Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2003 (31/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2003

MORDAZA LEANO, como Fiscal Provincial en lo Penal de Canete, Distrito Judicial de Canete. En cumplimiento de dicho acuerdo y en uso de las facultades conferidas por los articulos 150º y 154º de la Constitucion Politica del Peru, 2º, 21º inciso a) y 37º incisos b), d), f) y g) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Nombrar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA LEANO, Fiscal Provincial en lo Penal de Canete, Distrito Judicial de Canete. Segundo.- Proceder al acto de proclamacion, juramento y entrega de titulo en ceremonia publica, remitiendose MORDAZA de la presente resolucion, a la senora Fiscal de la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 24153

El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada de la organizacion politica nacional "Fuerza Democratica", para que asuma el cargo de Regidora del Concejo Distrital de San MORDAZA de Cachora, provincia de Abancay, departamento de MORDAZA, por el periodo de gobierno municipal 2003 - 2006; debiendosele otorgar la respectiva credencial. Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 24098

JNE
Convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de San MORDAZA de Cachora, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 208-2003-JNE
Exp. Nº 1608-2003 MORDAZA, 19 de diciembre de 2003 VISTO el pedido de convocatoria del candidato suplente, formulado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de San MORDAZA de Cachora, provincia de Abancay, departamento de MORDAZA, al haberse declarado la vacancia del cargo de Regidora de MORDAZA MORDAZA Moreano MORDAZA, por haber cambiado de domicilio fuera de la jurisdiccion de la municipalidad e inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo; CONSIDERANDO: Que a solicitud de los Regidores MORDAZA MORDAZA Gallo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Concejo Distrital de San MORDAZA de Cachora en sesion ordinaria de fecha 9 de octubre del 2003, con el MORDAZA aprobatorio unanime de sus miembros acordo declarar la vacancia del cargo de Regidora de MORDAZA MORDAZA Moreano MORDAZA por las causales de inconcurrencia injustificada a sesiones ordinarias consecutivas y ausencia de la respectiva jurisdiccion municipal por mas de treinta dias consecutivos sin autorizacion del concejo municipal, segun consta de fojas 50 a 55, contenido en la Resolucion Municipal Nº 040-2003CM-MDSPC-AB de fojas 58; Que a fojas 48, se acredita que MORDAZA MORDAZA Moreano de MORDAZA suscribio el documento de control de asistencia a la sesion de concejo en la que se declaro la vacancia de su cargo de Regidora, y habiendo tomado conocimiento del acuerdo de vacancia no interpuso los recursos impugnatorios que le faculta el articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, quedando consentido dicho acuerdo; Que en autos se acredita que la Regidora MORDAZA Moreano MORDAZA no ha concurrido a tres sesiones ordinarias consecutivas, asi como a seis sesiones no consecutivas durante tres meses, segun consta de las copias de las actas que obran de fojas 126 a 158; habiendo incurrido en la causal de vacancia prevista en el numeral 7) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2) del articulo 28º de la Ley Organica MORDAZA citada, concordante con el articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, para cubrir las vacantes que se produzca en los concejos municipales se incorpora al candidato suplente de la misma lista, correspondiendo llamar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada de la organizacion politica nacional "Fuerza Democratica";

Declaran improcedente solicitud para suspender en el cargo al MORDAZA del Concejo Distrital de Arancay, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 209-2003-JNE
Exp. Nº 1572-2003 MORDAZA, 19 de diciembre de 2003 VISTO el pedido formulado por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Regidores del Concejo Distrital de Arancay, provincia de Huamalies, departamento de MORDAZA, por el que solicitan se emita resolucion declarando la suspension en el cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y de los cargos de Regidor de Yudy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Estuardo MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por existir en su contra mandato de detencion; CONSIDERANDO: Que el Juzgado Mixto de La Union de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por resolucion del 15 de octubre del 2003 que obra de fojas 2 a 7, abrio instruccion contra los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Estuardo MORDAZA MORDAZA, Yudy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por delito contra la fe publica en la modalidad de falsificacion generica de documentos y por delito contra la administracion publica en la modalidad de peculado simple en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la Municipalidad Distrital de Arancay y el Estado, dictandose mandato de detencion contra los cuatro primeros citados, y mandato de comparecencia restringida al recurrente don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Villalobos; Que con el Oficio Nº 1111-2003-JM-DM-LU-HCO recibido el 4 de diciembre del 2003, el Juez Mixto del Modulo Basico de Justicia de La Union comunica que a la fecha no esta vigente el mandato de detencion dictado contra el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Arancay ni contra los Regidores Yudy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Estuardo MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haberseles variado el mandato de detencion por el de comparecencia restringida, segun la resolucion de fecha 28 de octubre del 2003 que corre de fojas 30 a 32; Que el articulo 9º numeral 10), concordante con el articulo 25º de la Ley Nº 27972, dispone que el ejercicio del cargo de MORDAZA o regidor se suspende por acuerdo de concejo, entre otras causas, por el tiempo que dure el mandato de detencion; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;

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