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PÆg. 238897 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de febrero de 2003 del Artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado. Artículo 3º.- Remitir copia del respectivo Acuerdo de Concejo y los informes que lo sustentan a la ContraloríaGeneral de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, con- forme lo dispone el último acápite del Artículo 20º del D.S.Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 4º.- Encargar el cumplimiento al Director Municipal, Director de Administración y Director de Ser- vicios Públicos Locales, dándose cuenta al Pleno del Concejo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ÓSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 02702 Ratifican Acuerdos de Concejo que fi- jaron montos de dieta de regidores yremuneración del alcalde distrital ACUERDO DE CONCEJO Nº 026 Ate, 31 de enero de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 31 de enero del 2003, la Moción de Orden del Día, presentada por los señores Regidores, sobre el monto de Dietas que deben percibir por cada Sesión de Concejo a la que asistan durante elEjercicio Presupuestal 2003. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 21º de la Ley Orgánica de Municipalidad Nº 23853, modificado porla Ley Nº 26317, el monto de las Dietas se fijan de acuer- do a la disponibilidad presupuestal de cada Municipio y por Acuerdo de Concejo Municipal, adoptado una vez alaño; Que, la percepción de la Dieta, está condicionada a la asistencia efectiva de los señores Regidores a las Sesionesde Concejo, quienes adicionalmente cumplen labores en apoyo de la Municipalidad y a la Comunidad en general, directamente a través de las Comisiones que integran, loque les demanda mayor tiempo de trabajo; Que, conforme al inciso 1) del artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, concordante conel artículo 2º de la Ley Nº 26317, el Concejo Municipal debe sesionar ordinariamente cuando menos una vez cada quince (15) días y los señores Regidores puedenpercibir Dietas hasta por un máximo de cuatro (4) Sesio- nes al mes; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 018-01 de fecha 28 de febrero del 2001, se fijó en 1.1207 Unidades Impositivas Tributarias UIT, el monto de la Dieta que per- cibe cada Regidor por su asistencia efectiva a Sesión deConcejo, abonándose hasta por un máximo de dos (2) sesiones al mes; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 039-2002, de fecha 15 de abril del 2002, se ratificó para el ejercicio presupuestal 2002, el Acuerdo de Concejo Nº 018-01, de fecha 28 de febrero de 2001; Que, el monto mensual de las Dietas propuesto para el presente año, ha sido previsto en el Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Ate, para el ejercicio 2003; Que, luego del debate correspondiente, los señores Regidores aprobaron por Mayoría, ratificar el Acuerdo de Concejo Nº 039-02 de fecha 15 de abril del 2002; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica deMunicipalidades y contando con el voto por mayoría de los señores regidores asistentes y con la dispensa deltrámite de la lectura y aprobación de actas. SE ACUERDA:Artículo Primero.- RATIFICAR, para el ejercicio pre- supuestal 2003, el Acuerdo de Concejo Nº 039-02 defecha 15 de abril del 2002, que fija la Dieta de los señores Regidores, por su Asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo, abonándose hasta un máximo de dos (2) Sesio-nes al mes. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Director de Admi- nistración el cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del pre- sente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Pe- ruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ÓSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 02703 ACUERDO DE CONCEJO Nº 027 Ate, 31 de enero de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de enero del 2003. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo prescrito en el Art. 21º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, modificado por la Ley Nº 26317, el Alcalde es rentado y el monto de suremuneración mensual se fija de acuerdo a la disponibi- lidad presupuestal de cada Municipio y por Acuerdo de Concejo Municipal; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 019-01 de fecha 28 de febrero del 2001, se fijó en 2.586 Unidades Impositivas Tributarias UIT, la remuneración del Sr. Al-calde Distrital de Ate; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 038-02 de fecha 15 de abril del 2002, se ratificó el Acuerdo deConcejo Nº 019-01 de fecha 28 de febrero del 2001, referente a la remuneración del Sr. Alcalde del distrito de Ate; Que, luego del debate correspondiente, los señores Regidores aprobaron ratificar el Acuerdo de Concejo Nº 38-02, de fecha 15 de abril del 2002; Que, el monto mensual de las Remuneraciones, propuesto para el presente año ha sido previsto en el presupuesto de la Municipalidad Distrital de Ate; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica deMunicipalidades y contando con el voto por mayoría de los señores regidores asistentes y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación de actas. SE ACUERDA: Artículo 1º.- RATIFICAR, para el ejercicio 2003, el Acuerdo de Concejo Nº 038-02 de fecha 15 de abril del 2002, que fija la remuneración del señor Alcalde Distritalde Ate durante el Ejercicio presupuestal 2003. Artículo 2º.- ENCARGAR, al Director de Adminis- tración el cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo 3º.- DISPONER, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ÓSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 02704