Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2003 (26/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 26 de diciembre de 2003

Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS que bajo responsabilidad remita MORDAZA de la presente resolucion y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 24020

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Reglamentan la realizacion de las Audiencias Publicas en el Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL N° 025 -2003-CR/RA

SUNAT
Aprueban Reglamento Interno de Trabajo de la SUNAT
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 235-2003/SUNAT MORDAZA, 23 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que el Decreto Supremo Nº 039-91-TR, establece las pautas de aprobacion y contenido del Reglamento Interno de Trabajo, el cual determina las condiciones a que deben sujetarse el empleador y los trabajadores en la relacion laboral; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 0202002/SUNAT del 19 de febrero de 2002, se aprobo el Reglamento Interno de Trabajo de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT; Que asimismo, a traves de la Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001607 del 2 de MORDAZA de 1997, se aprobo el Reglamento Interno de Trabajo de la ex Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS; Que mediante Decreto Supremo Nº 061-2002-PCM, se dispuso la fusion por absorcion de la SUNAT con ADUANAS, correspondiendo a la primera la calidad de entidad incorporante; Que en atencion a ello, se ha estimado conveniente aprobar un MORDAZA Reglamento Interno de Trabajo que determine las condiciones a que deberan sujetarse los sujetos de la relacion laboral en la SUNAT; De conformidad con lo dispuesto por el inciso d) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento Interno de Trabajo de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, que consta de quince (15) Capitulos, sesenta y dos (62) Articulos y cinco (5) Disposiciones Finales y Complementarias y que, como anexo, se integra a la presente Resolucion. Articulo 2º.- Derogar la Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001607 y la Resolucion de Superintendencia Nº 020-2002/SUNAT, asi como toda MORDAZA que se oponga a la presente Resolucion. Articulo 3º.- De conformidad con lo dispuesto por el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 039-91-TR, comuniquese a la Autoridad Administrativa de Trabajo para su aprobacion, y notifiquese a los trabajadores de acuerdo a ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 24035

EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 2º de la Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales, emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y administrativa un Pliego Presupuestal; Que, los articulos 11º y 13º, de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, prescribe que el CONSEJO REGIONAL es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiendole las atribuciones y funciones que se establecen en la presenta Ley, y aquellas que le MORDAZA delegadas; Que, el articulo 24º de la Ley Nº 27867 - Organica de Gobiernos Regionales, precisa que el Gobierno Regional realizara como minimo dos audiencias publicas regionales al ano, una en la capital de la region y otra en una provincia, por medio de esta actividad la autoridad regional rinde cuentas de los logros, dificultades y perspectivas de su gestion , y es a traves de este mecanismo que se practica el ejercicio de los derechos de participacion que asiste a los ciudadanos y ciudadanas; Que, conforme a lo dispuesto por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, Titulo IV, Capitulo XIV, articulo 190º, referido a descentralizacion, el MORDAZA de regionalizacion se inicia eligiendo gobierno en los actuales departamentos, definiendo a estos como gobiernos regionales; Que, de acuerdo a la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, articulo 3º, estos tienen jurisdiccion en el ambito de sus respectivas circunscripciones territoriales, constituyendo en el caso de la Region Amazonas, el mismo departamento con sus provincias; Que, el Gobierno Regional Amazonas ha elaborado un Reglamento que MORDAZA la realizacion de las Audiencias Publicas documento que permitira programar y ejecutar en forma correcta, y transparente la realizacion de las Audiencias Publicas que realice, el mismo que despues de un amplio debate fue aprobado por el Consejo Regional; Por lo que estando a los dispuesto por el articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y en atencion a lo aprobado por el Consejo Regional en su Sesion Ordinaria Nº 022, realizada el 18 de diciembre del 2003; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento que MORDAZA la realizacion de las Audiencias Publicas en el Gobierno Regional Amazonas, el mismo que consta de 10 Capitulos, 15 Articulos, 2 Disposiciones Complementarias y 2 Disposiciones Transitorias y Finales, que como anexo forma parte de la presente. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el diario encargado de las publicaciones regionales, disponiendo su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional Amazonas para su promulgacion.

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