Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2003 (31/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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CONASEV
Autorizan contratacion de empresa mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia para prestar servicio de actualizacion y soporte del Software FileNet Panagon
COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCION CONASEV Nº 113-2003-EF/94.10
MORDAZA, 30 de diciembre de 2003 VISTOS: El Informe Nº 361-2003-EF/94.40 de fecha 23 de diciembre de 2003 de la Gerencia de Sistemas, que sustenta la necesidad de contratar el servicio de Actualizacion y Soporte del Software FileNet Panagon para la ejecucion de sus funciones y el Informe Conjunto Nº 367-2003-EF/ 94.20/94.35 de fecha 29 de diciembre de 2003, de las Gerencias de Asesoria Juridica y de Administracion y Finanzas, con los cuales se presenta a la Gerencia General la solicitud de contratacion de servicios que no admiten sustitutos; CONSIDERANDO: Que, CONASEV requiere contratar el Servicio de Actualizacion y Soporte del Software FileNet Panagon, a fin de garantizar la continuidad operativa de los sistemas de administracion documentaria, por constituirse en uno de los sistemas criticos de la Institucion, debido a que su operatividad puede incidir en el tiempo de atencion a los usuarios afectando la calidad del servicio y al propio MORDAZA de valores; Que, conforme a lo dispuesto en el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la contratacion de servicios que no admiten sustitutos estan exonerados de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa que le correspondan, procediendo su contratacion mediante Adjudicacion de Menor Cuantia, de acuerdo con el articulo 20º de la citada norma; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 361-2003-EF/94.40 de la Gerencia de Sistemas, se ha determinado que la empresa GMD S.A. que brinda los servicios de actualizacion y soporte del Software FileNet Panagon, es el unico distribuidor autorizado en Peru de la Sociedad FileNet Corporation como titular de los derechos de autor de los programas de software Panagon; Que, debido a que la contratacion del Servicio de Actualizacion y Soporte del Software FileNet Panagon tan solo es posible efectuarla con la empresa GMD S.A., por ser el unico distribuidor autorizado en Peru para brindar dicho servicio, estamos ante un proveedor que se constituye como el unico que puede brindar el servicio requerido; por lo que la contratacion se encuentra prevista en el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, toda vez que se trata de un servicio que no admite sustituto; Que, cabe precisar que de acuerdo con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, se trata de una Adjudicacion Directa Selectiva, pues el monto asciende a US$ 15 351.00 incluido el Impuesto General a las Ventas. El costo de dicho servicio se financiara con recursos propios, el cual se encuentra debidamente presupuestado; Que, el Informe Conjunto Nº 367-2003-EF/94.20/94.35, de fecha 29 de diciembre de 2003, considera que es factible contratar, via exoneracion, el Servicio de Actualizacion y Soporte del software FileNet Panagon con la empresa GMD S.A.; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 19º, inciso f) y el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM;

Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del Servicio de Actualizacion y Soporte del Software FileNet Panagon, hasta por un monto de US$ 15 351.00 (Quince Mil Trescientos Cincuenta y Uno y 00/100 Dolares Americanos) incluido todo MORDAZA de tributos, por plazo de un (1) ano (de enero a diciembre de 2004). Consecuentemente, autoricese la contratacion con la empresa GMD S.A., mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, la misma que es financiada con recursos propios de CONASEV y encontrandose dicho monto debidamente presupuestado. Articulo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas cumpla con verificar todas las formalidades inherentes a la contratacion de GMD S.A mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, dentro del MORDAZA de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- Disponer que la presente Resolucion sea publicada en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo que se remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; conforme a lo dispuesto en el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA Presidenta 24267

INADE
Autorizan contratar ejecucion de la obra "Rehabilitacion Defensa Riberena con Gaviones Centro Poblado Circa", provincia de Abancay, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 232-2003-INADE-1100
MORDAZA, 29 de diciembre de 2003 VISTO: El Oficio Nº 0849-2003-INADE-7100, del Director Ejecutivo del Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el oficio del exordio, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur solicita se declare en situacion de emergencia la ejecucion de la obra "Rehabilitacion Defensa Riberena con Gaviones Centro Poblado Circa", disponiendose la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de dicha obra; Que, los articulos 19º, inciso c) y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establecen que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones y contrataciones en situacion de emergencia, las mismas que se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, debiendo aprobarse la exoneracion por Resolucion del Titular del Pliego, previo Informe Tecnico-Legal; Que, el articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y modificado por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 029-2001-PCM, senala que la situacion de emergencia se declara en los casos definidos en el articulo 22º de la Ley, el mismo que establece que se entiende como situacion de emergencia aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de situaciones que supongan grave peligro, dando cuenta inmediata al Consejo de Ministros para la aprobacion del Decreto Supremo correspondiente y exonerando-

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