Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2003 (26/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, viernes 26 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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admitiendo sustitutos, ya que de la experiencia del citado Grupo Aereo ha demostrado que la adquisicion de material en companias que no son las fabricantes o que no estan autorizados por estos han presentado deficiencias, teniendo que ser reemplazadas MORDAZA del tiempo previsto de operacion, ocasionando el incremento de los costos de operacion, la inoperatividad de la flota y afectando la Seguridad de Vuelos, siendo las unicas fabricas de este modelo de helicoptero las fabricas ULAN UDE y KAZAN HELICOPTERS, ubicadas en la Federacion Rusa, las mismas que por mandato de la legislacion rusa solo comercializan sus productos a traves de la Empresa Estatal Federal Unitaria ROSOBORONEXPORT; Que, de los antecedentes mencionados se aprecia que para la adquisicion de material para el helicoptero MI-8MTV1 con numero de matricula FAP 602, con las fabricas de la Federacion Rusa solo puede efectuarse a traves de la empresa Estatal Federal Unitaria ROSOBORONEXPORT unica empresa intermediaria estatal encargada de la exportacion de la produccion militar para las Fuerzas Armadas; Que, la contratacion con la empresa Federal Estatal Unitaria ROSOBORONEXPORT permitira a la Fuerza Aerea obtener material con la correspondiente garantia de fabrica, y el cumplimiento de las especificaciones tecnicas y tiempo de MORDAZA calendario u horario requeridas, ademas contar con el respaldo y aval del Gobierno Ruso, bienes que ademas, de conformidad con la legislacion de dicho MORDAZA no podrian ser proporcionadas legalmente por empresas particulares sin quebrantar la normatividad de la Federacion Rusa, lo que redundara en beneficio de los intereses tecnicos, operativos, economicos y legales de la Fuerza Aerea del Peru; Que, del Informe Legal Nº 017 del 5 de diciembre del 2003 del Asesor Legal del Ala Aerea Nº 2, se comprueba que la solicitud de exoneracion se encuentra enmarcada dentro de los alcances del inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM concordante con los articulos 105º, y 116º del Reglamento de la precitada MORDAZA aprobado con el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, para tal efecto el articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado agrega que la contratacion debe sustentarse en un informe tecnico-legal y ser aprobada por Resolucion del Titular del Pliego, publicada en el Diario Oficial El Peruano y puesta en conocimiento de la Contraloria General de la Republica; Que, los articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que de producirse los supuestos senalados en el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado la Entidad MORDAZA las contrataciones y adquisiciones mediante acciones inmediatas, efectuandolas mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y que la autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara, en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion, utilizando cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar a la Fuerza Aerea del Peru del MORDAZA de seleccion de "Licitacion Publica Internacional" por la causal de "Bienes que no admiten sustitutos" para la adquisicion de conjuntos mayores, accesorios, instrumentos y repuestos aplicables a los helicopteros MI-8MTV-1 con numero de matricula FAP 602 detallados en el Anexo 1 al Informe Tecnico Nº 005-GRUP3 del Grupo Aereo Nº 3. Articulo 2º.- Aprobar la contratacion de la "Empresa Federal Estatal Unitaria ROSOBORONEXPORT", unica intermediaria de las empresas Ulan Ude / Kazan Helicopters, hasta por el valor referencial de ochocientos cincuenta mil seiscientos ochenta y dos con 19/100 dolares ameri-

canos (US $ 850,682.19) en la cadena de gasto 5.3.11.30. con cargo al presupuesto RO-AF-2003. Articulo 3º.- Autorizar al Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru a nombrar al Comite Especial que llevara a cabo el respectivo MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia y al Comando de Material a aprobar las Bases y suscribir el contrato respectivo, de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 4º.- Poner la presente Resolucion Ministerial y los respectivos informes tecnico y legal en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 24037

Precisan que nombramiento de oficial de la MORDAZA de MORDAZA es para que preste servicios como Agregado de Defensa a la Embajada del Peru en Mexico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2222-2003-DE/SG MORDAZA, 24 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 2092-2003-DE/ MGP de fecha 15 de diciembre del 2003, se nombro en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Contralmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que preste servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Mexico, por el periodo de un (1) ano, a partir del 1 de enero del 2004; Que, en el Articulo 1º de la Resolucion indicada en el considerando precedente no se ha establecido el cargo que va a desempenar el referido Oficial Superior, lo cual es necesario precisar; Estando a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Precisar que el nombramiento en Mision Diplomatica del Contralmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dispuesto en el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 2092-2003-DE/MGP de fecha 15 de diciembre del 2003, es para que preste servicios como Agregado de Defensa a la Embajada del Peru en Mexico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 24042

MIMDES
Declaran nulidad del MORDAZA de licitacion publica para construccion de nichos en el Cementerio Baquijano y MORDAZA de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao
SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PUBLICA DEL CALLAO RESOLUCION GERENCIAL Nº 257-2003-SBP-C-GG Callao, 10 de diciembre del 2003

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