Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2003 (26/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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GOBIERNOS REGIONALES

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 26 de diciembre de 2003

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Ordenanza Nº 000024.- Aprueban constitucion y eleccion de representantes de la sociedad civil ante el Concejo de Coordinacion Local Distrital 258294 Acuerdo Nº 000118.- Aprueban usos de fondos del FONCOMUN y el Presupuesto Institucional de Apertura para el ano 2004 258297 R.A. Nº 001222.- Sancionan con destitucion y cese temporal a diversos ex servidores de la municipalidad 258298 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE APATA R.A. Nº 062-2003-A/MDA.- Modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2003 258302

GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Ordenanza Nº 025-2003-CR/RA.- Reglamentan la realizacion de las Audiencias Publicas en el Gobierno Regional 258290

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA R.A. Nº 2789.- Incluyen MORDAZA de seleccion sobre servicio de expedicion de copias certificadas de partidas de Registros Civiles en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ano 2003 258293 R.D. Nº 412-03-MML/DMTU.- Modifican el Reglamento de Circulacion y Uso del Corredor Vial Av. Abancay 258294

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 28138
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

En MORDAZA, a los doce dias del mes de diciembre de dos mil tres. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de diciembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros 24052

LEY QUE PRORROGA EL REGIMEN DE EXCEPCION DE LOS CONTRATOS DE ALQUILER DE VIVIENDAS CUYO AUTOAVALUO SEA INFERIOR A 2880 NUEVOS SOLES
Articulo 1º.- Objeto de la Ley La presente Ley sustituye el inciso c) del articulo 14º del Decreto Legislativo Nº 709, con la siguiente redaccion: "c) Los inmuebles cuyo autoavaluo sea inferior a S/. 2880,00 (dos mil ochocientos ochenta Nuevos Soles), hasta el 31 de diciembre de 2006." Articulo 2º.- Excepcion Lo dispuesto en el articulo 1º de la presente Ley no es aplicable al arrendatario que sea propietario de MORDAZA habitacion. Articulo 3º.- Censo Encargase al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento el censo de los predios, de los propietarios y de los inquilinos afectos a la presente Ley, en coordinacion con las Municipalidades Provinciales y Distritales en el ambito de sus respectivas jurisdicciones, elaborando su reglamento en el plazo de 60 dias. Articulo 4º.- Vigencia La presente Ley entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion.

LEY Nº 28139
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA LA MORDAZA DISPOSICION TRANSITORIA DE LA LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACION, FIJANDO UN PLAZO PARA LA PROMULGACION DE LA LEY DE INCENTIVOS PARA LA CONFORMACION E INTEGRACION DE REGIONES Y LA NUEVA LEY ORGANICA DEL PODER EJECUTIVO
Articulo 1º.- Modificacion del plazo para aprobar la Ley de Incentivos para la Conformacion e Integracion de Regiones y la nueva Ley Organica del Poder Ejecutivo Fijase hasta el 28 de MORDAZA de 2004 el plazo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley de Bases

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