Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2003 (04/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 4 de febrero de 2003
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Aprobar el Plan de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Geografico Nacional, para el Ejercicio Fiscal correspondiente al ano 2003, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 3º.- En igual plazo del articulo precedente, el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Instituto Geografico Nacional - IGN, debera ser remitido al CONSUCODE y al PROMPYME. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA C. MORDAZA MORDAZA Jefe del IGN 02190

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Ministro de Agricultura, por el Ministro de Salud y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 02214

ECONOMIA Y FINANZAS
Designan miembro del Directorio Administrador del Fondo de las Americas
RESOLUCION SUPREMA Nº 024-2003-EF
MORDAZA, 3 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 087-97-EF se aprobo el Acuerdo MORDAZA para establecer el Fondo de las Americas y su Directorio Administrador, el cual fue suscrito por los Gobiernos del Peru y de los Estados Unidos de MORDAZA en concordancia con el Acuerdo Programa para la Reduccion de la Deuda, aprobado por el Decreto Supremo Nº 079-97-EF; Que, conforme al literal c) del articulo 3º del Decreto Supremo Nº 087-97-EF, los cinco miembros del Directorio Administrador que representan a las organizaciones no gubernamentales peruanas en areas de proteccion del medio ambiente y desarrollo comunal, de mejoramiento de las condiciones de MORDAZA y desarrollo de la ninez en el Peru; asi como de cuerpos academicos y cientificos; son seleccionados de conformidad con los terminos del Acuerdo MORDAZA y designados mediante Resolucion Suprema; estos miembros prestaran sus servicios ad honorem durante un periodo de tres anos, al cabo de los cuales los dos Gobiernos Fundadores deberan seleccionar conjuntamente, segun los mecanismos que establece su Reglamento, a los nuevos representantes; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 338-99-EF, modificada por la Resolucion Suprema Nº 170-2002-EF, se designaron a los cinco representantes a los que se refiere el considerando anterior; Que, la representante senora MORDAZA Gilman, Directora de PRISMA, ha presentado su carta de renuncia al Directorio Administrador del Fondo de las Americas; Que, en consecuencia se hace necesario dar por concluida su designacion y nombrar al MORDAZA representante; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 087-97-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la senora MORDAZA Gilman, Directora de PRISMA, al cargo de miembro del Directorio Administrador del Fondo de las Americas, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar como miembro del Directorio Administrador del Fondo de las Americas por un periodo de tres anos, en calidad de representante de las organizaciones a las que se refiere el literal c) del articulo 3º del Decreto Supremo Nº 087-97-EF, al senor MORDAZA MORDAZA Vaccari MORDAZA, Director Ejecutivo del Instituto de Desarrollo y Medio Ambiente - IDMA.

Aprueban inafectacion de derechos arancelarios e IGV a importaciones de bienes provenientes de EE.UU., realizadas por instituciones educativas
RESOLUCION SUPREMA Nº 025-2003-EF
MORDAZA, 3 de febrero de 2003 Visto, el Expediente Nº 11057-2002, presentado por la Universidad Nacional de la Amazonia Peruana, sobre inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion de bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 04697-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", establecen que la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios que efectuen las instituciones educativas publicas y particulares, para sus fines propios, estan inafectas de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobo la relacion de bienes y servicios inafectos al pago de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas aplicables a las instituciones educativas publicas o particulares, estableciendose, asimismo, el procedimiento para la aplicacion del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APRUEBASE la inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion realizada por la Universidad Nacional de la Amazonia Peruana segun consta en el Expediente Nº 11057-2002, por un valor total de US$ 12 600,00 (Doce Mil Seiscientos y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America), de los siguientes bienes que se encuentran incluidos en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF: Cantidad (Unidad) 07 Partida Arancelaria 9016.00.12.00 Descripcion Balanzas electronicas sensibles a un peso inferior o igual a 5 cg, incluso con pesas

Articulo 2º.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion de los bienes se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Li-

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