Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2003 (07/02/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de febrero de 2003

de MORDAZA MORDAZA, Republica de Bolivia, del 8 al 10 de febrero de 2003, con el objeto de que asista a la reunion senalada en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ Viaticos US$ Tarifa CORPAC US$ 413,00 600,00 28,00

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 02538

Articulo 3º.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, el funcionario autorizado mediante el Articulo 1º, presentara al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en la reunion a la que asistira. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 02485

Autorizan a asociaciones el funcionamiento de centros de conciliacion con sede en las ciudades de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 010-2003-JUS
MORDAZA, 3 de febrero de 2003 Vista la solicitud de Registro Nº 26619, de fecha 25 de octubre de 2002, de la Asociacion Civil CENTRO DE CONCILIACIONES ALTERNATIVA, con siglas CECOA y el Informe Nº 024-2003-JUS/STC; CONSIDERANDO: Que, la mencionada Asociacion Civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del CENTRO DE CONCILIACION "EL CONTACTO", con sede en la MORDAZA de Ayacucho; Que, segun Informe Nº 024-2003-JUS/STC, la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los articulos 24º y 27º, de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 0392001-JUS, que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR, a la Asociacion Civil CENTRO DE CONCILIACIONES ALTERNATIVA, con siglas CECOA, el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION "EL CONTACTO", con sede en la MORDAZA de Ayacucho. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia, en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLF MORDAZA Viceministro de Justicia 02338

JUSTICIA
Aceptan renuncia de Procurador Publico Ad Hoc a que se refiere la R.S. Nº 239-2001-JUS
RESOLUCION SUPREMA Nº 010-2003-JUS
MORDAZA, 6 de febrero de 2003 Visto, el Oficio Nº 081-2003-PCM/PRO-500 del doctor MORDAZA Hawie Soret, Procurador Publico de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 239-2001JUS, del 7 de junio de 2001, se designo al doctor MORDAZA Hawie Soret, Procurador Publico de la Presidencia del Consejo de Ministros, como Procurador Publico Ad Hoc, en calidad de ad honorem, para que asuma la defensa de los intereses del Estado en el MORDAZA penal seguido contra los ciudadanos chilenos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Petruzzi, MORDAZA MORDAZA Pincheira MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Mellado MORDAZA y MORDAZA Astorga MORDAZA, por delito de terrorismo en agravio del Estado Peruano; Que, el citado profesional ha formulado renuncia al cargo, por lo que resulta necesario expedir la correspondiente resolucion administrativa; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 27594, en los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993, y en el Reglamento para la Designacion de Procuradores Publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el doctor MORDAZA HAWIE SORET, como Procurador Publico Ad Hoc a que se refiere la Resolucion Suprema Nº 239-2001-JUS, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La defensa de los intereses del Estado en el MORDAZA referido en la Resolucion Suprema Nº 239-2001-JUS, estara a cargo de la Procuraduria Publica del Ministerio del Interior en asuntos relativos a Terrorismo, a la que se le debera remitir los respectivos antecedentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Interior.

RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 011-2003-JUS
MORDAZA, 3 de febrero de 2003 Vista la solicitud de Registro Nº 29481, de fecha 2 de diciembre de 2002, de la ASOCIACION DE PROFESIONALES INNOVADORES "KALLPA HUAINA", con siglas APIKALLHUA y el Informe Nº 031-2003-JUS/STC;

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