Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2003 (26/12/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, viernes 26 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 258291
CAPITULO IV

En la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, a los veintitres dias del mes de diciembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Publiquese y cumplase. Dado en la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, sede del Gobierno Regional Amazonas, a los veintitres dias del mes de diciembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional Amazonas ACUERDO Nº 003: Ante el Informe Nº 022-2003-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GG, adjuntando Proyecto deL Reglamento de AUDIENCIAS PUBLICAS DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS; el pleno ACORDO, aprobar dicho Reglamento, consistente en diez (10) capitulos y quince (15), articulos; quedando de la siguiente manera: REGLAMENTO QUE MORDAZA LA REALIZACION DE LAS AUDIENCIAS PUBLICAS EN EL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- El presente Reglamento tiene por finalidad establecer los mecanismos que orienten la realizacion de las Audiencias Publicas en el Gobierno Regional Amazonas, mediante las cuales el Presidente Regional rendira cuenta de su gestion, promoviendo y facilitando la participacion democratica y responsable de la ciudadania. BASE LEGAL Articulo 2º.- Constitucion Politica del Peru. - Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralizacion. - Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902. CAPITULO II DE LAS AUDIENCIAS Articulo 3º.- Aspectos conceptuales 1. El Presidente Regional, a traves de las Audiencias Publicas informara a la poblacion sobre los avances de su Gestion, para ello convocara como minimo dos Audiencias Publicas por ano, las mismas que se llevaran a cabo una en la MORDAZA de Chachapoyas, Capital de la Region y otra en una provincia que la Alta Direccion lo determine, teniendo en cuenta los criterios especificados en el articulo 7º del presente reglamento. 2. Con las Audiencias Publicas se promovera la participacion de la ciudadania, en la que el Presidente Regional, demostrara la transparencia en su gestion, dando cuenta de los logros, dificultades y perspectivas. 3. La ciudadania ejerciendo su derecho y en cumplimiento a la Ley de Gobiernos Regionales, participara en el control de la Gestion Publica, con la cual se fortalecera la Democracia y se ejercera un buen gobierno. 4. Los Consejeros tienen atribuciones fiscalizadoras por lo tanto participaran de las Audiencias Publicas, con la finalidad de verificar la calidad y exactitud de la informacion que el Presidente Regional disertara ante la poblacion. CAPITULO III DE LA RESPONSABILIDAD Articulo 4º.- Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento sera de cumplimiento obligatorio del Presidente del Gobierno Regional y del Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas.

CRONOGRAMA PARA LA REALIZACION DE LAS AUDIENCIAS PUBLICAS Articulo 5º.- Las Audiencias Publicas se desarrollaran dos como minimo en las siguientes fechas:

- PRIMERA AUDIENCIA PUBLICA.- se desarrollara la primera quincena del mes de MORDAZA, luego de concluido el primer semestre. - MORDAZA AUDIENCIA.- se llevara a cabo en el ultimo trimestre de cada ano.
CAPITULO V DETERMINACION DEL LUGAR PARA LA REALIZACION DE LAS AUDIENCIAS Articulo 6º.- Una de las Audiencias Publicas se llevara a cabo en la Capital de la Region Amazonas tal como lo senala la Ley, correspondiendo a la MORDAZA de Chachapoyas. Articulo 7º.- Para determinar la provincia en la que se realizara la MORDAZA Audiencia Publica se debera tener en cuenta los siguientes criterios: Cercania geografica. Densidad poblacional. Posibilidades de traslado rapido y a bajo costo. Condiciones sociales y economicos.

Una vez elegido el lugar, se debera tomar las previsiones necesarias para brindar seguridad a los participantes. CAPITULO VI AGENDA A TRATAR EN LAS AUDIENCIAS PUBLICAS Articulo 8º.- Con La finalidad de que la informacion responda a la expectativas de la poblacion, se debera tratar lo mas relevante de la Gestion de Gobierno, considerandose para ello lo siguiente: A) Disposiciones regionales emitidas: ordenanzas, acuerdos de Consejo, decretos y resoluciones regionales y una evaluacion del impacto obtenido por la emision de dichas normas. B) Informacion presupuestal, que incluye el presupuesto participativo aprobado, el presupuesto ejecutado y los proyectos de inversion, asi como las remuneraciones y beneficios de los altos funcionarios y funcionarias y del personal en general. C) Avances y dificultades en la Ejecucion del Plan de Desarrollo Regional Concertado y las medidas a adoptar para el logro de las metas propuestas. D) Avances y dificultades en el MORDAZA de transferencia y recepcion de Proyectos especiales de infraestructura productiva y programas sociales de lucha contra la pobreza y de las competencias sectoriales, asi como en la gestion por parte del Gobierno regional de aquellas que hayan sido transferidas. E) Las adquisiciones de bienes y servicios, incluyendo montos comprometidos, proveedores, cantidad y calidad de los bienes y servicios adquiridos y las necesidades satisfechas con tales adquisiciones. F) Actividades oficiales realizadas por los altos funcionarios y funcionarias del Gobierno Regional. G) Actividades desarrolladas para fomentar la participacion ciudadana incluyendo un balance del funcionamiento del Consejo de Coordinacion Regional u otros solicitados por la Poblacion. CAPITULO VII ACCIONES PREPARATORIAS PARA LAS AUDIENCIAS PUBLICAS 1. La responsabilidad en la programacion y convocatoria de las Audiencias Publicas, corresponde al Presiden-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.