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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (31/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 81

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G37/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 31 de diciembre de 2003 RESUELVE: Artículo Único.- Declarar improcedente la solicitud for- mulada por los señores Ciro Vega Rubina, Javier Kennedy Inga Villalobos, Regidores del Concejo Distrital de Aran- cay, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGASOTO VALLENASVELA MARQUILLÓROMERO ZAVALABALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 24099 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G70/G72/GF3/G72/G72/G6F/G67/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G73/G20/G64/G65 /G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73 /G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G79/G61/G63/G75/G63/G68/G6F/G20/G79 /G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 643-2003-JEF/RENIEC Lima, 30 de diciembre de 2003 VISTO: El Informe Nº 888-2003/GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y lo demás que contiene; CONSIDERANDO: Que, a través del informe Nº 487-2003-GAD/SSG de la Subgerencia de Servicios Generales, se hace saber lanecesidad de la prórroga del contrato de arrendamiento Nº5712-2000-05-00-00, ubicado en el Jr. 9 de diciembre Nº491 - distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, depar- tamento de Ayacucho; contando, asimismo, con la comuni- cación del propietario donde expresa su voluntad de reno-var el contrato referido; Que mediante Oficio Nº 1097-2003-RENIEC/GPP de la Gerencia de Planificación y Presupuesto acompañadodel Informe Nº 1090-2003-RENIEC-GPP-SGP de la Sub- gerencia de Presupuesto, se informa que existe disponibi- lidad presupuestal para atender la prórroga del alquiler delinmueble donde viene funcionando la Jefatura RegionalAyacucho por un monto total de US$ 6,600.00 dólaresamericanos; Que, de acuerdo con el artículo 12º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la dependencia encargada de las adquisiciones ycontrataciones de la entidad deberá definir con precisión lacantidad y características de los bienes, servicios y obrasque se van adquirir o contratar, para tal efecto antes deiniciar los procesos de selección que correspondan, coor- dinará con las dependencias de las cuales provienen los requerimientos y efectuará los estudios de las posibilida-des que ofrece el mercado, de modo que se cuente con lainformación suficiente para la descripción y especificacio-nes de los bienes, servicios u obras; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, en su artículo 19º inci- so g) prescribe lo siguiente “...se exonera del proceso deselección... para prorrogar el plazo de contratos de arren-damiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siemprey cuando la renta no se incremente en una tasa mayor alcrecimiento del índice general de precios al por mayor”; y el artículo 20º del mismo cuerpo legal agrega que en el caso referido, la adquisición o contratación se realizarámediante el proceso de menor cuantía; Que, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamen- to aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, En uso de las facultades conferidas en el artículo 11º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificacióny Estado Civil, y el artículo 11º inciso h) del Reglamento de Organización y Funciones de la Institución; SE RESUELVE: Artículo Primero.- EXONERAR del proceso de selec- ción para la prórroga del contrato de arrendamiento Nº 5712-2000-05-00-00, del local ubicado en el Jr. 9 de DiciembreNº 491, distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, de-partamento de Ayacucho, donde viene funcionando la Je- fatura Regional Ayacucho. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia de Ad- ministración la prórroga del contrato de arrendamiento Nº5712-2000-05-00-00, por el plazo de un año, del inmueblemencionado en el artículo anterior, contado a partir del 1de enero de 2004 al 31 de diciembre de 2004 por un monto total de seis mil seiscientos y 00/100 dólares americanos, con cargo a la fuente de recursos directamente recauda-dos. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Ad- ministración el cumplimiento de la presente resolución asícomo comunicar su contenido y sustento a la Contraloría General de la República; asimismo, publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano en el plazo le-gal, y en la página web de la entidad en coordinación con laGerencia de Informática y Estadística. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 24270 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 644-2003-JEF/RENIEC Lima, 30 de diciembre de 2003 VISTO: El Informe Nº 931-2003/GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y lo demás que contiene; CONSIDERANDO: Que, a través del Informe Nº 1487-2003-GAD/SGLG de la Subgerencia de Logística, se hace saber la necesi- dad de la prórroga del contrato de arrendamiento Nº 738-2001-05-00-00, ubicado en la Av. Camino Real Nº 355, SanIsidro, provincia y departamento de Lima, local donde vie-ne funcionando la sede central de esta entidad; contandoasimismo con la comunicación del propietario donde ex- presa su voluntad de renovar el contrato referido; Que mediante Oficio Nº 1123-2003-RENIEC/GPP de la Gerencia de Planificación y Presupuesto acompañadodel informe Nº1105-2003-RENIEC-GPP-SGP de la Sub-gerencia de Presupuesto, se informa que existe disponibi-lidad presupuestal para atender la prórroga del alquiler del inmueble donde viene funcionando la sede central de esta entidad por un monto total de US$ 164,794.32 dólares ame-ricanos; Que, de acuerdo con el artículo 12º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la entidad deberá definir con precisión la cantidad y características de los bienes, servicios y obrasque se van adquirir o contratar, para tal efecto antes deiniciar los procesos de selección que correspondan, coor-dinará con las dependencias de las cuales provienen losrequerimientos y efectuará los estudios de las posibilida- des que ofrece el mercado, de modo que se cuente con la información suficiente para la descripción y especificacio-nes de los bienes, servicios u obras; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, en su artículo 19º inci-so g) prescribe lo siguiente “... se exonera del proceso de selección... para prorrogar el plazo de contratos de arren- damiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siemprey cuando la renta no se incremente en una tasa mayor alcrecimiento del índice general de precios al por mayor”; yel artículo 20º del mismo cuerpo legal agrega que en elcaso referido, la adquisición o contratación se realizará mediante el proceso de menor cuantía; Que, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Regla-