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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G32/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 26 de diciembre de 2003 Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas de la Superintendencia Nacional de Serviciosde Saneamiento - SUNASS que bajo responsabilidad re-mita copia de la presente resolución y de los informes quela sustentan a la Contraloría General de la República den-tro de los diez días calendario siguientes a la fecha de suaprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO SALINAS RIVAS Presidente del Consejo Directivo 24020 SUNAT /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G2D /G62/G61/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G55/G4E/G41/G54 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 235-2003/SUNAT Lima, 23 de diciembre de 2003CONSIDERANDO: Que el Decreto Supremo Nº 039-91-TR, establece las pautas de aprobación y contenido del Reglamento Internode Trabajo, el cual determina las condiciones a que debensujetarse el empleador y los trabajadores en la relaciónlaboral; Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 020- 2002/SUNAT del 19 de febrero de 2002, se aprobó el Re-glamento Interno de Trabajo de la Superintendencia Nacio-nal de Administración Tributaria - SUNAT; Que asimismo, a través de la Resolución de Superin- tendencia de Aduanas Nº 001607 del 2 de julio de 1997, seaprobó el Reglamento Interno de Trabajo de la ex Superin-tendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS; Que mediante Decreto Supremo Nº 061-2002-PCM, se dispuso la fusión por absorción de la SUNAT con ADUA-NAS, correspondiendo a la primera la calidad de entidadincorporante; Que en atención a ello, se ha estimado conveniente aprobar un nuevo Reglamento Interno de Trabajo que de-termine las condiciones a que deberán sujetarse los suje-tos de la relación laboral en la SUNAT; De conformidad con lo dispuesto por el inciso d) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones,aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento Interno de Trabajo de la Superintendencia Nacional de Administración Tribu-taria - SUNAT, que consta de quince (15) Capítulos, se-senta y dos (62) Artículos y cinco (5) Disposiciones Fina-les y Complementarias y que, como anexo, se integra a lapresente Resolución. Artículo 2º.- Derogar la Resolución de Superintenden- cia de Aduanas Nº 001607 y la Resolución de Superinten-dencia Nº 020-2002/SUNAT, así como toda norma que seoponga a la presente Resolución. Artículo 3º.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 039-91-TR, comuní-quese a la Autoridad Administrativa de Trabajo para su apro-bación, y notifíquese a los trabajadores de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 24035/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G41/G75/G2D /G64/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G2D/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL N° 025 -2003-CR/RA EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales, emanan de lavoluntad popular, son personas jurídicas de derecho públi-co, con autonomía política, económica y administrativa enasuntos de su competencia, constituyendo, para su admi-nistración económica y administrativa un Pliego Presupues-tal; Que, los artículos 11º y 13º, de la Ley Orgánica de Go- biernos Regionales, prescribe que el CONSEJO REGIO-NAL es el órgano normativo y fiscalizador del GobiernoRegional, correspondiéndole las atribuciones y funcionesque se establecen en la presenta Ley, y aquellas que lesean delegadas; Que, el artículo 24º de la Ley Nº 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales, precisa que el Gobierno Regionalrealizara como mínimo dos audiencias públicas regionalesal año, una en la capital de la región y otra en una provin- cia, por medio de esta actividad la autoridad regional rinde cuentas de los logros, dificultades y perspectivas de sugestión , y es a través de este mecanismo que se practicael ejercicio de los derechos de participación que asiste alos ciudadanos y ciudadanas; Que, conforme a lo dispuesto por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, Título IV, Capítulo XIV, artículo190º, referido a descentralización, el proceso de regionali-zación se inicia eligiendo gobierno en los actuales depar-tamentos, definiendo a éstos como gobiernos regionales; Que, de acuerdo a la Ley Orgánica de Gobiernos Re- gionales Nº 27867, artículo 3º, éstos tienen jurisdicción enel ámbito de sus respectivas circunscripciones territoria-les, constituyendo en el caso de la Región Amazonas, elmismo departamento con sus provincias; Que, el Gobierno Regional Amazonas ha elaborado un Reglamento que norma la realización de las Audien-cias Públicas documento que permitirá programar y eje-cutar en forma correcta, y transparente la realización delas Audiencias Públicas que realice, el mismo que des-pués de un amplio debate fue aprobado por el ConsejoRegional; Por lo que estando a los dispuesto por el artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y enatención a lo aprobado por el Consejo Regional en su Se-sión Ordinaria Nº 022, realizada el 18 de diciembre del 2003; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento que norma la realización de las Audiencias Públicas en el GobiernoRegional Amazonas, el mismo que consta de 10 Capítu-los, 15 Artículos, 2 Disposiciones Complementarias y 2Disposiciones Transitorias y Finales, que como anexo for-ma parte de la presente. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Secretaría del Consejo Regional la publicación de la presente OrdenanzaRegional en el diario encargado de las publicaciones re-gionales, disponiendo su inclusión en el portal electrónicodel Gobierno Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal Amazonas para su promulgación.