Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2003 (26/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 26 de diciembre de 2003

te Regional, quien fijara el lugar y fecha en las que se desarrollara las Audiencias Publicas; excepto aquella senalada por Ley y que corresponde a la Capital de la Region, para la cual se fijara solo la fecha. 2. Se invitara por escrito a todas las autoridades publicas y privadas a participar de las Audiencias Publicas, senalando fecha y lugar. 3. Se convocara a toda la poblacion a participar de las Audiencias Publicas a traves de los medios de Comunicacion, siendo estos difundidos en todo el ambito regional. 4. El gobierno Regional, designara la persona responsable que se encargara de la redaccion del Acta. 5. Se solicitara apoyo a la Policia Nacional, a fin de garantizar el normal desarrollo del evento. CAPITULO VIII DE LOS PARTICIPANTES 1. Se garantizara el mas amplio acceso de los ciudadanos y ciudadanas que deseen participar en el acto, si bien es MORDAZA no sera posible la asistencia de toda la poblacion, pero si se otorgara las facilidades a fin de que los sectores mas representativos de la sociedad participen de la Audiencia Publica. 2. Las Audiencias deberan realizarse en forma ordenada y la participacion en la misma debera ejercerse con responsabilidad, respeto y tolerancia, evitando que las mismas se conviertan en actos de propaganda o proselitismo politico a favor de la autoridad regional o en actos de protesta en contra de la misma. 3. Las personas que tendran derecho a participar en las Audiencias Publicas son:

Articulo 12º.- La convocatoria debe incluir la agenda de temas sobre los cuales el Presidente Regional rendira cuentas. CAPITULO X DEL DESARROLLO DE LAS AUDIENCIAS Articulo 13º.- El moderador MORDAZA inicio a la Ceremonia en el siguiente orden: - Himno Nacional del Peru. - Himno a la Region Amazonas. - Lectura de la Convocatoria para la realizacion de la Audiencia Publica. - MORDAZA de un video sobre logros de la gestion en Data Show con una duracion de 10 a 15 minutos. Articulo 14º.- Acto seguido el Presidente Regional MORDAZA su Exposicion por un lapso de 60 minutos, dentro de los cuales no se aceptara interrupcion alguna. Dicha exposicion podra realizarse con la ayuda del Data Show. Articulo 15º.- Concluida la exposicion, se realizara un receso de 10 minutos para dar paso a la estacion de preguntas. 1.- Durante el receso, los ciudadanos podran elaborar sus preguntas, a traves de los formularios que seran entregados oportunamente; las preguntas deberan ser redactadas en forma MORDAZA y precisa, con letra legible, centradas en el tema, ademas debera contener nombres y apellidos completos de la persona que la formula asi como su respectivo documento de identidad. 2.- El moderador recepcionara las preguntas, quien a su vez las seleccionara de acuerdo a las especificaciones consideradas en el item precedente, evitando aquellas que MORDAZA repetitivas o que afecten contra la dignidad de las personas, para lo cual se contara con la presencia de quienes seran observadores invitados para tal fin. 3.- Las preguntas que hayan sido seleccionadas, seran leidas por el moderador, guardando un estricto orden. 4.- El Presidente del Gobierno Regional, contestara cada una de las preguntas haciendo uso de 3 a 5 minutos por cada una de ellas; de creerlo conveniente cedera la palabra al funcionario involucrado con el tema, con la finalidad de que la respuesta sea precisa y objetiva. 5.- Contestada la pregunta, se MORDAZA paso a la formulacion de la siguiente, por lo tanto no habra derecho a replica, para evitar el dialogo directo que genere temas distintos a los estipulados en la agenda. 6.- La persona responsable designada para la redaccion del Acta, debera proceder a la misma desde el inicio de la Audiencia, en forma MORDAZA y precisa, con la finalidad de que terminado el evento y luego de la lectura correspondiente los participantes procedan a la suscripcion de la misma. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Con la finalidad de estimar el cupo de participantes que deberan inscribirse, el Gobierno Regional prevera con MORDAZA anticipacion, el local en el que se llevara a cabo las Audiencias Publicas. Segunda.- Para propiciar la participacion de la poblacion y la misma sea con la calidad y analisis previo, el Gobierno Regional pondra a disposicion de la poblacion un Resumen Ejecutivo, en el que contendra los temas mas relevantes que tratara durante la Audiencia Publica. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- El Gobierno Regional, debera prever la presencia de los representantes de instituciones publicas que tengan competencia y atribuciones de supervision y fiscalizacion, con la finalidad de que el evento tenga las garantias de neutralidad, transparencia y veracidad. Para ello se invitara a un representante del Ministerio Publico, Defensoria del Pueblo, Contraloria General de la Republica. Segunda.- El presente Reglamento, sera puesto en conocimiento del Consejo de Coordinacion Regional, para los fines pertinentes. 24018

- Alcaldes provinciales y distritales. - Representantes de todas las Organizaciones Sociales, que se hayan inscrito con ocasion de la constitucion del Consejo de Coordinacion Regional. - Coordinadores de las mesas departamentales y provinciales de concertacion para la lucha contra la pobreza. - Representantes de los partidos y organizaciones politicas con actividad en la Region. - Medios de Comunicacion.
4. Dependiendo del lugar en el que se llevara a cabo el evento, se podra contemplar un cupo de participantes que sera cubierto por aquellas personas que sin necesidad de estar organizadas, se inscriban oportunamente para asistir a las Audiencias Publicas. CAPITULO IX CONVOCATORIA E INSCRIPCION DE PARTICIPANTES Articulo 9º.- Con el fin de garantizar la amplia participacion y el normal desarrollo de las audiencias publicas, la convocatoria debera realizarse con un minimo de veinte (20) dias de anticipacion, con la finalidad de que la poblacion se informe y se prepare de manera adecuada y responsable, de manera tal que el evento tenga la calidad e importancia debida. Articulo 10º.- Para la convocatoria, se sugiere emplear los siguientes medios: - Comunicaciones escritas a cada una de las instituciones y organizaciones senaladas en el item 3 del capitulo VIII. - Comunicados y notas de prensa en los medios de comunicacion escrita de la region. - Emision de comunicados en los medios de comunicacion radial de mayor alcance en la region, incluyendo aquellos que tengan cobertura en zonas rurales y mas alejadas. Articulo 11º.- Con la finalidad de que le Audiencia Publica se lleve a cabo ordenadamente y dependiendo del lugar en el que se realizara, junto con la convocatoria se debera hacer un llamado a la poblacion a inscribirse, para lo cual el Gobierno Regional brindara las facilidades del caso.

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