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PÆg. 238887 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de febrero de 2003 Cada operador será responsable por la adecuada comunicación hasta el Punto de interconexión ubicadoen el local del otro operador por el tráfico que origine . 3. REQUERIMIENTOS DE ENLACES DE INTER- CONEXIÓN INICIALES Y PROYECTADOS Para el punto de interconexión en la ciudad de Lima, el requerimiento de enlaces de interconexión iniciales yproyectados para los cinco (5) primeros años serán losE1 totales por año indicados en el numeral 3 del Anexo1-B del Proyecto Técnico de Interconexión remitido porlas partes como propuesta mediante las cartas GL-524/01 y GMR/CE/Nº 242/01. La cantidad de E1’s antes mencionado se refiere a la cantidad de enlaces acumulados en cada año. El año 1empezará a computarse a partir de la emisión de la pri-mera orden de servicio. 4. EQUIPOS UTILIZADOS PARA LOS ENLACES DE INTERCONEXIÓN El equipamiento inicial a ser instalado en el Punto de Interconexión corresponde a enlaces proporcionadospor NEXTEL, mediante acceso canalizado por fibra óp-tica, terminados en equipamiento independiente de trans-misión SDH. Se empleará exclusivamente DDF para elcableado de interconexión. El acceso de la canalización de fibra óptica a las instalaciones de TIM será previamente coordinado y rea-lizado en forma independiente según TIM lo indique, to-mando en consideración lo establecido en el artículo 9ºde la Resolución de Consejo Directivo Nº014-99-CD/OSIPTEL que aprueba las Normas Complementarias enmateria de Interconexión. El enlace de interconexión seestablecerá con velocidades de transmisión de la jerar-quía síncrona (SDH). ANEXO 1.C CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA INTERCONEXIÓN 1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS1.1 Especificaciones técnicas de los enlaces: Los equipos de transmisión para los enlaces de interconexióntendrán las velocidades de 155 Mbps, 140 Mbps, 34 Mbps, 8 Mbps ó 2 Mbps. Todas las características físicas y eléctricas y las estructuras de tramas de los enlaces de interco-nexión seguirán las recomendaciones UIT-T aplica-bles para sistemas de transmisiones digitales, talescomo: a. Los canales de hasta 64 Kbps de una trama de 2 Mbps: G.703, G.821, G.823 y G.732. b. Para enlaces SDH (especialmente para la trama STM-1 de 155 Mbps): G.707, G.781, G.782, G.783,G.803, G.825, G.826, G.957 y G.958. 1.2 Especificaciones técnicas del Punto de Inter- conexión: El Punto de Interconexión tendrá la veloci- dad de 2Mbps, cumpliendo con las recomendacionesUIT–T y que incorpora una terminación coaxial de 75ohms desbalanceado. Este Punto de Interconexión estará en el Bastidor de Distribución Digital (DDF), el cual separa la red de cadaoperador. El DDF será, de preferencia, el especificadosegún norma ETSI y de requerirse su instalación seráinstalado por el operador que provea el enlace, en estecaso dicho operador suministrará toda la informacióncorrespondiente sobre este equipo y las conexiones delequipo de transmisión, convenientemente identificadosa fin de asegurar una asignación correcta de los enlacesde interconexión, los cuales también estarán claramen-te identificados. La terminación en el lado de TIM será un bastidor de distribución digital (DDF) con conductor de tipo coaxialde 75 ohmios desbalanceados. El punto de acceso ten-drá la velocidad de 2 Mb/s cumpliendo con las recomen- daciones UIT-T. La terminación en el lado de NEXTEL será en un bastidor de distribución digital (DDF) con conductor detipo par trenzado de 120 ohmios balanceado. El punto deacceso tendrá la velocidad de 2 Mb/s cumpliendo conlas recomendaciones UIT-T Ambos operadores proporcionarán en cada área lo- cal y donde se establezca la interconexión números de respuesta automática, los cuales no serán de uso ex-clusivo del operador. Estos números de respuesta auto-mática permitirán a los operadores probar los niveles decontinuidad y encaminamiento. 2. SEÑALIZACIÓN2.1 TIM y NEXTEL acuerdan utilizar las especifica- ciones de la señalización por canal común Nº7 PTM-PUSI usada en el Perú, aplicando adicionalmente lascaracterísticas típicas de los sistemas GSM. 2.2 Si hubiera algún cambio en estas especificacio- nes, cualquiera de los operadores informará al otro con3 meses de anticipación, en el caso de cambios míni-mos y con 6 meses de anticipación en el caso de cam-bios mayores. Se entiende por cambio mínimo aquellas correccio- nes que no requieren un cambio sustancial en el soft-ware y que generalmente son realizadas mediante “par-ches”. Los cambios mayores son los que requieren unaactualización más detallada de las especificaciones ini-cialmente establecidas del software, que pueden impli-car una actualización de versión. 2.3 En el caso que TIM establezca un Punto de Transfe- rencia de Señalización (PTS) para la atención del área localdonde se establezca la interconexión y de demostrarse lanecesidad de su uso, con un mínimo de seis meses deanticipación, NEXTEL previo acuerdo con TIM entregará unE1(por cada PTS a interconectar) hasta el punto de interco- nexión que se usará para conectarse al punto de transfe-rencia de señalización de TIM. En caso contrario, la señali-zación se establecerá mediante la señalización por canalcomún Nº 7 en modo asociado. Lo mismo será de aplicaciónen caso que NEXTEL establezca un PTS adicional. 2.4 Para los puntos de interconexión establecidos en el numeral 2 del Anexo 1-B del Proyecto Técnico del presenteMANDATO, los códigos de los puntos de señalización, asig-nados a TIM y NEXTEL por el MTC fueron puestos en cono-cimiento entre ambas partes en el período de negociación ycomunicado a OSIPTEL mediante el numeral 2.4 del Anexo1-C del Proyecto Técnico de Interconexión remitido por laspartes como propuesta mediante las cartas GL-524/01 yGMR/CE/Nº 242/01. Las partes se proveerán mutuamente y de manera oportuna sus respectivos códigos de los puntos de se-ñalización en los nuevos Puntos de Interconexión, a finque sean programados en sus respectivas redes, cau-telando que la presente relación de interconexión se rea-lice en las fechas previstas en el presente MANDATO. 2.5 TIM y NEXTEL acordarán las características de la información a enviar, tales como número A, número B,cantidad de dígitos a enviar, naturaleza de los tipos denúmeros a enviar y toda la información necesaria parahacer efectiva la interconexión. 2.6 La señalización que utilicen las partes, deberá adecuarse a la normativa que para tal efecto emita elMTC. 3. MEDIO DE TRANSMISIÓNPara el medio de transmisión se emplearán cables de fibra óptica monomodo hasta que ambas partes decomún acuerdo, decidan emplear un medio distinto. Porseguridad del enlace y en la medida que sea técnica-mente factible, esta fibra óptica debe ser canalizada enlos últimos cien metros de llegada a los puntos de inter-conexión establecidos por las partes. 4. ENCAMINAMIENTOEl encaminamiento de las llamadas se regirá bajo el principio de neutralidad. Por lo tanto, las llamadas origi-