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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (07/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 19

PÆg. 238713 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de febrero de 2003 A LOS MINISTERIOS Y SUS ORGANISMOS DES- CENTRALIZADOS Presente .- Asunto : Censo de personas que prestan servi- cios al Estado Referencia : Décimo Quinta Disposición Final de la Ley Nº 27879 Tengo el agrado de dirigirme a usted, a fin de manifes- tarle lo siguiente: 1. Conforme a la Décimo Quinta Disposición Final de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2003, el Ministerio de Economía y Finanzasa través de la Dirección Nacional del Presupuesto Público,constituye la entidad designada para la ejecución del cen-so de personas naturales que sirven al Estado. 2. La realización del referido censo constituye una labor de suma importancia y de carácter prioritario para el Ministerio deEconomía y Finanzas, que permitirá obtener información so-bre las personas naturales que prestan servicios en todas lasentidades y organismos del Sector Público, bajo cualquier for-ma o modalidad contractual y régimen laboral, que aportarávaliosos elementos de juicio para el diseño e implementaciónde un nuevo Servicio Civil en el Perú. 3. Adjunto -para tal efecto- la Directiva sobre la infor- mación requerida y, en Anexo, el Cronograma a través delcual se señala el día y hora de entrega a la DNPP del ar-chivo (medio) magnético que contiene la versión de la pla-nilla de pago de remuneraciones del mes de enero del año2003, así como la relación de todos los contratos de servi-cios no personales o locación de servicios y de las perso-nas que prestan servicios en la entidad a través de conve-nios (p.e. PNUD, entre otros). 4. Esta entrega de información tendrá carácter de De- claración Jurada y será en calidad de préstamo; asimismo,servirá para la programación de los calendarios de com-promisos del mes de marzo y subsiguientes, por lo queencuentro necesario requerir el apoyo de vuestro Despa-cho para que centralice la información y los archivos mag-néticos (de las planillas) de todas las Unidades Ejecutorasa su cargo y disponga a la oficina que corresponda su en-trega en la fecha y hora que figura en el Anexo que formaparte del presente oficio. Hago propicia la oportunidad para expresarle las segu- ridades de mi especial consideración y estima personal. Atentamente,NELSON SHACK YALTA Director GeneralDirección Nacional del Presupuesto Público DIRECTIVAS Censo en el Sector Público Año 2003 I. BASE LEGALLa realización del Censo a las personas naturales que prestan servicios al Estado se encuentra recogida en lossiguientes dispositivos legales: § La Décimo Quinta Disposición Final de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2003, que establece: “Efectúese un censo de las personas naturales que prestan servicios al Estado bajo cualquier régimen laboral,contrato civil, aplicación de Convenios de Administraciónde Recursos, ejecución de proyectos y similares, por cual-quier modalidad de pago o jornada laboral, en los PliegosPresupuestarios, Unidades Ejecutoras y Entidades de Tra- 1 Se acompañará una descripción de la estructura de datos contenidos en el archi- vo magnético.aviación general con fines de instrucción a que se refiere la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, aprobada por la LeyNº 27261, que cuenten con la autorización administrativacorrespondiente de la Dirección General de AeronáuticaCivil: SUBPARTIDA DESCRIPCIÓN NACIONAL 8407.10.00.00 Motores de aviación 8409.10.00.00 Partes de motores de aviación 8411.11.00.00 Turborreactores, de empuje inferior o igual a 25 kN 8411.12.00.00 Turborreactores, de empuje superior a 25 kN 8411.21.00.00 Turbopropulsores, de potencia inferior o igual a 1.100 kW 8411.22.00.00 Turbopropulsores, de potencia superior a 1.100 kW 8411.91.00.00 Partes de turborreactores o de turbopropulsores 8412.10.00.00 Propulsores a reacción, excepto los turborreactores 8412.90.10.00 Partes de los demás motores de aviación 8483.10.10.00 Árboles de transmisión (incluidos los de levas y los cigüe- ñales) y manivelas de motores de aviación 8511.30.10.00 Distribuidores; bobinas de encendido: de motores de avia- ción 8511.40.10.00 Motores de arranque, aunque funcionen también como ge- neradores de motores de aviación 8511.50.10.00 Los demás generadores: de motores de aviación8511.80.10.00 Los demás aparatos y dispositivos eléctricos de encendido o de arranque, de motores de aviación 8511.90.10.00 Partes de aparatos y dispositivos de motores de aviación 8526.10.00.00 Aparatos de radar, de uso en aviación 8526.91.00.00 Aparatos de radionavegación, de uso en aviación 8526.92.00.00 Aparatos de radiotelemando, de uso en aviación 8802.11.00.00 Helicópteros de peso en vacío inferior o igual a 2.000 kg 8802.12.00.00 Helicópteros de peso en v acío superior a 2.000 kg 8802.20.10.00 Aviones de peso máximo de despegue inferior o igual a 5.700 kg, excepto los diseñados específicamente para uso militar 8802.20.90.00 Los demás aviones y demás aeronaves, de peso en vacío inferior o igual a 2.000 kg 8802.30.10.00 Aviones de peso máximo de despegue inferior o igual a 5.700 kg, excepto los diseñados específicamente para uso militar 8802.30.90.00 Los demás aviones y demás aeronaves, de peso en vacío superior a 2.000 kg pero inferior o igual a 15.000 kg 8802.40.00.00 Aviones y demás aeronaves, de peso en vacío superior a 15.000 kg 8803.10.00.00 Hélices y rotores, y sus par tes: de aviones o helicópteros 8803.20.00.00 Trenes de aterrizaje y sus partes: de aviones o helicópte- ros 8803.30.00.00 Las demás partes de aviones o helicópteros9014.20.00.00 Instrumentos y aparatos para la navegación aérea (excep- to las brújulas) Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 02557 Requerimiento de Información para el Censo del Sector Pœblico DIRECCIÓN NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN PARA EL CENSO DEL SECTOR PÚBLICO Lima, 5 de febrero de 2003 OFICIO CIRCULAR Nº 011-2003-EF/76.01 Señor(a) A LOS ORGANISMOS CONSTITUCIONALMENTEAUTÓNOMOSA LOS GOBIERNOS REGIONALESA LAS UNIVERSIDADES NACIONALES