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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (24/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 63

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G30/G37/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 24 de diciembre de 2003 noviembre del 2003, el Director de Desarrollo Urbano, ma- nifiesta que en la jurisdicción del distrito se han detectadoque un gran número de edificaciones se ha construido sinla respectiva Licencia de Obra, y por lo tanto las que hanculminado tampoco cuentan con Certificado de Finaliza-ción de Obra; Que, por Informe Nº 749-2003-AL-PGR/MC, de fecha 22 de octubre del 2003, el Director de la Oficina de Aseso-ría Legal, señala que el proyecto de Ordenanza presenta-da, dentro de los términos generales se encuentra dentrode los márgenes legales, es decir se encuentra arregladaa derecho; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley Nº 27333, toda regularización de edificaciones requie-re pagar una multa equivalente al 10% del valor de la obra; Que, según el TUPA vigente en sus numerales 61, 75 y 77 se establecen los requisitos y derechos a pagar porlos siguientes trámites de Certificado de Parámetros Ur-banísticos y Edificatorios, de Regularización de Licen-cia de Obra, y de Certificado de Finalización de Obrarespectivamente; Que, la presente Gestión Municipal es conciente de las dificultades económicas que afectan a nuestros vecinos,así como también la necesidad del Saneamiento FísicoLegal de sus construcciones a nivel Distrital; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades con- feridas por el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánicade Municipalidades, luego del debate correspondiente, elPleno del Concejo por Unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR, una “AMNISTÍA DE REGULARIZACIÓN DE LICENCIA DE OBRA CON CER-TIFICADO DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS-EDIFICATORIOS Y DE FINALIZACIÓN DE OBRA”, en lajurisdicción del distrito de Comas, por un lapso de 180 díascalendario. Artículo Segundo.- Se acogerán a esta Ordenanza los propietarios de inmuebles cuyo uso esté destinado a vi-vienda, establecimientos comerciales, industriales, servi-cios, profesionales y/o de uso público masivo para que re-gularicen el trámite de Licencia de Obra de las edificacio-nes, ampliaciones o modificaciones que se hayan efectua-do sin la autorización correspondiente y cuya ubicación delos terrenos cuenten con Habilitación Urbana o EstudiosPreliminares aprobados. Quedan incluidas las edificacio-nes que desde el 2 de enero del presente año, sus propie-tarios fueron notificados y/o multados por el concepto des-crito. Artículo Tercero.- Otórguese (con el mismo trámite) el Certificado de Finalización de Obra a los propietarios deinmuebles destinados a uso de vivienda, establecimientoscomerciales, industriales, servicios, profesionales y/o deuso público masivo, cuyas construcciones a la fecha de susolicitud, cumplan con las condiciones mínimas de habitabi-lidad y estén de acuerdo al plano aprobado (de conformidadcon la Sección Preliminar, Artículo 2º numeral 2.2 del Regla-mento de la Ley Nº 27157 aprobado por Decreto SupremoNº 008-2000-MTC). Artículo Cuarto.- Por la presente Amnistía se reduce en un 50% el pago por los derechos de los trámites descri-tos en los numerales 75 y 77 del TUPA de la Municipalidadde Comas, incluso la liquidación, asimismo con retroactivi-dad al 01 de Julio del presente año se exonera del 100%del pago de Multa y Mora por construir sin Licencia de Obraa los propietarios cuya solicitud resulte procedente. Artículo Quinto.- Quienes se acojan a la presente Amnistía adquirirán un Fólder Carpeta Municipal con For-mularios para llenar, al cancelar Cincuenta Nuevos Soles(S/. 50.00) por derecho de trámite (lo cual incluye Certifi-cado de Parámetro Urbanístico y Edificatorios, InspecciónOcular y Gastos Administrativos), debiendo agregar los si-guientes requisitos mínimos: a) Derecho de Revisión 0.1% de obra ejecutada (CAP). b) Documento de Propiedad (copia autenticada).c) Planos de Ubicación y Distribución (con firma de Arquitecto colegiado) 3 juegos. d) Boleta de Habilidad del Profesional. Artículo Sexto.