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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (06/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 45

PÆg. 238659 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de febrero de 2003 CIFRA REPARTIDORA: 468 Organización Política V otos Cociente Regidores PARTIDO PERÚ POSIBLE 768 --- 3 MOVIMIENTO INDEPENDIENTE 478 1,021 1 FUERZA LORETANA PARTIDO APRISTA PERUANO 468 1 1 UNIPOL 440 0,940 0 PARTIDO ACCIÓN POPULAR 256 0,547 0 MOVIMIENTO INDEPENDIENTE 213 0,455 0 NUEVA AMAZONÍA ALIANZA ELECTORAL UNIDAD NACIONAL 145 0,309 0 Total 3,761 5 Que el Jurado Electoral Especial de Maynas ha cumpli- do con proclamar al regidor que le corresponde al Movi-miento Independiente Fuerza Loretana, tal como consta en el acta antes citada; sin embargo ha culminado sus funcio- nes sin proclamar al regidor asignado al Partido ApristaPeruano, recayendo en este supremo tribunal electoral lacompetencia para proceder a ello, de acuerdo a ley; Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elec- ciones bajo el amparo del numeral 5) del artículo 178º de la Constitución Política del Estado y en aplicación de los inci- sos i) y j) del artículo 5º de su Ley Orgánica Nº 26486; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar improcedente la solicitud formulada por el personero legal de la organización políti-ca Movimiento Independiente Fuerza Loretana. Artículo Segundo.- Proclamar Regidor del Concejo Dis- trital de Napo, provincia de Maynas, departamento de Loreto,para el período de gobierno municipal 2003 - 2006, al ciudada- no Roberto Vela Ruiz, otorgándose la respectiva credencial. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Munici- palidad Provincial de Maynas, de la Municipalidad Distritalde Napo y de los interesados la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGASOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALABALLÓN-LANDA CÓRDOVASecretario General 02294 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL RECTIFICACIÓN Resolución Jefatural Nº 023-2003-JEF/RENIEC En la sumilla correspondiente a la Resolución Jefatural Nº 023-2003-JEF/RENIEC, publicada en nuestra edicióndel día 1 de febrero de 2003, página 238355, debe rectifi-carse el término "Barranco", por lo que debe quedar redac- tada como sigue: "Exoneran del proceso de adjudicación de menor cuantía la contratación para prorrogar el plazo del contrato de arren-damiento para el funcionamiento del Núcleo Registral de Barranca" 02373 MINISTERIO PÚBLICO Establecen turno semanal para las Fiscalías Provinciales Especializadas enDelitos de Terrorismo RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 160-2003-MP-FN Lima, 5 de febrero de 2003VISTO Y CONSIDERANDO: Que, es necesario dictar disposiciones complementarias para la distribución de la carga procesal entre las cuatro Fisca- lías Provinciales Especializadas en Delitos de Terrorismo; Estando a lo dispuesto por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer en vía de regularización un turno semanal de 7 días, para las Fiscalías ProvincialesEspecializadas en Delitos de Terrorismo, empezando elprimer turno con la Primera Fiscalía Provincial Especiali- zada en Delitos de Terrorismo y así sucesivamente. Artículo Segundo.- El Fiscal Superior Decano se en- cargará de disponer lo pertinente para que la DIRCOTE,cuente con un Fiscal las 24 horas del día. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Lima y Gerencia de Registro de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 02369 S B S Modifican resolución que autorizó fu- sión entre Wiese AETNA Seguros deVida y Wiese AETNA Compaæía de Se-guros S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 113-2003 Lima, 29 de enero de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La comunicación de fecha 9 de enero de 2003 de WIESE AETNA Seguros de Vida; y, CONSIDERANDO: Que mediante la comunicación de Vista, WIESE AETNA Seguros de Vida informa a esta Superintendencia, que por errorinvoluntario de WIESE AETNA Compañía de Seguros S.A., latranscripción de la sesión Nº 69 de la Junta General de Accio- nistas de WIESE AETNA Compañía de Seguros S.A., consig- nó como fecha de celebración de la Junta, el día 29 de diciem-bre de 2002, en lugar del día 27 de diciembre de 2002; ello diolugar a que la Resolución SBS Nº 1341-2002 de fecha 31 dediciembre de 2002, mediante la cual se autoriza la fusión deWIESE AETNA Seguros de Vida con WIESE AETNA Compa- ñía de Seguros S.A., consigne el mismo error; y, Que, de acuerdo a la referida comunicación, WIESE AETNA Seguros de Vida solicita a esta Superintendenciarectificar la mencionada Resolución en la parte pertinente,en vista que la misma deberá insertarse en la EscrituraPública de formalización de la fusión; Que, resulta necesario subsanar lo antes indicado me- diante la expedición de la correspondiente Resolución; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or-gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el texto del primer consi- derando de la Resolución SBS Nº 1341-2002 de fecha 31de diciembre de 2002, en la parte que se hace mención a "... WIESE AETNA Compañía de Seguros S.A., celebrada el día 29 de diciembre de 2002...", debiendo decir: "...WIESE AETNA Compañía de Seguros S.A., celebrada eldía 27 de diciembre de 2002..." Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 02319