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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (30/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 20

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G36/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 30 de diciembre de 2003 PRODUCE /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G69/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G2D /G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61 /G53/G61/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G70/G65/G73/G71/G75/G65/G2D /G72/G61/G73/G20/G79/G20/G61/G63/G75/GED/G63/G6F/G6C/G61/G73 DECRETO SUPREMO Nº 039-2003-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2001-PE ex- pedido con fecha 14 de diciembre de 2001, se aprobó la Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuí- colas; Que, el Artículo 2º del mencionado Decreto Supre- mo, estableció que las personas naturales y jurídicas que cuenten con derechos otorgados por el Ministerio de Pes-quería, por las Direcciones Regionales de Pesquería o la autoridad competente, deberían presentar una decla- ración jurada indicando su compromiso de implementarlas disposiciones contenidas en la referida Norma Sani- taria; Que, de conformidad con el inciso a) del referido artí- culo, se estableció que las plantas de procesamiento con- taban con un plazo máximo de dos (2) años para culmi- nar la citada implementación; Que, hallándose próximo el vencimiento del plazo se- ñalado, resulta pertinente prorrogarlo por treinta (30) días, en tanto culmine el proceso de perfeccionamiento delsistema de otorgamiento de Licencias de Operación bajo especiales condiciones sanitarias; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, así como las disposiciones del Decreto Ley Nº 25977 - LeyGeneral de Pesca y su Reglamento, aprobado por De- creto Supremo Nº 012-2001-PE; DECRETA: Artículo 1º .- Prorróguese por treinta (30) días, con- tados a partir del 1 de enero de 2004, el plazo fijado en el inciso a) del Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 040-2001-PE, que aprobó la Norma Sanitaria para las Activi- dades Pesqueras y Acuícolas. Artículo 2º .- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 24227 RELACIONES EXTERIORES /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G61/G62/G69/G6E/G65/G74/G65/G20/G64/G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1135-2003-RE Lima, 26 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que para el mejor desarrollo de las funciones de las diferentes dependencias de la Cancillería es necesaria la designación de personal diplomático;De conformidad con los artículos 7º y 13º inciso a) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la Repúbli-ca, de 17 de octubre de 2003; el artículo 9º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exte- riores, modificado por Decreto Supremo Nº 006-99-RE, de11 de febrero de 1999, la Resolución Ministerial Nº 0430- RE, de 22 de abril de 1999; y el numeral 2º de la Resolu- ción Ministerial Nº 0370-RE, de 31 de agosto de 1983; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Nombrar al señor Alberto Salas Ba- rahona, Ministro en el Servicio Diplomático de la Repú-blica, como Director del Gabinete del Ministro, a partir del 16 de diciembre de 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 24107 FE DE ERRATAS RESOLUCIONES SUPREMAS Nºs. 298 y 299-2003-RE Mediante Oficio Nº 297-2003-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erra- tas de las Resoluciones Supremas Nºs. 298 y 299-2003- RE, publicada en la edición del 16 de diciembre de 2003,en la página 257407. DICE: RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 298-2003-RE DEBE DECIR: RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 299-2003-RE DICE: RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 299-2003-RE DEBE DECIR: RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 300-2003-RE 24212 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 300-2003-RE Mediante Oficio Nº 297-2003-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erra-tas de la Resolución Suprema Nº 300-2003-RE, publica- da en nuestra edición del día 18 de diciembre de 2003, en la página 257547. DICE: RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 300-2003-RE DEBE DECIR: RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 301-2003-RE 24213