edificaciones quehayan sido construidas sin licencia de construcción y/o enterrenos sin habilitación urbana, hasta el 31 de diciembredel 2001, podrán regularizar su situación sin pago de mul-tas ni otras sanciones hasta el 30 de junio del 2003, me-diante el procedimiento de regularización de edificacionesa que se refiere la Ley Nº 27157 y normas reglamentarias,aplicable también para la declaración de demolición, salvotratándose de inmuebles protegidos por la Ley Nº 24047; Que, es política de la presente administración brindar a sus contribuyentes las facilidades para el cumplimiento desus obligaciones formales y sustanciales, sean de natura-leza tributaria o administrativa, por un plazo de 90 días; Que, siendo procedente lo opinado por el Gerente de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº 1126-2003 yen uso de las facultades conferidas por el artículo 9º y ar-tículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguien-te: ORDENANZA BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES Artículo Primero.- Establézcase en el distrito de San Martín de Porres, el Beneficio de Regularización de Edifi-caciones (Regularización de Licencias de Construcción,Licencias de Demolición, y Habilitaciones Urbanas paraedificaciones efectuadas hasta el 30 de junio del 2003). Artículo Segundo.- El procedimiento aplicable para el presente beneficio es el establecido en la Ley Nº 27157 ynormas reglamentarias. Artículo Tercero.- La vigencia de la presente ordenanza es de 90 días, contados a partir del 1 de diciembre delpresente año. Artículo Cuarto.- Los infractores que se acogen a la presente ordenanza gozan de la condonación de las mul-tas administrativas correspondientes. Artículo Quinto.- Se excluye el beneficio de la presen- te Ordenanza a las edificaciones levantadas en contra-vención a la normatividad sobre medio ambiente; así comoaquellos que se encuentren en proceso de acción coacti-va, bajo responsabilidad del Gerente de Desarrollo Urba-no. Artículo Sexto.- Encárguese a la Gerencia de Desa- rrollo Urbano, a emitir las Directivas correspondientes parala correcta aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Sétimo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerenciade Desarrollo Urbano, y Unidad de Imagen Institucional elcumplimiento y difusión de la presente ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, comunique y publique.LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 23902 /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G2D /G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G70/G69/G72/G6F/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G73 ORDENANZA Nº 080-MDSMP San Martín de Porres, 19 de diciembre de 2003EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES; POR CUANTO: EL CONCEJO DE SAN MARTÍN DE PORRES; En Sesión Ordinaria de fecha 19 de diciembre de 2003, visto el Informe Nº 241-03-GPDEL/MDSMP, de la Geren-cia de Promoción del Desarrollo Económico Local, en elque hace llegar el Proyecto de Ordenanza Municipal sobre