Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2003 (31/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2003
RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion para la prorroga del contrato de arrendamiento Nº 57122000-05-00-00, del local ubicado en el Jr. 9 de Diciembre Nº 491, distrito de MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento de MORDAZA, donde viene funcionando la Jefatura Regional Ayacucho. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia de Administracion la prorroga del contrato de arrendamiento Nº 5712-2000-05-00-00, por el plazo de un ano, del inmueble mencionado en el articulo anterior, contado a partir del 1 de enero de 2004 al 31 de diciembre de 2004 por un monto total de seis mil seiscientos y 00/100 dolares americanos, con cargo a la fuente de recursos directamente recaudados. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion el cumplimiento de la presente resolucion asi como comunicar su contenido y sustento a la Contraloria General de la Republica; asimismo, publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo legal, y en la pagina web de la entidad en coordinacion con la Gerencia de Informatica y Estadistica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 24270 RESOLUCION JEFATURAL Nº 644-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 30 de diciembre de 2003 VISTO: El Informe Nº 931-2003/GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoria Juridica y lo demas que contiene; CONSIDERANDO: Que, a traves del Informe Nº 1487-2003-GAD/SGLG de la Subgerencia de Logistica, se hace saber la necesidad de la prorroga del contrato de arrendamiento Nº 7382001-05-00-00, ubicado en la Av. MORDAZA Real Nº 355, San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, local donde viene funcionando la sede central de esta entidad; contando asimismo con la comunicacion del propietario donde expresa su voluntad de renovar el contrato referido; Que mediante Oficio Nº 1123-2003-RENIEC/GPP de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto acompanado del informe Nº1105-2003-RENIEC-GPP-SGP de la Subgerencia de Presupuesto, se informa que existe disponibilidad presupuestal para atender la prorroga del alquiler del inmueble donde viene funcionando la sede central de esta entidad por un monto total de US$ 164,794.32 dolares americanos; Que, de acuerdo con el articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la entidad debera definir con precision la cantidad y caracteristicas de los bienes, servicios y obras que se van adquirir o contratar, para tal efecto MORDAZA de iniciar los procesos de seleccion que correspondan, coordinara con las dependencias de las cuales provienen los requerimientos y efectuara los estudios de las posibilidades que ofrece el MORDAZA, de modo que se cuente con la informacion suficiente para la descripcion y especificaciones de los bienes, servicios u obras; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su articulo 19º inciso g) prescribe lo siguiente "... se exonera del MORDAZA de seleccion... para prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor"; y el articulo 20º del mismo cuerpo legal agrega que en el caso referido, la adquisicion o contratacion se realizara mediante el MORDAZA de menor cuantia; Que, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Regla-

Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud formulada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Regidores del Concejo Distrital de Arancay, provincia de Huamalies, departamento de Huanuco. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 24099

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan prorroga de contratos de arrendamiento de inmuebles ubicados en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 643-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 30 de diciembre de 2003 VISTO: El Informe Nº 888-2003/GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoria Juridica y lo demas que contiene; CONSIDERANDO: Que, a traves del informe Nº 487-2003-GAD/SSG de la Subgerencia de Servicios Generales, se hace saber la necesidad de la prorroga del contrato de arrendamiento Nº 5712-2000-05-00-00, ubicado en el Jr. 9 de diciembre Nº 491 - distrito de MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho; contando, asimismo, con la comunicacion del propietario donde expresa su voluntad de renovar el contrato referido; Que mediante Oficio Nº 1097-2003-RENIEC/GPP de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto acompanado del Informe Nº 1090-2003-RENIEC-GPP-SGP de la Subgerencia de Presupuesto, se informa que existe disponibilidad presupuestal para atender la prorroga del alquiler del inmueble donde viene funcionando la Jefatura Regional MORDAZA por un monto total de US$ 6,600.00 dolares americanos; Que, de acuerdo con el articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la entidad debera definir con precision la cantidad y caracteristicas de los bienes, servicios y obras que se van adquirir o contratar, para tal efecto MORDAZA de iniciar los procesos de seleccion que correspondan, coordinara con las dependencias de las cuales provienen los requerimientos y efectuara los estudios de las posibilidades que ofrece el MORDAZA, de modo que se cuente con la informacion suficiente para la descripcion y especificaciones de los bienes, servicios u obras; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su articulo 19º inciso g) prescribe lo siguiente "...se exonera del MORDAZA de seleccion... para prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor"; y el articulo 20º del mismo cuerpo legal agrega que en el caso referido, la adquisicion o contratacion se realizara mediante el MORDAZA de menor cuantia; Que, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, En uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion

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