- Posterior al ingreso del expediente, los propietarios de los locales de uso público masivo,adjuntarán los certificados correspondientes de su activi-dad (emitidos por entidad Oficial normativa) cuando la Co-misión Revisora lo solicite, por considerarse técnicamentenecesario y/o conveniente para su evaluación.Artículo Sétimo.- No podrán acogerse a la presente Amnistía los propietarios de las edificaciones sobre lascuales existe Resolución de Demolición, ni las que efec-túen construcciones sin Licencia de Obra a partir del 2 deenero del 2004, a quienes se aplicará las sanciones yaprevistas en el Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC y enlas Leyes Nºs. 27157 y 27333. Artículo Octavo.- Para los inmuebles existentes so- bre terrenos que no cuenten con Habilitación Urbana niestudios preliminares aprobados, se expedirán unaLicencia Provisional de Obra - en vías de regulariza-ción. Los requisitos para ello, son los señalados en elArtículo Quinto del presente, excepto que se aceptaráel documento de adjudicación de Compra-Venta u otroanálogo, expedido por la Junta Directiva Vecinal de lacircunscripción respectiva, en reemplazo del Título dePropiedad inexistente; para este criterio social se tomacomo antecedente inmediato la 14º Disposición Com-plementaria de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica deMunicipalidades. Artículo Noveno.- Encargar a la Dirección de Desa- rrollo Urbano, Oficina de Administración Tributaria y Ofici-na de Administración y Finanzas, dar cumplimiento de lapresente Ordenanza, y a la Unidad de Comunicación Mu-nicipal su difusión correspondiente. Artículo Décimo.- Autorizar al Alcalde de Comas, dic- tar los Decretos que se consideren necesarios con el obje-to de posibilitar la mejor implementación de esta Ordenan-za; asimismo déjese sin efecto cualquier disposición de laMunicipalidad de Comas que se oponga a la presente ydispénsese de la lectura y aprobación del Acta para suinmediato cumplimiento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 23896 /G43/G6F/G6E/G63/G65/G64/G65/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G61/G20/G61/G6C/G2D /G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G75/G73/G65/G6E/G74/G61/G72/G73/G65/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G73/G20/G6C/G61/G62/G6F/G72/G65/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 141-2003-C/MC Comas, 23 de diciembre de 2003EL CONCEJO DISTRITAL DE COMASVISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 23 de diciembre del 2003, la solicitud de, licencia presen-tada por el señor Alcalde, Dr. MiguelÁngel Saldaña Reate-gui; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Carta de fecha 19 de diciembre del 2003, el Dr. Miguel Ángel Saldaña Reátegui, solicita licencia paraausentarse fuera del país desde el 25 de diciembre del 2003,hasta el 2 de enero del 2004, a fin de realizar actividadespersonales, la cual no irrogará gasto alguno a la Municipa-lidad; Que, durante el ejercicio del año 2003, el Alcalde ha desempeñado funciones a tiempo completo, con recarga-das agendas de trabajo, situación que amerita un descan-so reparador, máxime en estas fechas que son de paz yfelicidad para las familias en su conjunto; Que, corresponde dentro de sus atribuciones del Con- cejo Municipal aprobar la licencia solicitada por el señorAlcalde, de conformidad con el inciso 27) del artículo 9º dela Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; expi-diéndose en tal sentido el instrumento legal que lo hagaviable; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades con- feridas por el artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánicade Municipalidades, luego del debate correspondiente, elPleno del Concejo aprobó por Mayoría el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- CONCEDER AUTORIZACIÓN Y LI- CENCIA, al Dr. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI,Alcalde de la Municipalidad Distrital de Comas, a ausen-tarse de la Municipalidad, desde el 25 de diciembre del