Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2003 (26/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 26 de diciembre de 2003

Que, la MORDAZA de Ciencias Farmacologicas Naturales no es ofrecida como tal en el Peru ni en otros paises, pues es una actividad de post grado, a la cual acceden medicos y tambien biologos y farmaceuticos, mediante estudios concluidos de maestria en Farmacologia; porque se requiere conocer previamente la anatomia, fisiologia y patologia humana comparada, y tener conocimientos amplios y solidos en microbiologia en sus tres MORDAZA mayores: bacteriologia, parasitologia y virologia, para comprender los efectos de antibioticos naturales y sinteticos sobre bacterias patogenas, parasitos y virus, por lo que no podria improvisarse la MORDAZA en una universidad en etapa de organizacion del pregrado; Que, la Comision de Evaluacion y Propuesta senala que la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, debe conformarse como una Universidad dedicada a la investigacion en la MORDAZA central y, empezar su funcionamiento con carreras profesionales que no MORDAZA ofertadas en la MORDAZA de Pucallpa, el aspecto Agroindustrial debe ser atendido inicialmente a traves de un Instituto de Recursos Forestales; el aspecto Farmacologico Natural por un Instituto de Salud Intercultural y, lo Acuicola con otro Instituto, debiendo la universidad iniciar su funcionamiento con la MORDAZA de Educacion con caracter bilingue, organizada como Facultad de Educacion y Ciencias Humanas, de manera que pueda comprender la investigacion en Antropologia y Arqueologia; Que, el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Oficio Nº 852-2003-EF/76.14, informa que en cumplimiento del inciso a) del articulo 2º de la Ley Nº 26439, el Ministerio considero necesario prever el presupuesto de la Universidad en la reserva de contingencia del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004; Que, el Pleno del CONAFU, en Sesion Ordinaria del 27 de noviembre del presente ano, luego de revisar el expediente administrativo organizado, y analizar el Informe de la Comision de Evaluacion y Propuesta de la Universidad, acordo por unanimidad, otorgar la Autorizacion Provisional de Funcionamiento a la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, con sede en la MORDAZA de Yarinacocha, para que brinde servicios educativos de nivel universitario, a traves de una Facultad de Educacion y Ciencias Humanas, con las carreras profesionales de: Educacion Inicial Bilingue y Educacion Primaria Bilingue; Estando a lo expuesto, en concordancia con el articulo 2º literal c) de la Ley Nº 26439, el Estatuto y Reglamento General del CONAFU, el Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades; el Acuerdo Nº 2852003-CONAFU de la Sesion Ordinaria del 27 de noviembre del 2003 y en uso de las facultades conferidas por el literal c) del Articulo 16º del Reglamento General del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR la Autorizacion Provisional de Funcionamiento de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, con sede en la MORDAZA de Yarinacocha, de la provincia de MORDAZA Portillo, del departamento de Ucayali, para brindar servicios educativos de nivel universitario a traves de la Facultad de Educacion y Ciencias Humanas, con las siguientes carreras profesionales y el numero de vacantes por Ciclo Academico:
Facultad de Educacion y Ciencias Humanas Vacantes por Ciclo Academico 30 30 60

MORDAZA de Evaluacion y Propuesta de la Universidad, materia de la Resolucion Nº 182-2003-CONAFU del 16 de setiembre del 2003; asi como la Infraestructura Fisica y los recursos humanos necesarios para el funcionamiento inicial de la Universidad en sus dos primeros anos, para lo que dispondra del plazo MORDAZA de doce (12) meses, debiendo presentar concluida la implementacion, una version consolidada del Proyecto de Desarrollo Institucional que servira para su evaluacion permanente, dispuesta por el literal c) del articulo 2º de la Ley Nº 26439 y, el Reglamento de Funcionamiento y Evaluacion Periodica de Universidades con Autorizacion Provisional de Funcionamiento; Articulo 4º.- La Universidad, iniciara sus actividades como persona juridica de derecho publico interno, teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley Universitaria Nº 23733 y sus normas complementarias y conexas; la Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades Nº 26439, sus disposiciones modificatorias y, los Reglamentos del CONAFU. Articulo 5º.- La Universidad, se sujetara a la evaluacion permanente del CONAFU, prevista en el literal c) del articulo 2º de la Ley Nº 26439, hasta el otorgamiento de la autorizacion definitiva de funcionamiento. Articulo 6º.- En cumplimiento de la Ley Nº 27250 del 5 de enero del 200, que crea la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, el Ministerio de Economia y Finanzas destinara los recursos necesarios que solicite la Comision Organizadora de la Universidad para financiar las operaciones que desarrolle la Universidad en su sede de la MORDAZA de Yarinacocha. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Presidente MORDAZA VILLAGRASA MORDAZA Vicepresidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero de Evaluacion y Asuntos Academicos MORDAZA GUERRA-GARCIA MORDAZA Consejero de Asuntos Internacionales MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero de Asuntos Administrativos MORDAZA MORDAZA ANASCO Secretario General 24009

SBS
Autorizan a Financiera Cordillera - FINANCOR la apertura de agencia en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 1722-2003 MORDAZA, 11 de diciembre del 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La comunicacion de Financiera Cordillera - FINANCOR, mediante la cual solicito autorizacion para la apertura de una Agencia a partir del 27 de noviembre de 2003, ubicada al interior de la Tienda Departamental RIPLEY del Centro Comercial MORDAZA MORDAZA & Plaza, sito en el cruce de las avenidas Aviacion y Angamos, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa recurrente cumplio con presentar la documentacion pertinente que justifica lo solicitado;

Educacion Inicial Bilingue Educacion Primaria Bilingue TOTAL

Articulo 2º.- AUTORIZAR la creacion de los Institutos de Salud Intercultural, Recursos Forestales y Acuicolas, que seran implementados gradualmente por la Comision Organizadora, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y, previa incorporacion de investigadores. Articulo 3º.- DISPONER que la Comision Organizadora de la Universidad MORDAZA de iniciar las actividades academicas debera implementar el Informe Final de la Comi-

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