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PÆg. 238670 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de febrero de 2003 mularios o Formatos para la Tramitación de Procedimientos Administrativos, los mismos que forman parte integrante de lapresente Resolución y que en anexo se adjuntan. Segundo.- Solicitar al Directorio del Indecopi la publi- cación de los mismos en el Diario Oficial El Peruano. Con la intervención y aprobación de los señores miem- bros: José Chueca Romero, Elena Conterno Martinelli, Verónica Zavala Lombardi, Javier Rizo-Patrón Larrabure y César Peñaranda Castañeda. JOSE CHUECA ROMEROPresidente ACTUALIZACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS DE LA COMISIÓN DE ACCESO AL MERCADO SOBRE LA EXIGENCIA DE FORMULARIOS O FORMATOS PARA LA TRAMITACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS I.- INTRODUCCIÓN En cumplimiento del objetivo prioritario del Instituto Nacio- nal de Defensa de la Competencia y de la Protección de laPropiedad Intelectual (INDECOPI) de lograr la predictibilidad yla transparencia en las decisiones de sus órganos funcionales,la Comisión de Acceso al Mercado, en uso de las facultadesconferidas por la Ley sobre Facultades, Normas y Organiza- ción del Indecopi 1, aprobó en el año 1999, los Lineamientos Sobre la Exigencia de Formularios y Formatos para la Tramita-ción de Procedimientos Administrativos 2. A través de su emi- sión y posterior publicación en el Diario Oficial, la Comisiónpuso en conocimiento de los agentes económicos los criteriosaplicables a la resolución de los casos en que intervengan, en virtud de sus respectivas competencias. En efecto, desde 1996 la Comisión de Acceso al Mer- cado ha resuelto diversos casos relacionados a la exigen-cia de formularios o formatos para la tramitación de proce-dimientos administrativos, motivo por el cual se considerópertinente la elaboración de los referidos lineamientos. Sin embargo, el marco normativo referido a la tramitación de los procedimientos administrativos en general, así como eluso de formatos o formularios en la tramitación de los mis-mos ha sido modificado por la Ley Nº 27444, Ley del Procedi-miento Administrativo General 3. Por tal motivo, la Comisión considera necesario adecuar el contenido de los referidos li- neamientos a la normativa actualmente vigente. Sobre el particular, la Comisión de Acceso al Mercado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 BIS del DecretoLey Nº 25868 4, Ley de Organización y Funciones del Indeco- pi, es la encargada de velar por el cumplimiento de las dispo-Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Administración del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, a fin de que efec-túe la adquisición materia de la presente Resolución, me-diante el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuan- tía, de acuerdo a los términos del 12º considerando de la presente resolución. Artículo 3º.- La contratación a que se refiere el artículo precedente, se realizará de acuerdo a las normas del Tex-to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado. Artículo 4º.- La Dirección Ejecutiva del Proyecto Espe- cial CHAVIMOCHIC deberá disponer las acciones perti-nentes, a fin de establecer las responsabilidades adminis-trativas a que haya lugar, dando cuenta de su resultado. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolución Je- fatural a la Contraloría General de la República, conjuntamente con los Informes Técnico y Legal sustentatorios, disponién- dose su publicación en el Diario Oficial El Peruano, dentro delos plazos legales correspondientes; y notificándose al Pro-yecto Especial CHAVIMOCHIC, así como a las Gerencias yOficinas Generales del INADE que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO RABINES FLORES Jefe (e) 02238 INDECOPI Actualización de los lineamientos de la Comisión de Acceso al Mercado so- bre la exigencia de formularios o for- matos para la tramitación de procedi-mientos administrativos COMISIÓN DE ACCESO AL MERCADO RESOLUCIÓN Nº 007-2002-CAM-INDECOPI Lima, 12 de diciembre del 2002 ACTUALIZACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS DE LA CO- MISIÓN DE ACCESO AL MERCADO SOBRE LA EXIGEN-CIA DE FORMULARIOS O FORMATOS PARA LA TRAMI- TACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS La Comisión de Acceso al Mercado:CONSIDERANDO: 1. Que el artículo 9º del Decreto Legislativo Nº 807 fa- culta a las Comisiones a aprobar pautas o lineamientosque, sin tener carácter vinculante, orienten a los agenteseconómicos sobre los alcances y criterios de interpreta-ción de las normas cuya aplicación tiene encomendada. 2. Es política de la Comisión actuar de manera que con- tribuya a reducir las situaciones de conflicto detectadas enlos ámbitos de su competencia. 3. En tal sentido, mediante Resolución Nº 004-1999- CAM-INDECOPI publicada en el Diario Oficial El Peruanoel 8 de julio de 1999, la Comisión aprobó los Lineamientos sobre la Exigencia de Formularios y Formatos para la Tra- mitación de Procedimientos Administrativos. 4. No obstante ello, el 11 de octubre del 2001 entró en vi- gencia la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral, que contiene disposiciones que implican importantescambios en el marco normativo general que regula la exigencia y el cobro por los formularios o formatos. 5. Por tales motivos, la Comisión procede a aprobar una versión actualizada de los lineamientos sobre la exigencia deformularios o formatos para la tramitación de procedimientos. POR LO EXPUESTO: En uso de sus atribuciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 BIS del Decreto Ley Nº 25868 y los artículos 10º, 26º y Sexta Disposición Transitoria delDecreto Legislativo Nº 807; RESUELVE: Primero.- Aprobar la actualización de los Lineamientos de la Comisión de Acceso al Mercado sobre la Exigencia de For-1DECRETO LEGISLATIVO Nº 807.- Artículo 9º.- Las Comisiones y Ofici- nas podrán aprobar pautas o lineamientos que, sin tener carácter vinculan-te, orienten a los agentes económicos sobre los alcances y criterios deinterpretación de las normas cuya aplicación tienen encomendada cadaOficina o Comisión.” 2 Resolución Nº 004-1999-CAM-INDECOPI, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de julio de 1999. 3 El marco legal aplicable a los Textos Únicos de Procedimientos Administra- tivos, en adelante TUPA, ha sido modificado íntegramente con la entradaen vigencia de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo Ge- neral; norma que derogó la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, la Ley de Simplificación Administrativa, el Título IV delDecreto Legislativo Nº 757 y sus correspondientes normas reglamentarias. 4DECRETO LEY Nº 25868, LEY DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL INDECOPI.- Artículo 26 BIS del Decreto Ley Nº 25868, incorporado por el artículo 50º del Decreto Legislativo Nº 807: “La Comisión de Acceso al Mer- cado es competente para conocer sobre los actos y disposiciones de lasentidades de la Administración Pública, incluso del ámbito municipal o regio-nal que impongan barreras burocráticas que impidan u obstaculicen ilegal oirracionalmente el acceso o permanencia de los agentes económicos en elmercado, en especial de las pequeñas empresas y de velar por el cumpli- miento de las disposiciones sobre la materia establecidas en los Decretos Legislativos Nºs. 283, 668, 757, el artículo 61º del Decreto Legislativo Nº776 y la Ley Nº 25035 en especial los principios generales de simplificaciónadministrativa contenidos en su artículo 2º así como las normas reglamenta-rias pertinentes. Ninguna otra entidad de la Administración Pública podráarrogarse estas facultades. La Comisión mediante resolución podrá eliminar las barreras burocráticas a que se refiere este artículo. (…)”.